RESOLUCIÓN 1511 2022 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES

Síntesis:

APRUEBA - CIRCUITO DE INGRESO DERIVACIÓN Y TRAMITACIÓN - OFICIOS JUDICIALES - CÉDULAS DE NOTIFICACIÓN - OFICIOS EXTRAJUDICIALES - SOLICITUDES DE ORGANISMOS GUBERNAMENTALES Y O CIUDADANOS - CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES

Publicación:

22/11/2022

Sanción:

16/11/2022

Organismo:

F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES


VISTO: Las Leyes 114; 104 y 1218 (texto consolidado por Ley 6.347), el Decreto

463/19, la Resolución N ° 679-CDNNyA/09, el Expediente electrónico N° 41130338-

GCABA-DGLTACDN/22, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 6.347) se creó el

Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo

especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y protección de los derechos de

niñas, niños y Adolescentes y goza de autonomía técnica y administrativa y autarquía

financiera;

Que por la Resolución N° 679-CDNNyA/09 y sus modificatorias, se creó el

Departamento Mesa de Entradas, Salidas y Archivo de este Consejo, estableciéndose

entre sus responsabilidades primarias, administrar la recepción y giro de los oficios

judiciales que se presenten ante este Consejo y organizar la recepción, giro y

seguimiento de las actuaciones y expedientes del organismo;

Que este Consejo se encuentra inscripto al Sistema de Derivación de Oficio Externos

Sistema DEOX del PJN, mediante el CUIO de organismo N° 60000019529, cuyo

domicilio electrónico es: oficiosjudicialesmesacdnnya@buenosaires.gob.ar,

implementado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, para el fuero federal y

nacional;

Que, por otra parte, los oficios del Poder Judicial como Ministerio Público Fiscal,

Asesoría Tutelar u organismos de control o las solicitudes de ciudadanos u otras

entidades pueden ser recibidos en la Mesa de Entradas en horario administrativo-,

ubicada en la sede de este organismo o por correos electrónicos dirigidos a la casilla

que constituye el domicilio electrónico de este Consejo:

oficiosjudicialesmesacdnnya@buenosaires.gob.ar;

Que por Decreto N° 463/19, se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente

del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplándose dentro de la órbita del Ministerio de Gobierno, a la Dirección General

Seguimiento de Organismos de Control y Acceso a la Información (DGSOCAI),

dependiente de la Subsecretaría de Asuntos Políticos;

Que, en ese marco, la DGSOCAI coordina las relaciones con los Organismos de

Control, como la Auditoría General de la Ciudad y la Defensoría del Pueblo, y tramita

las solicitudes por acceso a la información de la Ley 104 (texto consolidado por Ley

6347) como autoridad de aplicación de dicha norma;

Que, por otro lado, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha

establecido diversos circuitos para la tramitación de requerimientos, acordados con

distintos organismos, como la Legislatura y la Procuración General, y corresponde

seguir el procedimiento establecido;

Que teniendo en cuenta los diversos procedimientos vigentes, se hace necesario

establecer un circuito para el ingreso, derivación y tramitación de los oficios y de

solicitudes de particulares a través de la Mesa de Entrada Salidas y Archivo, como

única vía de entrada de notificaciones, a fin de caratular un único expediente y poder

llevar un seguimiento de las solicitudes y las respuestas otorgadas;

Que, con ese fin, y mediante el desarrollo de mesas de trabajo, desde este Consejo se

estableció el procedimiento y se consignaron las pautas para la recepción y

tramitación de los requerimientos efectuados por entes externos y/o particulares a este

organismo;

Que, en consecuencia, y a fin de un mejor ordenamiento se hace necesario aprobar el

"Circuito de ingreso, derivación y tramitación de oficios judiciales, cédulas de

notificación, oficios extrajudiciales y solicitudes de organismos gubernamentales y/o

ciudadanos del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes";

Que la Dirección general legal Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el

ámbito de su competencia.

Por ello, con las facultades de la Ley 114, y el Decreto 192/21,

LA PRESIDENTE DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS

DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruebase el "Circuito de ingreso, derivación y tramitación de oficios

judiciales, cédulas de notificación, oficios extrajudiciales y solicitudes de organismos

gubernamentales y/o ciudadanos del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y

Adolescentes", que como Anexo IF 41706581-GCABA-CDNNYA/22, forma parte

integrante de la presente.

Artículo 2°.- Encomiéndese a la Subdirección de Oficios y Enlace con Organismo de

Control, comunicar al Poder Judicial y a los organismos externos el circuito aprobado

por el artículo 1°.-).

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial y comuníquese a la Vicepresidencia, a

los/as titulares de las Direcciones Generales para que comuniquen a sus

dependencias, al titular del Departamento de Mesa de Entradas Salidas y Archivo de

este Consejo y, por intermedio de este último, a la Mesa General de Entradas Salidas

y Archivo (MGEYA) del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Leguizamón


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6505

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 3-DGPDES/24 aprueba el Circuito de gestión de solicitudes de intervención y respuesta” de la Dirección General de Programas Descentralizados, en el marco de la Resolución N° 1511-CDNNYA/22.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución n° 1511/CDNNYA/22 aprueba el Circuito de ingreso, derivación y tramitación de oficios judiciales, cédulas de notificación, oficios extrajudiciales y solicitudes de organismos gubernamentales y/o ciudadanos del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes</p>