DISPOSICIÓN 399 2024 DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

Síntesis:

DEJA SIN EFECTO - DISPOSICIÓN N° 853-DGCYC-22  - APRUEBA  MODIFICACIÓN - NIVELES DE SERVICIO POR JERARQUÍA - CONVENIO MARCO DE COMPRAS CON COMPULSA - CONTRATACIÓN SERVICIO DE RESERVA Y ADQUISICIÓN DE PASAJES - ALOJAMIENTO Y DEMÁS SERVICIOS DE VIAJES CONEXOS - EMISIÓN - ENVÍO Y ENTREGA DE PASAJES - VOUCHERS Y DEMÁS DOCUMENTACIÓN -  PRESTACIÓN DE ESTOS SERVICIOS - USO DE LAS REPARTICIONES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

Publicación:

09/05/2024

Sanción:

03/05/2024

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES


VISTO: La Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y su modificatoria Ley

N° 6.647, el Decreto N° 74/21, la Resolución N° 7.077/GCABA-MHFGC/2.023, las

Disposiciones N° 167/GCABA-DGCYC/2.021, N° 853/GCABA-DGCYC/2.022, N°

77/GCABA-DGCYC/2.023 y N° 955/GCABA-DGCYC/2.023, el Expediente Electrónico

N° 28.693.682/GCABA-DGCYC/2.022, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Expediente Electrónico citado en el visto tramita el Convenio Marco de

Compras con Compulsa para la Contratación del Servicio de Reserva y Adquisición de

pasajes, alojamiento y demás servicios de viajes conexos, emisión, envío y entrega de

pasajes, vouchers y demás documentación que se confeccionen con motivos de la

prestación de estos servicios, para uso de las Reparticiones del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con el procedimiento electrónico de

Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras (BAC);

Que por Disposición N° 167/GCABA-DGCYC/2.021, la Dirección General de Compras

y Contrataciones, en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades

otorgadas por el artículo 19, Inciso j) de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N°

6.588), aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para la contratación

de bienes y servicios;

Que, por Disposición N° 77/GCABA-DGCYC/2.023, se aprobó el Pliego de Bases y

Condiciones Particulares, sus Anexos, Proyecto de Guía de Uso, sus Anexos y Pliego

de Especificaciones Técnicas, se designó a los integrantes de la Comisión Evaluadora

de Ofertas y se estableció el llamado a Licitación Pública N° 623-1194-LPU22 para el

día 4 de Abril de 2.023 a las 14:00 horas, al amparo de lo establecido en los artículos

32 y 46 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.588), reglamentados por

los artículos 31 y 45, respectivamente del Anexo I del Decreto N° 74/21 y el artículo 39

Inciso h) del Anexo I del Decreto N° 74/21, por un monto estimado de hasta pesos

Sesenta y Nueve Millones con 00/100 Centavos ($ 69.000.000,00.-) por cada empresa

oferente;

Que, con el avance ordinario del proceso, mediante Resolución N° 7.077/GCABA-

MHFGC/2.023, se aprobó la mentada licitación y se adjudicó a la firma VIAJES

APOLO S.R.L., en la suma total de hasta PESOS SESENTA Y NUEVE MILLONES

con 00/100 ($ 69.000.000,00.-), por las cantidades y precios que constan, para cada

renglón, en el Anexo I de la mentada Resolución (IF-2023-36267530-GCABA-

MHFGC);

Que, seguidamente, por Disposición N° 955/GCABA-DGCYC/2.023, se aprobó la Guía

de Uso, en un todo de acuerdo con lo establecido en los siguientes documentos: Guía

de Uso (IF-2023-39497862-GCABA-DGCYC), Anexo I (IF-2023-37101431-GCABA-

DGCYC), Anexo II (IF-2023-37102428-GCABA-DGCYC) y Anexo III (IF-2023-

37103398-GCABA-DGCYC);

Que, la citada contratación se rige por lo reglado en la Disposicion N° 853/GCABA-

DGCYC/2.022, la cual regula los niveles de servicio por jerarquía que debera tener en

cuenta la empresa prestadora al momento de cotizar las misiones oficiales;

Que, posteriormente, por Nota N° NO-2024-15953170-GCABA-SECGE, la Secretaría

General dependiente del Área Jefe de Gobierno, solicitó la modificación de los niveles

de servicio por jerarquía aplicables a la prestación objeto del presente contrato;

Que, el Artículo 9 Inc. A de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.588) versa:

"Facultades y obligaciones del órgano contratante- El órgano contratante tiene las

facultades y obligaciones que se establecen en la presente, sin perjuicio de las que

estuvieren previstas en la legislación específica, en sus reglamentos, en los pliegos de

bases y condiciones o en la restante documentación contractual. Especialmente tiene:

A. La prerrogativa de interpretar los contratos, resolver las dudas que ofrezca su

cumplimiento, modificarlos, decretar su caducidad, rescisión o resolución, por razones

de oportunidad, mérito o conveniencia, determinando el alcance de éstas. El uso de

esta prerrogativa no genera derecho a indemnización en concepto de lucro cesante";

Qué, asimismo, en miras de la petición recibida y considerando que el área solicitante

ha evaluado exhaustivamente los pormenores que motivan dicho requerimiento,

corresponde que esta Dirección General modifique los "niveles de servicio por

jerarquía" aplicables a la prestación de marras.

Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 9 Inc. A de la Ley N°

2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.588),

LA DIRECTORA GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

DISPONE:

Artículo 1°. - Dejar sin efecto la Disposición 853/GCABA-DGCYC/2.022 y su anexo I

(IF-2022-40129263-GCABA-DGCYC).

2°.- Aprobar la modificación de los "niveles de servicio por jerarquía" aplicable al

Convenio Marco de Compras con compulsa para la Contratación del Servicio de

Reserva y Adquisición de pasajes, alojamiento y demás servicios de viajes conexos,

emisión, envío y entrega de pasajes, vouchers y demás documentación que se

confeccionen con motivos de la prestación de estos servicios, para uso de las

Reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según el detalle

expuesto en el Anexo I (IF-2024-16990734-GCABA-DGCYC), que forman parte

integrante de la presente.

Artículo 3°. - Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término

de un (1) día y en el Portal Buenos Aires Compras (BAC).

Artículo 4°. - Comunicar fehacientemente a la empresa adjudicataria y a todos los

Ministerios y Secretarías dependientes del Poder Ejecutivo a fin de que se garantice

una amplia difusión entre las Unidades Ejecutoras. Informar, a la Secretaria General,

el cumplimiento de lo solicitado. Cumplido, archívese. Tojo


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>Artículo 1 de la Disposición 11/DGTAS/25 aprueba el Procedimiento Interno para la Tramitación de Viajes Oficiales Nacionales e Internacionales en el marco de la Disposición 399/DGCYC/24.</p>
MODIFICA
<p>Artículo 2 de la Disposición 399-DGCYC/24 aprueba la modificación de los niveles de servicio por jerarquía aplicable al Convenio Marco de Compras aprobado por Disposición 73-DGCYC/21.</p>
DEROGA
<p>Artículo 1° de la Disposicion 399-DGCYC-24 deja  sin efecto la Disposición 853/GCABA-DGCYC/2.022 y su anexo I</p>