DECRETO 2015 2004
Síntesis:
NORMA DEROGADA - PRORROGA DE PLAZOS - PRORROGA HASTA EL 30-11-04, EL PLAZO DE INSCRIPCIÓN PARA EL LLAMADO A CONCURSO PARA LA SELECCIÓN DE DIRECTORES Y SUBDIRECTORES MÉDICOS EN HOSPITALES DE LA CIUDAD - CONCURSOS - SELECCIÓN DE PROFESIONALES MÉDICOS - - TITULARIZACIÓN AUTOMÁTICA - CARGOS DE CONDUCCIÓN
Publicación:
04/11/2004
Sanción:
29/10/2004
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Estado:
No vigente
Visto los Decretos N° 1.318/GCBA/04 (B.O.C.B.A. N° 1989) y N° 1.796/GCBA/04 (B.O.C.B.A. N° 2037) y el Expediente N° 60.476/04, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 1.796/GCBA/2004, se prorrogó hasta el día 1° de noviembre de 2004, inclusive, el plazo de inscripción para el llamado a Concurso cerrado a todas las unidades de organización para la selección de profesionales para cubrir los cargos vacantes de Director y Subdirector Médico del Área Técnica Administrativa y Asistencial de todos los Hospitales dependientes de la Secretaría de Salud, convocado oportunamente mediante Decreto N° 1.318/GCBA/2004;
Que la prórroga fue dispuesta en función de la petición efectuada en el marco de la Comisión Paritaria Sectorial por los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los de las asociaciones profesionales, a los efectos de posibilitar que el proceso de concurso se desarrolle en forma exitosa;
Que, teniendo en cuenta que se produjeron modificaciones parciales al Perfil del puesto de Director y Subdirector de Hospital y al Reglamento de Concursos Cerrados a todas las Unidades de Organización para cubrir los cargos de Director, Subdirector del Área Técnica Administrativa y Asistencial y Jefe de Departamento y Jefe de División de la rama Técnica Administrativa del Área Técnica Administrativa y Asistencial, aprobados por Decreto N° 1.317/GCBA/2004 (B.O.C.B.A. N° 1989), facilitando de esa manera el logro del objetivo común tenido en mira por las partes, resulta necesario extender la prórroga del período de inscripción hasta el 30 de noviembre de 2004 inclusive, de manera de posibilitar la más amplia participación de los interesados;
Que, además, corresponde tener presente la vigencia de la Ley N° 1.423 (B.O.C.B.A. N° 2041), estableciendo que a los efectos del presente concurso, la citada norma resulta aplicable en el marco de lo estatuido por el Art. 3.7.2, Inc. a), de la Ordenanza N° 41.455;
Por ello, en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1° - Prorrógase hasta el 30 de noviembre de 2004 inclusive, el plazo de inscripción para el llamado a Concurso cerrado a todas las unidades de organización para la selección de profesionales para cubrir los cargos vacantes de Director y Subdirector Médico del Área Técnica Administrativa y Asistencial de todos los Hospitales dependientes de la Secretaría de Salud, oportunamente convocado mediante Decreto N° 1.318/GCBA/2004.
Artículo 2° - Establécese que a los efectos del presente concurso, la Ley N° 1.423 (B.O.C.B.A. N° 2041) resulta aplicable en el marco de lo estatuido por el artículo 3.7.2, Inc. a), de la Ordenanza N° 41.455.
Artículo 3° - La prórroga decretada por el artículo 1° deberá publicarse por diez (10) días en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en dos periódicos de gran tirada de circulación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el plazo de dos (2) días.
Artículo 4° - Establécese que los inscriptos para el concurso convocado en el marco de lo dispuesto en el Decreto N° 1.318/GCBA/2004, bajo los términos del reglamento aprobado por Decreto N° 1.317/GCBA/2004, serán fehacientemente notificados del presente, a fin de que efectúen las modificaciones que estimen convenientes, sin perjuicio de la validez de la inscripción efectuada, teniéndose por cumplido el requisito de la presentación del trabajo monográfico con el proyecto estratégico que hubieran entregado.
Artículo 5° - El presente Decreto es refrendado por el señor Secretario de Salud, la señora Secretaria de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete.
Artículo 6° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Recursos Humanos y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Secretaría de Salud. Cumplido, archívese.