RESOLUCIÓN 329 2024 SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Síntesis:
DEROGA - RESOLUCIÓN 185-SECLYT/22 - APRUEBA - MANUAL DE LENGUAJE CLARO DEL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD - SECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA
Publicación:
02/01/2025
Sanción:
30/12/2024
Organismo:
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
VISTO: Las Leyes 3.304, 6.367 y 6.684 (textos consolidados por Ley 6.764), el
Decreto 109/21, las Resoluciones 185-SECLYT/22 y 209-SECLYT/24, el Expediente
EX-2024-46797456-GCABA-DGCCN, y
CONSIDERANDO:
Que el uso del lenguaje claro en los documentos públicos constituye un eje central de
la modernización del Estado, cuyo propósito es fortalecer y garantizar la transparencia
de los actos de gobierno, el derecho a comprender, el acceso a la información pública;
Que, en este sentido, la Ley 3.304 de Modernización de la Administración Pública
representó un avance significativo para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al
establecer el marco legal para la implementación de acciones tendientes a garantizar
una gestión pública de calidad, optimizar los procesos internos, y posibilitar la
provisión de bienes y servicios públicos a la ciudadanía de manera equitativa,
transparente y efectiva;
Que, por su parte, la Ley 6.367 estableció la promoción y el uso de un lenguaje claro
en los actos y documentos del sector público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de dicha Ley define al lenguaje claro cómo el estilo de redacción
clara y directa que facilita la comprensión del contenido que se transmite;
Que este estilo de redacción promueve el uso de expresiones sencillas, párrafos
breves y sin tecnicismos innecesarios, e incorpora un diseño y un formato amigables
para la ciudadanía;
Que el artículo 5° de la Ley 6.367 establece la obligatoriedad de usar el lenguaje claro
en los documentos que producen los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial y los
demás organismos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Ley 6.684 de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, contempla a la Secretaría Legal y Técnica como una de las Secretarías del
Poder Ejecutivo;
Que el Decreto 109/21 designó a la Secretaría Legal y Técnica como la autoridad de
aplicación de la Ley 6.367, dentro del Poder Ejecutivo, y le otorgó las facultades para
dictar las normas complementarias, interpretativas y operativas que resulten
necesarias para su implementación;
Que, en cumplimiento de los propósitos previstos en la Ley 6.367 y mediante la
Resolución 54-SECLYT/19, se propiciaron las primeras recomendaciones para trabajar
en la implementación de un Lenguaje Claro en la redacción de actos administrativos;
Que, posteriormente, mediante la Resolución 185-SECLYT/22 se aprobó el "Manual
de Lenguaje Claro" del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que la Resolución 209-SECLYT/24 creó el Programa "Lenguaje Claro" en el ámbito
del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el Programa tiene como objetivo fundamental institucionalizar el uso del lenguaje
claro como una política pública regular y permanente del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, en el marco de lo dispuesto por la Ley 6.367;
Que, a los fines de asegurar la calidad de la comunicación, resulta necesaria la
confección, aprobación y difusión de guías y manuales que permitan estandarizar el
uso del lenguaje claro en todos los documentos y comunicaciones del gobierno;
Que, en consonancia, a fin de fortalecer la comunicación entre el Estado y la
ciudadanía, resulta oportuno actualizar el Manual de Lenguaje Claro del Poder
Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios 6.684 y el
Decreto 109/21,
Artículo 1°.- Derogar la Resolución 185-SECLYT/22.
Artículo 2°.- Aprobar el Manual de Lenguaje Claro del Poder Ejecutivo del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que como Anexo (IF-2024-48504449-GCABA-
DGCCN) forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
los Ministerios, Secretarías y entes descentralizados del Poder Ejecutivo, a la
Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Procuración General de la
Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la
Dirección General Coordinación y Consolidación Normativa de la Subsecretaría de
Asuntos Jurídicos. Cumplido, archívese. Montiel