DECRETO 2074 1998

Síntesis:

DESESTIMACIÓN DEL RECURSO JERÁRQUICO INTERPUESTO POR LA EMPRESA GOTTIFREDI TAJES S.R.L. CONTRA LAS RESOLUCIONES DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS N° 12.343_97 Y 4.766_96.

Publicación:

19/11/1998

Sanción:

09/10/1998

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 37.957/91 y agregados, el Registro N° 91-CVD-96, la Resolución N° 4.766-SHyF-96 y la Resolución N° 12.343-SHyF-97, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado tramita el recurso jerárquico interpuesto por la empresa GOTTIFREDI TAJES S.R.L. contra la Resolución N° 12.343-SHyF-97, mediante la cual se rechaza la verificación del crédito reclamado por la firma en virtud de lo determinado por Resolución N° 4.766-SHyF-96;

Que por la Resolución N° 4.766-SHyF-96 se desestima el reclamo efectuado por la empresa correspondiente al pago de los servicios, con relación al convenio para la provisión de raciones a Comedores Escolares suscripto por la ex Comuna, conforme lo establecido por el artículo 26 de la Ley N° 24.447;

Que con fecha 26/8/96 se presenta la firma manifestando no haber obtenido resultado alguno a su reclamo que alcanzaría, según la misma, la suma de ...más de $ 4.700.000... y constituyendo respectivamente nuevo domicilio a los efectos legales;

Que mediante el Informe N° 1.560-DGCLEI-96, la Secretaría de Educación manifiesta que no notificó la Resolución N° 4.766-SHyF-96 por haber entendido que con la publicación en el ex Boletín Municipal se hallaba cumplida la notificación a la reclamante;

Que por el Registro N° 91-CVD-96 tramitó el reclamo de verificación de la deuda en los términos del Decreto N° 225-GCBA-96, de la firma recurrente;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires dictaminó que la Resolución N° 4.766-SHyF-96 debía ser notificada al domicilio constituido por la empresa mediante los medios determinados en el artículo 29 de la Ordenanza N° 33.264, modificada por la Ordenanza N° 42.752, atento a que el acto administrativo ínsito en aquella normativa era de alcance particular;

Que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, mediante Carta Documento, notificó a la empresa los términos de la citada Resolución desestimatoria del reclamo efectuado;

Que asimismo mediante Resolución N° 12.343-SHyF-97 se rechaza la verificación del crédito reclamado por la empresa GOTTIFREDI TAJES S.R.L., en virtud de lo determinado por la Resolución N° 4.766-SHyF-96;

Que la empresa interpone recurso jerárquico por el cual fundamentó su petición en el agravio que le producen ... tanto la Resolución N° 12.343-SHyF-97 en crisis que motiva el presente recurso, como la Resolución N° 4. 766-SHyF-96 (que en ningún momento nos fue notificada por las vías normales del procedimiento administrativo);

Que la misma argumenta la irrazonabilidad de la interpretación del artículo 26 de la Ley N° 24.447, que realizó la Secretaría de Hacienda y Finanzas y la arbitrariedad del plazo que la norma impone al interesado, para finalmente requerir una decisión fundada que en caso de ser negativa ... abra la vía judicial correspondiente para demandar al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires por la deuda ...;

Que mediante la remisión de la Carta Documento aconsejada por la Procuración General, el peticionante se encuentra debidamente notificado, desde el 21/8/97, del acto administrativo inserto en la Resolución N° 4.766-SHyF-96, por la cual se le desestima el pago de los servicios, de conformidad con lo establecido por el artículo 26 de la Ley N° 24.447;

Que dicho acto administrativo se encuentra firme y consentido, atento no haber sido recurrido en tiempo y forma;

Que la empresa no agregó en su recurso elemento alguno que permita modificar los fundamentos expuestos en los considerandos de las Resoluciones N° 4.766-SHyF-96 y N° 12.343-SHyF-97;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha expresado, en cumplimiento de lo estipulado en el artículo 8° del Decreto N° 225-GCBA-96, que el reclamo que tratan estas actuaciones ... es derivada del contrato del 9/3/90 y le alcanzan por lo tanto la Resolución N° 4.766-SHyF-96 que desestima el reclamo efectuado por la empresa GOTTIFREDI TAJES S.R.L.;

Que por ello y en virtud de las facultades conferidas por el artículo 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Art.1° Desestímase el recurso jerárquico interpuesto por la empresa GOTTIFREDI TAJES S.R.L., contra la Resolución N° 12.343-SHyF-97 y la Resolución N° 4.766-SEHyF-96, que diera fundamento a aquella.

Art. 2° El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Educación y de Hacienda y Finanzas.

Art. 3° Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a la empresa GOTTIFREDI TAJES S.R.L. por intermedio de la Dirección General de Contaduría General y a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese.