RESOLUCIÓN 124 2019 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688

Síntesis:

APRUEBA - REGLAMENTO DE CADETES - CURSO DE FORMACIÓN INICIAL PARA OFICIAL DE LA POLICÍA DE LA CIUDAD - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA

Publicación:

08/08/2019

Sanción:

06/08/2019

Organismo:

INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688

Estado:

No vigente


VISTO: La Ley N° 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.017), las Resoluciones N°

397/MJYSGC/19, N° 63/SSPECT/19 y N° 121/ISSP/19, la Nota N° 24297943/ISSP/19,

el Expediente Electrónico N° 24297919/GCABA/SGISSP/19, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.017) establece las bases

jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema Integral de Seguridad Pública de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo referente a su composición, misión,

función, organización, dirección, coordinación y funcionamiento, así como para la

formulación, implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad

pública;

Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de

apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública y órgano

rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores

involucrados en todo el sistema y la producción de conocimientos científicos y técnicos

sobre seguridad;

Que el proceso de formación contempla especialmente a la actividad de la Policía de

la Ciudad, jerarquizada profesionalmente y considerada depositaria de la fuerza

pública del Estado en el ámbito de la Ciudad;

Que de acuerdo al Artículo 379 de la Ley 5.688, para egresar como Oficial de la

Policía de la Ciudad, el cadete debe aprobar íntegramente el Curso de Formación

Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad, incluidas las prácticas

profesionalizantes, visitas, seminarios, talleres y conferencias que se establezcan para

contribuir a la formación integral técnico humanística del futuro oficial;

Que en consecuencia, se planteó la necesidad de que el Oficial de Policía de la

Ciudad cuente con una formación inicial de nivel técnico superior. En ese contexto el

Instituto Superior en Seguridad Pública desarrolló una propuesta curricular conforme lo

trabajado por el Consejo Asesor Federal de Formación y Capacitación Policial, del cual

el Instituto forma parte con relación al Perfil Profesional de Oficial de Policía;

Que desde esta casa de estudios se puso de resalto la necesidad de actualizar el

enfoque y las metodologías didácticas para la formación policial en concordancia con

el Marco de Referencia y el Perfil Profesional del Técnico Superior en Seguridad

Pública - Oficial de Policía, trabajado conjuntamente con el Ministerio de Educación de

la Ciudad de Buenos Aires y aprobado por la Resolución N° 63/SSPECT/19;

Que en ese orden de ideas, mediante la Resolución N° 121/ISSP/19 se estableció

como Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad

previsto en el referido Artículo 379 de la Ley N° 5.688, la "Tecnicatura Superior en

Seguridad Pública - Oficial de Policía" aprobada por Resolución N° 63/SSPECT/19,

cuyo programa y contenidos obran en el Anexo que forma parte integrante de la

misma;

Que consecuentemente el Instituto Superior de Seguridad Pública, dictará la

Tecnicatura Superior en Seguridad Pública - Oficial de Policía, con una duración de

dos años, y una carga horaria total de 4.246 horas cátedra, con el objetivo de formar

académicamente y capacitar al personal policial adquiriendo conocimientos

específicos en materia de seguridad pública y ciudadana;

Que el nuevo plan de estudios se encuentra conformado por cuatro semestres de

veintidós semanas cada uno. El primer semestre se llevará a cabo bajo régimen de

externado, el segundo y tercer semestre se realizarán bajo la modalidad de internado y

al finalizar el tercer semestre, los cursantes podrán ser incorporados como Oficiales de

la Policía de la Ciudad, siendo necesario para completar su formación cursar el cuarto

y último semestre bajo modalidad externada y con prácticas de aproximación al ámbito

laboral que se realizarán con acompañamiento, tutorías y evaluaciones desde el lugar

de destino del oficial en formación;

Que como resultado de esta formación, los cadetes obtendrán el título de Técnico

Superior en Seguridad Pública - Oficial de Policía, reconocido por el Ministerio de

Educación;

Que por otro lado, la Ley N° 5.688 en su artículo 361 estipula que el Instituto Superior

de Seguridad Pública está a cargo de un Director con rango y atribuciones de

Subsecretario, designado por el Ministro de Justicia y Seguridad o quien lo reemplace

en un futuro;

Que es función del Director, conforme lo prescripto por el artículo 364 inciso 3) de la

norma citada, elaborar los reglamentos que sean necesarios para el funcionamiento

del Instituto y dictar su Estatuto;

Que en virtud de la necesidad de adecuar la normativa aplicable al nuevo Plan de

Estudios de la "Tecnicatura Superior en Seguridad Pública - Oficial de Policía"

aprobada como Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la

Ciudad a través de la Resolución N° 121/ISSP/19, y teniendo en cuenta las

necesidades vinculadas a la formación de los cadetes, incorporando modificaciones y

actualizaciones que resultan de la experiencia recogida estos últimos años durante su

período de formación en el Instituto, el Sr. Jefe del Cuerpo de Cadetes, Comisario

Patricio Bruno Gil, a través de la Nota N° 24297943/ISSP/19, elevó a consideración de

esta Instancia, la propuesta del "Reglamento de Cadetes del Instituto Superior de

Seguridad Pública" , trabajado en conjunto con la Secretaria Académica;

Que mediante la Resolución N° 397/MJYSGC/19, se encomendó al Dr. Gabriel Unrein,

en su carácter de Secretario Académico, asumir la función de Director del Instituto

Superior de Seguridad Pública.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

El DIRECTOR DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA

RESUELVE

Artículo 1.- Aprobar el "Reglamento de Cadetes del Instituto Superior de Seguridad

Pública", cuyo programa y contenidos obran en el Anexo que como IF-2019-

24371355-ISSP, forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos comuníquese al Ministerio de

Justicia y Seguridad, a Jefatura de la Policía de la Ciudad, a la Coordinación de

Capacitación e Instrucción Policial, a la Secretaría General y a la Secretaría

Académica del Instituto Superior de Seguridad Pública. Cumplido, archívese. Unrein


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5674

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 1º de la Resolución N° 129/ISSP/22 deja sin efecto la Resolución Nº 124/ISSP/19.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición N° 260-SAISSP/21 prorroga hasta tanto se reanude la presencialidad en este Instituto, el plazo establecido por el artículo 2 del Reglamento de Cadetes aprobado por Resolución Nº 124-ISSP/20.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art.1 de la Disposición 59-SAISSP/21 prorroga, hasta tanto se reanude la presencialidad en este Instituto, el plazo establecido por el artículo 2 del Reglamento de Cadetes aprobado por Resolución 124-ISSP/19.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 42-SAISSP-21 fija hasta el 9 de agosto de 2021 el plazo para que los los cadetes que fueron incorporados en forma condicional mediante Resolución N° 48/ISSP/20, cumplan con la acreditación del requisito establecido en el artículo 130 inciso 3 y artículo 382, de la ley N° 5.688 y la Resolución 124-ISSP-19 (erroneamente consignada como Resolución 124/-SSP-20)</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución 124-ISSP-19 aprueba el Reglamento de Cadetes del Instituto Superior de Seguridad Pública, en el marco de la Ley 5688.</p>