DISPOSICIÓN 73 2021 DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
Síntesis:
SE APRUEBA LA GUÍA DE USO - CONVENIO MARCO DE COMPRAS - CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE RESERVA Y ADQUISICIÓN DE PASAJES ALOJAMIENTO Y DEMÁS SERVICIOS DE VIAJES CONEXOS - EMISIÓN - ENVÍO - ENTREGA DE PASAJES - VOUCHERS - DOCUMENTACIÓN - SOLICITUD DE COTIZACIÓN DE VIAJE - PROPUESTA - APROBACIÓN - REPARTICIONES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Publicación:
27/01/2021
Sanción:
22/01/2021
Organismo:
DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
VISTO: La Ley N° 2095 (Texto consolidado por Ley N° 6.347), la Resolución N°
229/MHFGC/2.021, las Disposiciones N° 1.073/DGCYC/2.019 y N° 717/DGCYC/2.020,
el Expediente Electrónico N° 25.143.241/MGEYA-DGCYC/2.018, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente Electrónico citado en el visto tramita el Convenio Marco de
Compras con compulsa para la Contratación del Servicio de Reserva y Adquisición de
pasajes, alojamiento y demás servicios de viajes conexos, emisión, envío y entrega de
pasajes, vouchers y demás documentación que se confeccionen con motivos de la
prestación de estos servicios, para uso de las Reparticiones del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con el procedimiento electrónico de
Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras (BAC);
Que por Disposición N° 1.073/GCABA-DGCYC/19, la Dirección General de Compras y
Contrataciones en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades
otorgadas por el artículo 18, Inciso j) de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley N°
6.347), aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para la Contratación
de Bienes y Servicios;
Que por Disposición N° 717/GCABA-DGCYC/20, la Directora General de Compras y
Contrataciones aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, sus Anexos,
Proyecto de Guía de Uso, sus Anexos, Pliego de Especificaciones Técnicas, designó a
los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas y estableció el llamado a
Licitación Pública N° 623-1375-LPU18 para el día 25 de septiembre de 2.020 a las
14:00 horas, bajo la modalidad de Convenio Marco de Compras con compulsa, al
amparo de lo establecido en los artículos 31, 39 Inciso h) y 45 de la Ley N° 2.095
(texto consolidado por Ley N° 6.347), el Decreto N° 168/19 y su modificatorio N°
207/19;
Que por Resolución N° 229/MHFGC/2.021, se aprobó el mentado proceso licitatorio y
se adjudicó a las firmas TOUR OPERADORA TURISMO S.R.L., en la suma total de
PESOS VEINTISIETE MILLONES ($ 27.000.000,00.-); RICALE VIAJES S.R.L., en la
suma total de PESOS VEINTISIETE MILLONES ($ 27.000.000,00.-); VIAJES APOLO
S.R.L., en la suma total de PESOS VEINTISIETE MILLONES ($ 27.000.000,00.-);
RICAAR S.R.L., en la suma total de PESOS VEINTISIETE MILLONES ($
27.000.000,00.-); y, TURICENTRO VIAJES S.A., en la suma total de PESOS
VEINTISIETE MILLONES ($ 27.000.000,00.-), por las cantidades y precios que
constan, para cada renglón, en el Anexo I de la mentada Resolución (IF-2021-
03631687-GCABA-MHFGC);
Que en atención a lo actuado, corresponde el dictado de la Guía de Uso para la
correcta utilización del Convenio Marco de Compras que nos ocupa.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por el artículo 18 de la Ley N° 2.095
(texto consolidado por Ley N° 6.347),
Artículo 1°.- Apruébase la Guía de Uso del Convenio Marco de Compras con compulsa
para la Contratación del Servicio de Reserva y Adquisición de pasajes, alojamiento y
demás servicios de viajes conexos, emisión, envío y entrega de pasajes, vouchers y
demás documentación que se confeccionen con motivos de la prestación de estos
servicios, para uso de las Reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, en un todo de acuerdo con lo establecido en los siguientes Anexos:
Guía de Uso (IF-2021-04275046-DGCYC), Anexo I (IF-2021-04273367- DGCYC),
Anexo II (IF-2021-04273488-DGCYC) y Anexo III (IF-2021-04273598-DGCYC), que
forman parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el
término de un (1) día y en el Portal Buenos Aires Compras (BAC).
Artículo 3°.- Comuníquese fehacientemente a las empresas adjudicatarias y a todos
los Ministerios y Secretarías dependientes del Poder Ejecutivo a fin de que se
garantice una amplia difusión entre las Unidades Ejecutoras. Cumplido, archívese.
Tojo