DECRETO 1937 2004
Síntesis:
OTORGA LOS PREMIOS CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - OTORGAMIENTO DE PREMIOS - MEJOR ALUMNO DE SÉPTIMO GRADO - PREMIO ANUAL - ESCUELAS PRIMARIAS - OTORGAMIENTO DE BECAS - ALUMNOS BENEFICIARIOS - LISTADO DE BENEFICIARIOS - NÓMINA DE GANADORES
Publicación:
04/11/2004
Sanción:
26/10/2004
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Expediente N° 43.837/04 y,
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 735, Decreto N° 59/02 (B.O. N° 1367) ha sido instituido el premio anual Ciudad Autónoma de Buenos Aires con destino al mejor alumno de 7° grado del ciclo primario y de los establecimientos de Educación Superior (Resolución N° 1.521/SED/00) de cada uno de los Distritos Escolares y que el beneficiado adquiere el derecho de usufructuar una beca hasta finalizar sus estudios secundarios en las condiciones que el mismo establece;
Que con tal motivo se concretó la selección correspondiente entre los que egresaron en el anterior ciclo lectivo;
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (artículo 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),
Artículo 1° - Otórgase a los alumnos nominados en el Anexo I que forma parte integrante del presente Decreto, el premio Ciudad Autónoma de Buenos Aires, correspondiente al año 2003.
Artículo 2° - Entréguese a la Secretaría de Educación la suma de $ 14.700 (pesos catorce mil setecientos) con cargo de rendir cuenta documentada de su inversión para afrontar el pago de los premios del corriente ejercicio, siendo responsables de la administración y rendición de los fondos el Director General de Coordinación Financiera y Contable, Sr. Alfredo Alberto Iñiguez, DNI 18.135.746, y como corresponsable la Directora Contable Financiero Patrimonial señorita Graciela Mónica Testa, F.M. N° 262.241.
Artículo 3° - Autorízase a la Dirección General de Contaduría a emitir la orden de pago respectiva según lo dispuesto en el artículo precedente.
Artículo 4° - El gasto que demande la erogación del presente Decreto será imputado en la partida 55.5601.962.5.1.3.99 del año en curso.
Artículo 5° - El presente Decreto es refrendado por las señoras Secretarias de Educación, de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete.
Artículo 6° - Dése al Registro; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Secretarías de Educación y de Hacienda y Finanzas, y remítase a la Dirección General de Contaduría para su conocimiento y demás efectos. IBARRA - Perazza - Albamonte - Fernández
ANEXOS
Distrito Escolar | Escuela | Apellido y Nombres | Puntaje |
1 | C. N. Bs. As. | Otaegui Liu, Cecilia María | 96,00 |
2 | C. N. Bs. As. | Gorokhova, Galina | 90,00 |
3 | E. T. N° 25 | Toconás, Ricardo Arnaldo | 84,50 |
4 | C. N. Bs. As. | Pacheco, Marina Nair | 91,00 |
5 | C. N. Bs. As. | Gotfryd, Lucila | 91,80 |
6 | E. N. S. N° 2 | Garrido, Pablo Enrique | 89,25 |
7 | Liceo N° 12 | Blumetti Maidana, Bruno D. | 77,85 |
8 | E. N. S. N° 4 | Kohen, Daniel | 88,40 |
9 | E. S. Comercio | Pelegrini, Joaquín Miguel | 85,75 |
10 | E. S. Comercio | Belardo Penna, Facundo N. | 89,00 |
11 | C. N. Bs. As. | Lucio, Gina Antonella | 87,80 |
12 | E. T. N° 24 | Asenjo, María Celeste | 89,50 |
13 | Colegio N° 3 | León, María del Rosario | 85,50 |
14 | E. S. Comercio | Czerwiak, Pablo Andrés | 79,10 |
15 | E. T. N° 3 | Luque, Nicolás Daniel | 76,20 |
16 | C. N. Bs. As. | Iravedra, Sofía | 79,95 |
17 | E. S. Comercio | Madanes, Daniela | 88,50 |
18 | E. N. Sup. N° 2 | Vergara, Martín Alexis | 86,50 |
19 | E. T. N° 11 | Lacquaniti, Juan Pablo | 71,75 |
20 | Liceo N° 8 | Ramos Alma, Melanie Belén | 81,00 |
21 | C. N. Bs. As. | Salischiker, María Cecilia | 80,75 |