DISPOSICIÓN 853 2022 DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

Síntesis:

 APRUEBA MODIFICACIÓN - CLÁUSULA 5-3-4 - NIVELES DE SERVICIO POR JERARQUÍA -  PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - CONVENIO MARCO DE COMPRAS CON COMPULSA - CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE RESERVA Y ADQUISICIÓN DE PASAJES, ALOJAMIENTO Y DEMÁS SERVICIOS - VIAJES CONEXOS,EMISIÓN ENVÍO Y ENTREGA DE PASAJES VOUCHERS Y DEMÁS DOCUMENTACIÓN - PRESTACION DEL SERVICIO - DIRECCION GENERAL COMPRAS Y CONTRATACIONES 

Publicación:

22/11/2022

Sanción:

09/11/2022

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

Estado:

No vigente


VISTO: La Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6.347), el Decreto N° 168/19 y

su modificatorio N° 207/19, las Resoluciones N° 229/MHFGC/2.021 y N° 134/GCABA-

MHFGC/2.022, las Disposiciones 1.073/DGCYC/2.019, N° 717/GCABA-DGCYC/2.020

y N° 73/GCABA-DGCYC/2.021, el Expediente Electrónico N° 25.143.241/MGEYA-

DGCYC/2.018, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente Electrónico citado en el visto tramita el Convenio Marco de

Compras con compulsa para la Contratación del Servicio de Reserva y Adquisición de

pasajes, alojamiento y demás servicios de viajes conexos, emisión, envío y entrega de

pasajes, vouchers y demás documentación que se confeccionen con motivos de la

prestación de estos servicios, para uso de las Reparticiones del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con el procedimiento electrónico de

Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras (BAC);

Que por Disposición N° 1.073/GCABA-DGCYC/19, la Dirección General de Compras y

Contrataciones en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades

otorgadas por el artículo 18, Inciso j) de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley N°

6.347), aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para la Contratación

de Bienes y Servicios;

Que por Disposición N° 717/GCABA-DGCYC/20, la Directora General de Compras y

Contrataciones aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, sus Anexos,

Proyecto de Guía de Uso, sus Anexos, Pliego de Especificaciones Técnicas, designó a

los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas y estableció el llamado a

Licitación Pública N° 623-1375-LPU18 para el día 25 de septiembre de 2.020 a las

14:00 horas, al amparo de lo establecido en los artículos 31, 39 Inciso h) y 45 de la

Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.347), el Decreto N° 168/19 y su

modificatorio N° 207/19, por un monto estimado de hasta pesos Veintisiete Millones ($

27.000.000.-), por cada empresa oferente;

Que con el avance ordinario del proceso, mediante Resolución N° 229/MHFGC/2.021,

se aprobó el mentado proceso licitatorio y se adjudicó a las firmas TOUR

OPERADORA TURISMO S.R.L., en la suma total de PESOS VEINTISIETE

MILLONES ($ 27.000.000,00.-); RICALE VIAJES S.R.L., en la suma total de PESOS

VEINTISIETE MILLONES ($ 27.000.000,00.-); VIAJES APOLO S.R.L., en la suma total

de PESOS VEINTISIETE MILLONES ($ 27.000.000,00.-); RICAAR S.R.L., en la suma

total de PESOS VEINTISIETE MILLONES ($ 27.000.000,00.-); y, TURICENTRO

VIAJES S.A., en la suma total de PESOS VEINTISIETE MILLONES ($ 27.000.000,00.-

), por las cantidades y precios que constan, para cada renglón, en el Anexo I de la

mentada Resolución (IF-2021- 03631687-GCABA-MHFGC);

Que seguidamente, por Disposición N° 73/GCABA-DGCYC/2.021, se aprobó la Guía

de Uso, en un todo de acuerdo con lo establecido en los siguientes Anexos: Guía de

Uso (IF-2021-04275046-DGCYC), Anexo I (IF-2021-04273367- DGCYC), Anexo II (IF-

2021-04273488- DGCYC) y Anexo III (IF-2021-04273598-DGCYC);

Que por último, por Resolución N° 134/GCABA-MHFGC/2.022 se prorrogo a partir del

20 de enero de 2.022, por el término de (12) meses o hasta el perfeccionamiento de

un nuevo contrato, lo que ocurra primero, el Convenio Marco de Compras que nos

ocupa, al amparo de lo establecido en el Artículo 110 (ex 119) inc. III de la Ley N°

2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.347), reglamentado por el Articulo 119 inc. III del

Decreto N° 168/19 y su modificatorio N° 207/19;

Que el Art. 9 Inc. A de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.347) versa:

"Facultades y obligaciones del órgano contratante- El órgano contratante tiene las

facultades y obligaciones que se establecen en la presente, sin perjuicio de las que

estuvieren previstas en la legislación específica, en sus reglamentos, en los pliegos de

bases y condiciones o en la restante documentación contractual. Especialmente tiene:

A. La prerrogativa de interpretar los contratos, resolver las dudas que ofrezca su

cumplimiento, modificarlos, decretar su caducidad, rescisión o resolución, por razones

de oportunidad, mérito o conveniencia, determinando el alcance de éstas. El uso de

esta prerrogativa no genera derecho a indemnización en concepto de lucro cesante";

Qué asimismo, en el transcurso del procedimiento licitatorio que nos ocupa, devino

necesario modificar por razones de oportunidad, mérito y conveniencia, el Artículo

5.3.4 "Niveles de servicio por jerarquía" obrante en el Pliego de Especificaciones

Técnicas (IF-2020-20676877-DGCYC) que rige el presente proceso.

Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 9 Inc. A de la Ley N°

2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.347),

LA DIRECTORA GENERAL

DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

DISPONE:

Artículo 1°.- Apruébase la modificación de la cláusula 5.3.4 "Niveles de servicio por

jerarquía" obrante en el Pliego de Especificaciones Técnicas (IF-2020-20676877-

DGCYC) del Convenio Marco de Compras con compulsa para la Contratación del

Servicio de Reserva y Adquisición de pasajes, alojamiento y demás servicios de viajes

conexos, emisión, envío y entrega de pasajes, vouchers y demás documentación que

se confeccionen con motivos de la prestación de estos servicios, para uso de las

Reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según el detalle

expuesto en el Anexo I (IF-2022-40129263-GCABA-DGCYC), que forman parte

integrante de la presente.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el

término de un (1) día y en el Portal Buenos Aires Compras (BAC).

Artículo 3°.- Comuníquese fehacientemente a las empresas adjudicatarias y a todos

los Ministerios y Secretarías dependientes del Poder Ejecutivo a fin de que se

garantice una amplia difusión entre las Unidades Ejecutoras. Cumplido, archívese.

Tojo


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 1° de la Disposicion 399-DGCYC-24 deja  sin efecto la Disposición 853/GCABA-DGCYC/2.022 y su anexo I</p>
MODIFICA
<p>Artículo 1°.Disposicion N° 853-DGCYC-22 aprueba  modificación de la cláusula 5.3.4 Niveles de servicio por jerarquia  obrante en el Pliego de Especificaciones Técnicas (IF-2020-20676877-<br />DGCYC) del Convenio Marco de Compras con compulsa para la Contratación del Servicio de Reserva y Adquisición de pasajes, alojamiento y demás servicios de viajes conexos, emisión, envío y entrega de pasajes, vouchers y demás documentación que se confeccionen con motivos de la prestación de estos servicios, para uso de las Reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,</p>