RESOLUCIÓN 6638 2022 MINISTERIO DE CULTURA
Síntesis:
CONVOCA - PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES - RÉGIMEN DE RECONOCIMIENTO DE LA ACTIVIDAD LITERARIA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - PROESCRITORES - DESDE LAS 14 HORAS DEL 5 DE OCTUBRE DE 2022 HASTA LAS 17 HORAS DEL 27 DE OCTUBRE DE 2022 - SUBSIDIO
Publicación:
28/10/2022
Sanción:
04/10/2022
Organismo:
MINISTERIO DE CULTURA
VISTO: La Ley N° 3.014 (texto consolidado por Ley N° 6.347); los Decretos Nros. 542-
GCABA/09 y 301-GCABA/18; la Resolución N° 6637-MCGC/22; el Expediente
Electrónico N° EX-2022-35572868-GCABA-DGDCC, y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 3.014 (texto consolidado por Ley N° 6.347) creó el Régimen de
Reconocimiento de la Actividad Literaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
estableciendo al Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires como su autoridad de aplicación;
Que dicha Ley estableció que los beneficiarios del indicado Régimen reciben un
subsidio mensual, vitalicio, de carácter no contributivo equivalente al ingreso básico
del personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que revista en el
Agrupamiento Servicios Sociales e Institucionales de la Carrera Administrativa (Nivel
SA01);
Que por Decreto N° 542-GCABA-09 se facultó al Ministerio de Cultura para dictar las
normas complementarias e interpretativas que considere necesarias para la
implementación del Régimen de Reconocimiento de la Actividad Literaria y, a su vez,
se instituyó la apertura de un padrón de aspirantes a beneficiarios y se creó el Registro
de Beneficiarios del aludido Régimen;
Que, por su parte, el Decreto N° 301-GCABA/18 estableció que el importe del subsidio
mensual, vitalicio, de carácter no contributivo establecido en la Ley N° 3.014 (texto
consolidado por Ley N° 6.347) será equivalente al salario bruto correspondiente al
Agrupamiento Servicios Generales y Mantenimiento, Tramo Inicial, Grado 2, Categoría
General del personal incluido en el ámbito de aplicación del Acta de Negociación
Colectiva N° 17/13 y modificatorias;
Que mediante la Resolución N° 6637-MCGC/22 se unificó y sistematizó la normativa
complementaria aplicable al Régimen de Reconocimiento de la Actividad Literaria;
Que, asimismo, mediante la citada Resolución, se aprobó el procedimiento atinente a
la inclusión en el referido Régimen, conforme los lineamientos establecidos en los
Anexos I "Reglamento General del Régimen de Reconocimiento de la Actividad
Literaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" (IF-2022-35539514-GCABA-
DGDCC); II "Nota de solicitud de inscripción en el Registro de Beneficiarios" (IF-2022-
33617837-GCABA-DGDCC) y III "Declaración Jurada" (IF-2022-33617262-GCABA-
DGDCC);
Que en este contexto, este Ministerio propicia la apertura del llamado a convocatoria
para la presentación de solicitudes de inclusión al Régimen de Reconocimiento de la
Actividad Literaria, conforme los lineamientos establecidos en el referido Reglamento
General;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Convócase a los sujetos comprendidos en el marco del Régimen de
Reconocimiento de la Actividad Literaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
(PROESCRITORES), creado por Ley N° 3.014 (texto consolidado Ley N° 6.347), para
la presentación de solicitudes de inclusión al Régimen, la cual tendrá lugar desde las
14 horas del 5 de octubre de 2022, hasta las 17 horas del 27 de octubre de 2022.
Artículo 2°.- La presente convocatoria se regirá según lo establecido en la Resolución
N° 6637-MCGC/22.
Artículo 3°.- Establézcase, en el marco de la presente Convocatoria, que el importe del
subsidio mensual, vitalicio, de carácter no contributivo establecido en la Ley N° 3.014
(texto consolidado por Ley N° 6.347), equivalente al salario bruto correspondiente al
Agrupamiento Servicios Generales y Mantenimiento, Tramo Inicial, Grado 2, Categoría
General del personal incluido en el ámbito de aplicación del Acta de Negociación
Colectiva N° 17/13 y modificatorias, es a la fecha de Pesos Setenta y un mil
cuatrocientos diecinueve con noventa y seis ($ 71.419,96).
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa
Operaciones y Regímenes de Promoción Cultural dependiente de la Dirección General
Desarrollo Cultural y Creativo de este Ministerio. Cumplido, archívese. Avogadro