RESOLUCIÓN 185 2022 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Síntesis:
SE APRUEBA - MANUAL DE LENGUAJE CLARO - GUÍA DE LENGUAJE CLARO - SE DEROGA - ANEXO III BUENAS PRÁCTICAS PARA LA REDACCIÓN DE TEXTOS NORMATIVOS - RESOLUCIÓN 54-SECLYT-19 - RECURSOS PARA ESCRIBIR CLARO - HERRAMIENTAS PARA EL BUEN USO DE LA TÉCNICA LEGISLATIVA - DOCUMENTOS CLAROS - TEXTOS ADMINISTRATIVOS EN LENGUAJE CLARO - INDICADORES - REDACCIÓN NORMATIVA -SECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA
Publicación:
29/09/2022
Sanción:
27/09/2022
Organismo:
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
VISTO: La Ley N° 6367, el Decreto N° 109/21, la Resolución N° 54-SECLYT/19, el
Convenio Marco de fecha 10 de abril de 2019 (registrado en el RLM con el N°
14317662), el Expediente Electrónico N° 34130581-GCABA-DGCLCON/22, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 10 de abril de 2019, la Secretaría Legal y Técnica, el Consejo de la
Magistratura y la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, suscribieron un
Convenio Marco, registrado en el RLM con el N° 14317662;
Que el objetivo del Convenio fue conformar una "RED DE LENGUAJE CLARO" en el
ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin de promover en los organismos
del Estado y demás instituciones públicas, la utilización de un estilo de redacción
simple y eficiente en el contenido de los documentos y actos públicos, como una forma
de facilitar la comprensión y el acceso universal para todos los ciudadanos;
Que la Resolución N° 54-SECLYT/19 propició las primeras recomendaciones para
trabajar en la implementación de un Lenguaje Claro en la redacción de Actos
Administrativos;
Que, para ello, la Resolución N° 54-SECLYT/19 aprobó los Anexos II "Estructura de
los actos administrativos" (IF-2019-08970980-GCABA-DGCCON) y III "Buenas
Prácticas para la Redacción de Textos Normativos" (IF-2019-08971120-GCABA-
DGCCON);
Que, con posterioridad, la Ley N° 6367 estableció la promoción y el uso de un lenguaje
claro en los actos y documentos del sector público de la Ciudad para garantizar a los
ciudadanos la transparencia de los actos de gobierno, el derecho a comprender y el
acceso a la información pública;
Que el artículo 5° de la citada ley establece la obligatoriedad de usar el lenguaje claro
en los documentos que producen los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial y los
demás organismos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires enumerados en su
artículo 4°;
Que el artículo 6° de la Ley N° 6367 establece que el Poder Ejecutivo, el Poder
Judicial y la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán designar
cada uno su propia autoridad de aplicación de la ley;
Que en este sentido se dictó el Decreto N° 109/21 por el cual se designa a la
Secretaría Legal y Técnica como autoridad de aplicación de la Ley N° 6367.
Que para seguir con estos propósitos y cumplimentar lo establecido en la Ley N° 6367
se propicia la aprobación del "Manual de Lenguaje Claro" y de la "Guía de Lenguaje
Claro", ambos para la órbita del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires;
Que, por último, se propicia la derogación del Anexo III "Buenas Prácticas para la
Redacción de Textos Normativos" (IF-2019-08971120-GCABA-DGCCON) de la
Resolución N° 54-SECLYT/19, cuyos preceptos y pautas para la redacción de textos
normativos de manera clara, precisa y concisa han sido contemplados en el Manual y
en la Guía de Lenguaje Claro.
Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N° 109/21,
Artículo 1°.- Apruébase el "Manual de Lenguaje Claro" del Poder Ejecutivo del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que como Anexo I (IF-2022-
34497308-GCABA-SECLYT) forma parte integrante de la presente Resolución
Artículo 2°.- Apruébase la "Guía de Lenguaje Claro" del Poder Ejecutivo del Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que como Anexo II (IF-2022-34470172-
GCABA-SECLYT) forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Derógase el Anexo III "Buenas Prácticas para la Redacción de Textos
Normativos" (IF-2019-08971120-GCABA-DGCCON) de la Resolución N° 54-
SECLYT/19.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a los Ministerios, Secretarías y entes descentralizados del Poder
Ejecutivo, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Procuración
General de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos,
remítase a la Dirección General Coordinación Legal y Consolidación Normativa de la
Secretaría Legal y Técnica. Cumplido, archívese. Montiel