DISPOSICIÓN 3 2024 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES

Síntesis:

APRUEBA - CIRCUITO DE GESTIÓN DE SOLICITUDES DE INTERVENCIÓN Y RESPUESTA - DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS DESCENTRALIZADOS - CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

Publicación:

04/03/2024

Sanción:

29/02/2024

Organismo:

F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES


VISTO: La Resolución N° 1.511-GCABA-CDNNyA/22, el Expediente Electrónico N°

08508429-GCABA-DGPDES/24, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 6.588) se creó el

Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo

especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y protección de los derechos de

niñas, niños y adolescentes, el cual goza de autonomía técnica y administrativa y

autarquía financiera;

Que en virtud de lo establecido en el artículo 7° de la precitada Ley, el Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires adopta medidas legislativas, administrativas y de

otra índole para dar efectividad a los derechos reconocidos a niños, niñas y

adolescentes por normas jurídicas, operativas o programáticas, siendo su objetivo

esencial la prevención y detección precoz de aquellas situaciones de amenaza o

violación de los principios, derechos y garantías contemplados en dicho cuerpo

normativo;

Que por Resolución N° 1511-GCABA-CDNNYA/22 se aprobó el "Circuito de ingreso,

derivación y tramitación de oficios judiciales, cédulas de notificación, oficios

extrajudiciales y solicitudes de organismos gubernamentales y/o ciudadanos del

consejo de los derechos de niñas, niños y adolescentes", (Anexo IF 41706581-

GCABACDNNYA/22), y se instruye a cada Dirección General establecer un circuito

para dar respuestas oportunas y en plazo;

Que esta Dirección General ha realizado actividades encaminadas al logro del objetivo

de desarrollar tareas técnicas de relevamiento, análisis y diagnóstico de los circuitos

administrativos y de gestión de los organismos públicos; incorporar mecanismos que

permitan la detección de obstáculos, desviaciones o insuficiencias en los medios para

alcanzar la misión institucional; redefinir prioridades, reasignar recursos y

responsabilidades manteniendo la alineación con las políticas públicas definidas, y, en

ese marco, se propicia establecer un circuito específico para las intervenciones y los

oficios en esta unidad de organización para mayor eficiencia en recursos y el logro de

objetivos de calidad y eficientes;

Que, con el objeto de optimizar las intervenciones de esta Dirección General, a fin de

lograr la oportuna detección de las situaciones de vulneración de derechos y llevar

adelante las acciones de restitución que correspondan, deviene necesario reorganizar

internamente el nivel central de esta Dirección General, como así también la gestión

de las actuaciones por las cuales tramitan las solicitudes de intervención y de oficios,

en pos de reducir los tiempos de evaluación, derivación y respuesta de las mismas;

Que, por las consideraciones vertidas precedentemente, corresponde dictar el acto

administrativo por el que se apruebe el "Circuito de gestión de solicitudes de

intervención y respuesta" de esta Dirección General;

Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el

ámbito de su competencia.

Por ello, y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por la Ley N° 114 (texto

consolidado por Ley N° 6.588), y la Resolución N° 55-GCABA-CDNNyA/24,

EL DIRECTOR GENERAL

DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS DESCENTRALIZADOS

DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

DISPONE:

Artículo 1°.- Aprobar el "Circuito de gestión de solicitudes de intervención y respuesta"

de esta Dirección General de Programas Descentralizados del Consejo de los

Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que como Anexo IF-2024-09067504--

GCABA-DGPDES forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Comunicar a la Presidencia, Vicepresidencia, Dirección Operativa de

Articulación Área Presidencia, Mesa De Entrada y a las Direcciones Generales de

Responsabilidad Penal Juvenil; de Servicios de Atención Permanente; de Programas

Descentralizados, Legal Técnica y Administrativa el Anexo aprobado por artículo 1.-)

para que informen a sus dependencias la modalidad de ingreso de expedientes a esta

Dirección General.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial. Comunicar a las/los titulares de las

Direcciones Operativas dependientes de esta Dirección General -a fin de que,

comuniquen a las dependencias bajo su cargo el Anexo aprobado por el artículo 1.-)-.

Pase a esta Dirección General, para su conocimiento y demás efectos. Gómez


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6826

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 45/CDNNYA/24 el Esquema de Carpetas de las Defensorías Zonales en el Servidor del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en el marco de la Disposición 3-CDNNYA/24. </p>
INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 3-DGPDES/24 aprueba el Circuito de gestión de solicitudes de intervención y respuesta” de la Dirección General de Programas Descentralizados, en el marco de la Resolución N° 1511-CDNNYA/22.</p>