DISPOSICIÓN 6 2022 DIRECCION GENERAL SEGUIMIENTO DE ORGANISMOS DE CONTROL Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA

Síntesis:

APRUEBA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO - ACUERDO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY N° 104 -  DIRECCION GENERAL DE SEGUIMIENTO DE ORGANISMOS DE CONTROL Y ACCESO A LA INFORMACIÓN - COMPILACIÓN DE INFORMACIÓN - ACUERDO ENTRE SOLICITANTE Y SUJETO OBLIGADO LA ENTREGA DE LA INFORMACIÓN

Publicación:

04/10/2022

Sanción:

29/09/2022

Organismo:

DIRECCION GENERAL SEGUIMIENTO DE ORGANISMOS DE CONTROL Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA


VISTO: Las Leyes Nros. 104 y 6.292 (t.c. Ley N° 6.347), los Decretos Nros. 260/2017,

463/2019 y sus modificatorios, el Expediente Electrónico N° EX-34868390-GCABA-

DGSOCAI/22; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 104 de Acceso a la Información Pública consagra el derecho de toda

persona a solicitar y recibir información completa, veraz, adecuada y oportuna;

Que conforme lo dispuesto en los artículos 22 y 23 de la citada Ley, compete a la

Autoridad de Aplicación velar por la correcta implementación de las obligaciones

establecidas en la Ley N° 104 y sus normas reglamentarias; recibir y dar tramitación a

las solicitudes de acceso a la información pública; realizar el seguimiento y control de

la correcta tramitación de las mismas, así como también, asistir y orientar a los sujetos

obligados; entre otras;

Que conforme lo previsto por el artículo 10 de la Ley N° 104, toda información

requerida, deberá ser satisfecha en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles,

pudiendo dicho plazo ser prorrogado por única vez;

Que en ese sentido, el artículo 11 de citada Ley prevé que, en el supuesto que la

información no pueda ser entregada dentro de los plazos legales establecidos en el

mencionado artículo 10, por su voluminosidad, la dificultad para obtener y/o compilarla,

entre otros, el sujeto obligado deberá proponer una instancia para acordar con el

solicitante la entrega de información en un tiempo y uso de recursos razonables que

en ningún caso afecten su normal funcionamiento;

Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplando entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al

Ministerio de Gobierno;

Que por Decreto N° 463/19, se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente

del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplándose dentro de la órbita del Ministerio de Gobierno, a la Dirección General

Seguimiento de Organismos de Control y Acceso a la Información, dependiente de la

Subsecretaría de Asuntos Políticos;

Que, por su parte, mediante el Decreto N° 260/2017 se designó a la Dirección General

Seguimiento de Organismos de Control y Acceso a la Información como Autoridad de

Aplicación de la Ley N° 104 bajo la órbita del Poder Ejecutivo y se la encomendó a

establecer el circuito administrativo correspondiente al artículo 11 a los fines de

garantizar la mayor eficiencia;

Que, en ese contexto, la Dirección General considera propicio aprobar un

procedimiento administrativo por el cual se enmarque los aspectos esenciales para el

uso y aplicación del artículo 11 de la Ley N° 104.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 260/17,

LA DIRECTORA GENERAL DE SEGUIMIENTO

DE ORGANISMOS DE CONTROL Y ACCESO A LA INFORMACIÓN

DISPONE:

Artículo 1°.- Apruébase el Procedimiento Administrativo del Acuerdo previsto en el

Artículo 11 de la Ley N° 104 el que como Anexo I (IF-2022-35030869-GCABA-

DGSOCAI) forma parte integrante de la presente Disposición.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y

comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías, Subsecretarías, Direcciones

Generales y Organismos Descentralizados del Poder Ejecutivo, a la Sindicatura

General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a la Procuración General de la

Ciudad de Buenos Aires para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese.

Díaz Ortiz


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Artículo 1 de la Disposicion N° 6-DGSOCAI-22 aprueba el Procedimiento Administrativo del Acuerdo previsto en el articulo 11 de la Ley N° 104.</p>