DECRETO 1677 2004

Síntesis:

LAS EMISIONES VIGENTES O FUTURAS DE PUBLICIDAD QUE UTILICEN IMÁGENES, MARCAS O SIGNOS QUE IDENTIFICAN AL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Y/O LA DIFUSIÓN DE ACTOS DE GOBIERNO, DEBERÁN GESTIONARSE A TRAVÉS DE LA SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN SOCIAL - PROGRAMA DE COMUNICACIÓN VISUAL - MENSAJES Y SIGNOS DE IDENTIDAD VISUAL - TRAMITACIÓN DE PERMISOS - PUBLICIDAD DEL GOBIERNO - ISOLOGOTIPO - ESCUDO OFICIAL - MARCA - ÍCONOS - CONVENIOS - FACULTADES - COMPETENCIAS.

Publicación:

21/09/2004

Sanción:

08/09/2004

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto la estructura organizativa del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y lo dispuesto en los Decretos Nros. 2.696/GCBA/03, 2.720/GCBA/03 y 1.982/GCBA/02, y;

CONSIDERANDO:

Que entre los objetivos de la Subsecretaría de Comunicación Social, se encuentran los de proponer y supervisar las políticas y estrategias de información, comunicación y difusión de los actos de gobierno y servicios a la comunidad, así como proponer los lineamientos estratégicos de la política de comunicación del Gobierno de la Ciudad;

Que asimismo, es responsabilidad primaria de la referida jurisdicción, coordinar las acciones comunicacionales de las diferentes áreas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que también constituye objetivo de la Subsecretaría de Comunicación Social, optimizar los aspectos comunicacionales y funcionales de los mensajes visuales emitidos por la gestión de gobierno, tendiendo al cumplimiento de las pautas básicas de aplicación sistemática de los signos de identidad visual del Gobierno de la Ciudad;

Que es la Subsecretaría citada, quién tiene la responsabilidad de elaborar y evaluar las propuestas de soporte comunicacional que permitan mejorar la relación de las distintas jurisdicciones del gobierno con los vecinos, como así también con otras ciudades, estados y organismos internacionales;

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los Arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Establécese que toda emisión publicitaria, en la que se utilicen las marcas o signos que identifican al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o difundan actos de gobierno, deberá gestionarse a través de la Subsecretaría de Comunicación Social.

Artículo 2° - En todo acuerdo o convenio a celebrar por cualquiera de las dependencias del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que implique la difusión de marcas o signos que identifican al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y que de manera directa o indirecta vincule a éste con los medios de comunicación o prestadores de servicios publicitarios, se requerirá la intervención de la Subsecretaría de Comunicación Social.

Artículo 3° - En aquellos convenios o acuerdos realizados por cualquiera de las dependencias del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante los cuales se difunda la imagen y/o las marcas que identifican al Gobierno de la Ciudad, que se encuentren vigentes o en cumplimiento, deberán ser informados a la Subsecretaría de Comunicación Social, a los fines de su intervención.

Artículo 4° - Transcurrido el plazo de 10 días sin que la Subsecretaría de Comunicación Social formule objeción alguna los convenios o acuerdos se considerarán aprobados.

Artículo 5° - El presente Decreto es refrendado por el señor Secretario Jefe de Gabinete.

Artículo 6° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a todas las Secretarías, Subsecretarías y Organismos descentralizados del Gobierno de la Ciudad, y remítase a la Subsecretaría de Comunicación Social por intermedio de la cual se comunicará a los medios de comunicación. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
Aprueba el Manual de Identidad Visual Institucional, el que es de cumplimiento obligatorio por parte de todas las áreas y dependencias del GCABA
MODIFICA
Modifica las Responsabilidades Primarias, asignadas a la SS. de Com Social, en cuanto a la emisión publicitaria de los actos de Gobierno y en los acuerdos o convenios de otras dependencias del GCABA que implique difusión de marca o imagen digital