DISPOSICIÓN 31 2022 DIRECCION GENERAL ARTICULACION PUBLICO PRIVADA
Síntesis:
SE APRUEBA - REGLAMENTACIÓN OPERATIVA - PROGRAMA SELLO IMPACTO SOCIAL - DISTINCIÓN A EMPRESAS - DESARROLLO LOCAL DE SU COMUNIDAD MEDIANTE LA INVERSIÓN - FORTALECIMIENTO DE LA ECONOMÍA SOCIAL Y POPULAR - TRABAJO DENTRO DE LOS BARRIOS POPULARES - DIRECCIÓN GENERAL DE ARTICULACIÓN PÚBLICO-PRIVADA
Publicación:
14/09/2022
Sanción:
01/09/2022
Organismo:
DIRECCION GENERAL ARTICULACION PUBLICO PRIVADA
VISTO: las Leyes N° 4.036, N° 6.292 (textos consolidados por Ley N° 6.347); el
Decreto N° 264/GCABA/21, las Resoluciones N° 427/GCABA-MDHYHGC/21 y N°
18/GCABA-SSDH/22, el Expediente N° EX-2022-30991888-GCABA-DGAPP; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente Electrónico citado en el visto tramita la reglamentación
operativa del Programa "Sello Impacto Social" de conformidad con lo establecido por la
Subsecretaría de Desarrollo del Potencial Humano mediante la Resolución N°
18/GCABA-SSDPH/2022 que designa como autoridad de ejecución a esta Dirección
General Articulación Público-Privada del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat;
Que la Ley N° 4.036 (texto consolidado por Ley N° 6.347) tiene por objeto la
protección integral de los derechos sociales para los ciudadanos de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, priorizando el acceso de aquellos en estado de
vulnerabilidad social y/o emergencia a las prestaciones de las políticas sociales que
brinde el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con los
principios establecidos en los artículos 17 y 18 de la Constitución local;
Que la Ley de Ministerios N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347), en su artículo
23, establece que el Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat tiene entre sus
objetivos "Promover la igualdad de derechos y de oportunidades de todos los
habitantes en el marco del respeto por la diversidad, impulsando el desarrollo social
equilibrado en todo el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", así como
"Diseñar e implementar políticas, planes y programas de promoción y desarrollo social
destinados a la población en situación de vulnerabilidad social, coordinando y creando
espacios de consulta y participación de la ciudadanía"; y también "diseñar e
implementar políticas, planes y programas que promuevan el ejercicio pleno de la
ciudadanía social y económica";
Que por Decreto N° 264/GCABA/21 y sus modificatorios, se aprobó la estructura
orgánica funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplándose en la órbita del Ministerio de Desarrollo
Humano y Hábitat a la Subsecretaría de Desarrollo del Potencial Humano; entre cuyas
responsabilidades primarias se destacan las de "...Formular y coordinar planes y
programas que busquen fortalecer y desarrollar la economía social y popular...",
"...Diseñar e implementar políticas que faciliten el acceso a financiamiento de los
sectores vulnerables, para el desarrollo de sus proyectos productivos y formativos...",
así como también "...Impulsar la mejora de las condiciones de empleabilidad para la
población vulnerable implementando estrategias de formación, intermediación e
inserción laboral, en coordinación con las áreas competentes...";
Que, bajo la órbita de la antedicha Subsecretaría se encuentra esta Dirección General
Articulación Público-Privada, la cual tiene dentro de sus responsabilidades primarias
las de "...Promover la cooperación entre áreas de gobierno y entidades del sector
privado para impulsar la integración económica de los barrios populares..." y
"...Promover y fortalecer las redes de articulación del Estado, relaciones entre el sector
privado empresario y los diversos actores de la sociedad civil, que participan en la
promoción y desarrollo de políticas públicas destinadas a los sectores más vulnerables
de la población...";
Que por Resolución N° 427/GCABA-MDHYHGC/2021, se creó el "Plan Integral de
Desarrollo del Potencial Humano" con el objetivo de estructurar e implementar un
modelo de gestión del potencial humano, cuyas estrategias permitan abordar de
manera integral el desarrollo económico y social de las personas de un modo
sostenible, digno e integrado a los mercados formales de la ciudad;
Que en su artículo 3°, la mentada resolución delega en la persona titular de la
Subsecretaría Desarrollo del Potencial Humano, el diseño y aprobación de los
programas de gestión que se elaboren en el marco del "Plan Integral de Desarrollo del
Potencial Humano", como Autoridad de Aplicación del mismo, conjuntamente con la
aprobación de modelos de acuerdos, convenios y todo otro instrumento que requiera
su implementación;
Que mediante la Resolución N° 18/GCABA-SSDPH/22, la referida Subsecretaría creó
el Programa "Sello Impacto Social", con el objetivo de promover la inversión y la
participación por parte del sector privado en las políticas de inclusión, integración y
desarrollo de la economía social y popular;
Que el Programa "Sello Impacto Social" busca otorgar un reconocimiento público a las
entidades que generen un impacto positivo dentro de los barrios populares, con el
objetivo de incentivar la instalación comercial privada al interior de los barrios
populares, las compras inclusivas vinculando a las Unidades Productivas de la
Economía Social y Popular con el sector privado, la empleabilidad a través de la
contratación en empresas del sector privado de personas en situación de
vulnerabilidad social, y el financiamiento de emprendimientos de la Economía Social y
Popular;
Que la Resolución referida designó a esta Dirección General Articulación Público-
Privada como Autoridad de Ejecución;
Que resulta necesario proceder a reglamentar operativamente el Programa "Sello
Impacto Social" a los efectos de contar con pautas claras para su instrumentación
efectiva, en un todo de conformidad con la Resolución N° 18/GCABA-SSDPH/22;
Que en virtud de ello corresponde dictar el presente acto administrativo aprobatorio de
la reglamentación operativa referida.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Resolución N° 18/GCABA-
SSDPH/22,
Artículo 1°.- Apruébase la reglamentación operativa del Programa "Sello Impacto
Social" bajo la órbita de esta Dirección General Articulación Público-Privada
dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo del Potencial Humano del Ministerio de
Desarrollo Humano y Hábitat, con los alcances que se especifican en el Anexos I (IF-
2022-30992516-GCABA-DGAPP) que a todos sus efectos forma parte integrante de la
presente.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase
a la Subsecretaría de Desarrollo del Potencial Humano del Ministerio de Desarrollo
Humano y Hábitat para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, comuníquese a la
Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente de la Subsecretaría de
Administración del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat. Nano Lembo