RESOLUCIÓN 185 2022 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Síntesis:

SE APRUEBA - MANUAL DE LENGUAJE CLARO - GUÍA DE LENGUAJE CLARO - SE DEROGA - ANEXO III BUENAS PRÁCTICAS PARA LA REDACCIÓN DE TEXTOS NORMATIVOS - RESOLUCIÓN 54-SECLYT-19 - RECURSOS PARA ESCRIBIR CLARO - HERRAMIENTAS PARA EL BUEN USO DE LA TÉCNICA LEGISLATIVA -  DOCUMENTOS CLAROS - TEXTOS ADMINISTRATIVOS EN LENGUAJE CLARO - INDICADORES - REDACCIÓN NORMATIVA -SECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA

Publicación:

29/09/2022

Sanción:

27/09/2022

Organismo:

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA


VISTO: La Ley N° 6367, el Decreto N° 109/21, la Resolución N° 54-SECLYT/19, el

Convenio Marco de fecha 10 de abril de 2019 (registrado en el RLM con el N°

14317662), el Expediente Electrónico N° 34130581-GCABA-DGCLCON/22, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 10 de abril de 2019, la Secretaría Legal y Técnica, el Consejo de la

Magistratura y la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, suscribieron un

Convenio Marco, registrado en el RLM con el N° 14317662;

Que el objetivo del Convenio fue conformar una "RED DE LENGUAJE CLARO" en el

ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin de promover en los organismos

del Estado y demás instituciones públicas, la utilización de un estilo de redacción

simple y eficiente en el contenido de los documentos y actos públicos, como una forma

de facilitar la comprensión y el acceso universal para todos los ciudadanos;

Que la Resolución N° 54-SECLYT/19 propició las primeras recomendaciones para

trabajar en la implementación de un Lenguaje Claro en la redacción de Actos

Administrativos;

Que, para ello, la Resolución N° 54-SECLYT/19 aprobó los Anexos II "Estructura de

los actos administrativos" (IF-2019-08970980-GCABA-DGCCON) y III "Buenas

Prácticas para la Redacción de Textos Normativos" (IF-2019-08971120-GCABA-

DGCCON);

Que, con posterioridad, la Ley N° 6367 estableció la promoción y el uso de un lenguaje

claro en los actos y documentos del sector público de la Ciudad para garantizar a los

ciudadanos la transparencia de los actos de gobierno, el derecho a comprender y el

acceso a la información pública;

Que el artículo 5° de la citada ley establece la obligatoriedad de usar el lenguaje claro

en los documentos que producen los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial y los

demás organismos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires enumerados en su

artículo 4°;

Que el artículo 6° de la Ley N° 6367 establece que el Poder Ejecutivo, el Poder

Judicial y la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán designar

cada uno su propia autoridad de aplicación de la ley;

Que en este sentido se dictó el Decreto N° 109/21 por el cual se designa a la

Secretaría Legal y Técnica como autoridad de aplicación de la Ley N° 6367.

Que para seguir con estos propósitos y cumplimentar lo establecido en la Ley N° 6367

se propicia la aprobación del "Manual de Lenguaje Claro" y de la "Guía de Lenguaje

Claro", ambos para la órbita del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires;

Que, por último, se propicia la derogación del Anexo III "Buenas Prácticas para la

Redacción de Textos Normativos" (IF-2019-08971120-GCABA-DGCCON) de la

Resolución N° 54-SECLYT/19, cuyos preceptos y pautas para la redacción de textos

normativos de manera clara, precisa y concisa han sido contemplados en el Manual y

en la Guía de Lenguaje Claro.

Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N° 109/21,

LA SECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébase el "Manual de Lenguaje Claro" del Poder Ejecutivo del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que como Anexo I (IF-2022-

34497308-GCABA-SECLYT) forma parte integrante de la presente Resolución

Artículo 2°.- Apruébase la "Guía de Lenguaje Claro" del Poder Ejecutivo del Gobierno

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que como Anexo II (IF-2022-34470172-

GCABA-SECLYT) forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3°.- Derógase el Anexo III "Buenas Prácticas para la Redacción de Textos

Normativos" (IF-2019-08971120-GCABA-DGCCON) de la Resolución N° 54-

SECLYT/19.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a los Ministerios, Secretarías y entes descentralizados del Poder

Ejecutivo, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Procuración

General de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos,

remítase a la Dirección General Coordinación Legal y Consolidación Normativa de la

Secretaría Legal y Técnica. Cumplido, archívese. Montiel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6471- ANEXO IManual de Lenguaje Claro

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6471- ANEXO IIGuía de Lenguaje Claro

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 185-SECLYT/22 aprueba  el “Manual de Lenguaje Claro” del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco de la Ley N° 6367 de promoción del lenguaje claro.</p><p>Artículo 2° aprueba la “Guía de Lenguaje Claro” del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.</p>
MODIFICA
<p>Artículo 3° de la Resolución N° 185-SECLYT/22 deroga el Anexo III “Buenas Prácticas para la Redacción de Textos Normativos“ de la Resolución N° 54- SECLYT/19.</p>