RESOLUCIÓN 518 1996 DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Síntesis:
DIFIERE PLAZOS PARA EL PAGO DE CUOTAS DE ALUMBRADO, BARRIDO, LIMPIEZA TERRITORIAL, DE PAVIMENTOS Y ACERAS Y LEY N° 23.514
Publicación:
26/03/1996
Sanción:
14/03/1996
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Visto la Carpeta Interna N° 9.524-DGR-96, y la facultad confe�rida a la Dirección General de Rentas por los artículos 1° del Decreto N° 5.325-90 y 17 del Decreto N° 1.586 (B.M. número 20.194), y
CONSIDERANDO:
Que razones operativas impiden la impresión en tiempo opor�tuno de los instrumentos para el pago de las Contribuciones de Alumbrado, Barrido, Limpieza, Territorial, de Pavimentos y Ace�ras y Ley N° 23.514, correspondientes a la emisión suplementa�ria de las cuotas 1ra., 2da., 12 (Pago Anual) y 90 para 1996, cuyos vencimientos han sido fijados por la Resolución N° 296-�DGR-96 (B.M. N° 20.239), como así también respecto de la 3ra. Cuota del mismo año.
Que la imposibilidad de entrega de los referidos instrumen�tos dentro de los plazos aludidos hace necesario autorizar el pago de las obligaciones correspondientes, ampliando el lapso establecido para cada una, difiriendo el vencimiento de las Cuo�tas 1ra., 2da. y 12 (Pago Anual) o 90, y fijando un nuevo venci�miento para la 3ra. Cuota, a fin de asegurar la distribución do�miciliaria con la antelación suficiente para facilitar su cancela�ción en término;
Por ello en ejercicio de las facultades mencionadas,
El Director General de Rentas
RESUELVE:
Artículo 1° - Difiérese hasta el 16-4-96 el plazo para el pago de las cuotas 1ra., 12 (Pago Anual), o 90 del ejercicio fiscal 1996 de las Contribuciones de Alumbrado, Barrido, Limpieza, Territo�rial, de Pavimentos y Aceras y Ley N° 23.514, con vencimien�to original el 29-3-96, comprendidas en la Resolución número 296-DGR-96 (B.M. N° 20.239).
Art. 2° - Difiérese hasta el 6-5-96 el plazo para el pago de la Cuota 2da. del ejercicio fiscal 1996 de las Contribuciones de Alum�brado, Barrido, Limpieza, Territorial, de Pavimentos y Aceras y Ley N° 23.514, con vencimiento original el 19-4-96, comprendi�das en la Resolución N° 296-DGR-96 (B.M. N° 20.239).
Art. 3° - Establécese el 6-6-96 como fecha de vencimiento para el pago de la 3ra. Cuota del ejercicio 1996 de las Contribu�ciones de Alumbrado, Barrido, Limpieza, Territorial, de Pavimen�tos y Aceras y Ley N° 23.514, para los casos comprendidos en la Resolución N° 296-DGR-96 (B.M. N° 20.239).
Art. 4° - Confírmase los vencimientos dispuestos por el Decreto N° 1.586 (B.M. N° 20.194) para las Cuotas 4ta. a 6ta. de los mencionados gravámenes.
Art. 5° - Regístrese, publíquese en el Boletín Municipal, há�gase saber a las distintas dependencias de esta Dirección Ge�neral y a las entidades Bancarias.