RESOLUCIÓN 129 2022 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688

Síntesis:

SE DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIÓN N° 124/ISSP/19 -  REGLAMENTO DE CADETES DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA - SE APRUEBA - REGLAMENTO TECNICATURA SUPERIOR EN SEGURIDAD PÚBLICA - OFICIAL DE POLICÍA -INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA 

Publicación:

16/06/2022

Sanción:

13/06/2022

Organismo:

INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688


VISTO: La Ley N° 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.347), las Resoluciones N°

63-GCABA-SSPECT/19, N ° 121-GCABA-ISSP/19, N° 124-GCABA-ISSP/19, N°

3.237-GCABA-MEDGC/20 y N° 35-GCABA- ISSP/21, la NO-2022-10327911-GCABA-

DCEISSP, el Expediente Electrónico N° 10342320-GCABA- SGISSP/22, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.347), establece las bases

jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema Integral de Seguridad Pública de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo referente a su composición, misión,

función, organización, dirección, coordinación y funcionamiento, así como para la

formulación, implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad

pública;

Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de

apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública y órgano

rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores

involucrados en todo el sistema y la producción de conocimientos científicos y técnicos

sobre seguridad;

Que tiene la misión de formar profesionalmente y capacitar funcionalmente al personal

de la Policía de la Ciudad, al Cuerpo de Bomberos, a los funcionarios responsables de

la formulación, implementación y evaluación de las políticas y estrategias de seguridad

ciudadana y de la dirección y la administración general del sistema policial, a todos

aquellos sujetos públicos o privados vinculados con los asuntos de la seguridad, así

como también la investigación científica y técnica en materia de seguridad ciudadana

de acuerdo con los principios de objetividad, igualdad de oportunidades, mérito y

capacidad;

Que el proceso de formación contempla especialmente a la actividad de la Policía de

la Ciudad, jerarquizada profesionalmente y considerada depositaria de la fuerza

pública del Estado en el ámbito de la Ciudad;

Que de acuerdo al artículo 384, para egresar como Oficial de la Policía de la Ciudad,

el cadete debe aprobar íntegramente el Curso de Formación Inicial para Aspirante a

Oficial de la Policía de la Ciudad, incluidas las prácticas profesionalizantes, visitas,

seminarios, talleres y conferencias que se establezcan para contribuir a la formación

integral técnico humanística del futuro oficial;

Que en ese orden de ideas, mediante la Resolución N° 121-GCABA-ISSP/19 se

estableció como Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la

Ciudad, la "Tecnicatura Superior en Seguridad Pública Oficial de Policía" aprobada

por Resolución N° 63-GCABA-SSPECT/19, cuyo programa y contenidos obran en el

Anexo que forma parte integrante de la misma;

Que posteriormente y en base a la experiencia colectada durante el dictado de la

tecnicatura en el IV, V y VI Curso, y por Resolución N° 35-GCABA-ISSP/21 el mentado

plan de estudios se readecuó, con la conformidad del Ministerio de Educación de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo mediante su artículo 1, a partir del

VII Curso como Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la

Ciudad, previsto en el artículo 384 de la Ley N° 5.688 (texto consolidado según Ley N°

6.347), a la "Tecnicatura Superior en Seguridad Pública - Oficial de Policía", aprobada

por Resolución N° 3.237-GCABA-MEDGC/20, cuyo programa y contenidos forman

parte integrante de la misma;

Que en consecuencia se redujo la carga horaria total y de la cantidad de semanas de

cursada por semestre de veintidós (22) a dieciséis (16), manteniendo en los campos

de formación similar balance porcentual respecto del Plan ya aprobado, y ajustando

las cargas horarias de algunas materias cuya duración era superior a las previstas en

el diseño curricular, y el perfil profesional homologado por el Instituto Nacional de

Educación Tecnológica (INET);

Que por otro lado, la aludida Ley N° 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.347) en

su artículo 366 estipula que esta casa de estudios está a cargo de un Director con

rango y atribuciones de Subsecretario, designado por el Ministro de Justicia y

Seguridad o quien lo reemplace en un futuro;

Que conforme el artículo 369 inciso 3), es función del Director elaborar los

reglamentos que sean necesarios para el funcionamiento del Instituto y dictar su

Estatuto;

Que por su parte, a través de la Resolución N° 124-GCABA-ISSP/19 se aprobó el

Reglamento de Cadetes del Instituto Superior de Seguridad Pública;

Que en virtud de la necesidad de actualizar el reglamento vigente, dada la experiencia

colectada en el dictado del Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la

Policía de la Ciudad - "Tecnicatura Superior en Seguridad Pública - Oficial de Policía",

y teniendo en cuenta las necesidades vinculadas a la capacitación de los cadetes

durante su período de formación, el Comisario Inspector Pablo Arizmendi,

Responsable del Departamento Cuerpo de Cadetes, a través de la NO-2022-

10327911-GCABA-DCEISSP, elevó a consideración de esta instancia la propuesta del

"Reglamento Tecnicatura Superior en Seguridad Pública Oficial de Policía - Instituto

Superior de Seguridad Pública", trabajado en conjunto con la Secretaría Académica y

con el Departamento Capacitación y Evaluación, contando con la anuencia del

Secretario Académico;

Que la Secretaria General de este Instituto intervino en el marco de su competencia,

emitiendo el correspondiente Dictamen Legal.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR

DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA

RESUELVE

Artículo 1°.- Dejar sin efecto la Resolución N° 124-GCABA-ISSP/19.

Artículo 2°.- Aprobar el "Reglamento Tecnicatura Superior en Seguridad Pública

Oficial de Policía -Instituto Superior de Seguridad Pública", cuyo contenido obra en el

Anexo que como IF-2022-21675261-GCABA-ISSP, forma parte integrante de la

presente Resolución.

Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos comuníquese al Ministerio de

Justicia y Seguridad, a Jefatura de la Policía de la Ciudad, a la Coordinación de

Capacitación e Instrucción Policial, a la Secretaría General y a la Secretaría

Académica del Instituto Superior de Seguridad Pública. Cumplido, archívase. Unrein


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6399

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGA
<p>Artículo 1º de la Resolución N° 129/ISSP/22 deja sin efecto la Resolución Nº 124/ISSP/19.</p>