RESOLUCIÓN 701 2022 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Síntesis:
SE APRUEBA - REGLAMENTACIÓN - DECRETO 923/10 - MEDIANTE - PROTOCOLO DE ACTUACIÓN - PROGRAMA - MI LUGAR - CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES - SE DELEGA - DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN DE POLÍTICAS Y PROGRAMAS - DICTADO DE PROTOCOLOS COMPLEMENTARIOS
Publicación:
07/06/2022
Sanción:
31/05/2022
Organismo:
F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
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VISTO: La Convención sobre los Derechos del Niño, la Ley Nacional N° 26.061, la Ley
N° 114 (texto consolidado por Ley N° 6.347), los Decretos N° 923/10 y N° 133/21, la
Resolución de Firma Conjunta N° 1-GCABA-MDHYHGC/21, las Resoluciones N° 463-
GCABA-CDNNYA/21 y N° 545-GCABA- CDNNYA/21, el Expediente Electrónico N°
17038998-GCABA-DGGPP/22, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 (texto consolidado Ley N° 6.347) se creó el
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo
especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y protección de los derechos de
la infancia y la adolescencia, el cual goza de autonomía técnica y administrativa y
autarquía financiera;
Que por el Decreto N° 923/10 se creó el Programa "Mi Lugar" en el ámbito del
entonces Ministerio de Desarrollo Social -actualmente Ministerio de Desarrollo
Humano y Hábitat-, el cual se encuentra destinado a niñas, niños y adolescentes que
se encuentran institucionalizados/as y comienzan un proceso de egreso autónomo o
regreso a la convivencia familiar;
Que el mencionado Programa se apoya en dos estrategias fundamentales, el
"Regreso a la Familia", basado en el derecho a la convivencia familiar y/o comunitaria,
y en el "Autovalimiento", para los supuestos de ausencia de referentes familiares;
Que la Convención sobre los Derechos del Niño establece en su artículo 3° que el
interés superior del niño debe garantizarse en toda intervención estatal, a cuyo efecto
debe llevarse a cabo una gestión asociada de los organismos de gobierno en sus
distintos niveles y una acción privilegiada de los recursos que permitan implementar
las políticas públicas destinadas a garantizar con absoluta prioridad el ejercicio de los
derechos de las niñas, niños y adolescentes (conforme artículo 5°, inciso 4 de la Ley
Nacional N° 26.061);
Que toda vez que ciertos programas que se encontraban bajo la órbita de la Dirección
General de Niñez y Adolescencia, dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano y
Hábitat, funcionaban exclusivamente a solicitud de este Consejo, por ser sus
destinatarios los mismos niños, niñas y adolescentes por quienes este organismo
interviene, mediante el Decreto N° 133/21, el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires instruyó al precitado Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat a
celebrar los convenios interadministrativos sobre reorganización y/o traspaso de
programas de gestión a este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes;
Que, en el marco de la normativa mencionada, se suscribió el Convenio de Traspaso
de Programas de Gestión (CONVE-2021-12864814-GCABA-MDHYHGC) entre el
Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat y este Consejo de los Derechos de Niñas,
Niños y Adolescentes, registrado bajo el RL N° 13572832-DGEGRAL/2021, por medio
del cual se traspasaron a este organismo los Programas de Gestión detallados en el
Anexo I (IF-2021-12602044-GCABA-DGNYA) del mencionado Convenio, entre los
cuales se encuentra el Programa "Mi Lugar";
Que a fin de adecuar la estructura y responsabilidades del organismo en función de los
Programas de Gestión traspasados, mediante la Resolución N° 463-GCABA-
CDNNYA/21 se modificó parcialmente la estructura organizativa de este Consejo,
creándose la Dirección Operativa de Fortalecimiento de Vínculos Familiares y
Comunitarios en el ámbito de la Dirección General de Gestión de Políticas y
Programas, bajo cuya órbita se encuentra el Programa "Mi Lugar";
Que mediante la Resolución de Firma Conjunta N° 1-GCABA-MDHYHGC/21 se dejó
sin efecto la Resolución de Firma Conjunta N° 305-MDSGC-CDNNyA/11,
reglamentaria del Decreto N° 923/10, y toda otra normativa dictada por el Ministerio de
Desarrollo Humano y Hábitat y sus reparticiones dependientes, vinculadas al
Programa "Mi Lugar";
Que por la Resolución N° 545-GCABA-CDNNYA/21 se aprobó el circuito de pago de
subsidios otorgados en el marco del Programa "Mi Lugar", a fin de adecuar el mismo a
los circuitos administrativos propios de este Consejo;
Que mediante IF-2022-17181190-GCABA-DGGPP, la titular de la Dirección General
de Gestión de Políticas y Programas de este Consejo propicia la suscripción del
Protocolo de Actuación del Programa "Mi Lugar", a fin de adecuar los procedimientos y
circuitos administrativos de dicho Programa, teniendo en consideración las
modificaciones normativas previamente descriptas y con el fin de lograr una gestión
más eficiente en el seguimiento de las estrategias de restitución de derechos a niñas,
niños y adolescentes;
Que, en virtud de lo expuesto, deviene necesario dictar el acto administrativo por el
cual se apruebe la nueva reglamentación del Decreto N° 923/10 mediante el Protocolo
de Actuación del Programa "Mi Lugar", conforme lo propiciado por la Dirección General
de Gestión de Políticas y Programas de este Consejo y según las consideraciones
precedentemente expuestas;
Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el
ámbito de su competencia.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 114 (texto consolidado
por Ley N° 6.347) y el Decreto N° 192/21,
Artículo 1°.- Apruébase la reglamentación del Decreto N° 923/10 mediante el Protocolo
de Actuación del Programa `'Mi Lugar'', que como Anexo IF-2022-20082058-GCABA-
CDNNYA forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Delegase en la Dirección General de Gestión de Políticas y Programas, el
dictado de protocolos complementarios que considere para la implementación del
Programa "Mi Lugar"
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial. Encomiéndase a la Dirección Operativa
Jurídica, dependiente de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa de este
Consejo, la comunicación de la presente a las/os titulares de todas las áreas del
organismo. Pase a la Dirección General de Gestión de Políticas y Programas para
demás efectos. Leguizamón