DECRETO 92 2000

Síntesis:

MODIFICA LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO REGIONAL. MODIFICA EL DECRETO N° 339-99, B.O. N° 646

Publicación:

07/02/2000

Sanción:

28/01/2000

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Decreto N° 339-GCBA-99 y el Expediente N° 43.980-99, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el decreto citado en el visto la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Regional ha encarado en su etapa inicial, el desarrollo de sus incumbencias, acorde con los objetivos asignados en materia de medio ambiente, Programa de Desarrollo Regional y participación en el Consejo del Plan Urbano Ambiental;

Que mediante la citada actuación, dicha Secretaría requiere la adecuación de sus estructuras, a fin de contar con las unidades de organización para atender en forma eficiente la problemática ambiental y de desarrollo regional de la Ciudad de Buenos Aires;

Que en relación a lo anterior se incorporaron nuevas responsabilidades en el marco del Régimen de Evaluación de Impacto Ambiental y el control de efluentes líquidos, residuos peligrosos y patogénicos, lo que conlleva al desarrollo de nuevas actividades operativas y estructurales, las que requieren de mecanismos de generación de recursos que permitan alcanzar dichas metas;

Que para ello se estima procedente desdoblar la actual Dirección General Política y Control Ambiental en dos Direcciones Generales, a saber: de Política y Evaluación Ambiental y de control de la calidad Ambiental respectivamente;

Que mediante la norma de creación de la precitada Secretaría se le ha transferido la Dirección General de Espacios Verdes, procediendo asignar en esta oportunidad las competencias acorde con su especialidad;

Que dada la importancia que el Area Reserva Ecológica costanera Sur detenta en relación con sus atractivos naturales, su función recreativa, educativa y ecológica, hacen necesario dotarla de un nivel jerárquico acorde con las competencias que le han sido encomendadas, a los efectos de garantizar su adecuada administración;

Que por otra parte es prioritaria la jerarquización de programas que atiendan la preservación y desarrollo de la ciudad, los que se articularán a través de estudios y acciones relacionadas y definidas en el Plan Urbano Ambiental y en el Consejo del Plan Urbano Ambiental;

Que en este orden de ideas, para la concreción de tales objetivos a cumplirse en el corto y mediano plazo es imprescindible contar con las unidades de organización que permitan la incorporación de los barrios del Sur a la trama urbana de la ciudad, estableciendo una relación permanente con organismos no gubernamentales, instituciones intermedias y población en general, a fin de recibir sugerencias y propuestas de acción y priorizar dichas actividades en forma conjunta;

Que es oportuno además atender todo lo referente a la prevención de las enfermedades derivadas de vectores y plagas, desarrollando un permanente seguimiento específico a través de un área que defina programas preventivos especiales que se relacionan con la problemática ambiental de la ciudad en su conjunto.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° Modifícase la estructura organizativa de las Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Regional, de acuerdo con los Anexos I (Organigrama) y II (Objetivo y Responsabilidades Primarias), los que a todos sus efectos forman parte integrante del presente decreto, y que se detallan a continuación:

SUBSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE

Apruébase el Objetivo de la Subsecretaría

Suprímese la Dirección General Política y Control Ambiental.

Créanse las Direcciones Generales Política y Evaluación Ambiental y Control de la Calidad Ambiental.

Transfiérese a la Dirección General Control de la Calidad Ambiental, el patrimonio, personal de planta permanente y presupuesto de la ex Dirección General Política y Control Ambiental.

Apruébanse las Responsabilidades Primarias de las Direcciones Generales Política y Evaluación Ambiental, Control de la calidad Ambiental, Espacios Verdes y su instancia adjunta.

SUBSECRETARIA DE DESARROLLO REGIONAL

Créanse las Direcciones Generales Planes, Políticas y Proyectos y Relaciones Institucionales y apruébanse sus respectivas Responsabilidades Primarias.

DEPENDENCIA DIRECTA DE LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO REGIONAL

Créase la dirección General Reserva Ecológica Costanera Sur y apruébase su Responsabilidad Primaria.

Créase como Organismo Fuera de Nivel el Area Programas Especiales de Prevención, el que estará a cargo de un funcionario con nivel retributivo equivalente a Director General y apruébase su Responsabilidad Primaria.

Art. 2° Modifícase el Decreto N° 339-GCBA-99, de acuerdo con lo establecido en el artículo precedente.

Art. 3° La Secretaría de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente norma.

Art. 4° El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Medio Ambiente y Desarrollo Regional y de Hacienda y Finanzas.

Art. 5° Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Regional y a las Direcciones Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, Evaluación y Organización Institucional, Recursos Humanos. Cumplido, archívese.

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ANEXOS

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
Dec.788-00 modifica Dec.92-00 - Crea en el ámbito de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Regional el Area Fuera de Nivel Programa de Padrinazgos- aprueba responsabilidades primarias