RESOLUCIÓN 634 2022 MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HABITAT

Síntesis:

DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIÓN N° 259-MDHYHGC/22 - FIJA - VALOR MENSUAL - BECA SOCIAL NO REMUNERATIVA - PESOS DOS MIL - $ 2000 - A PARTIR DEL MES DE NOVIEMBRE 2022 - A FAVOR DE LAS/OS ADOLESCENTES Y JÓVENES - QUE PARTICIPAN DEL PROGRAMA ADOLESCENTES - PROYECTO POR NOSOTROS/AS

Publicación:

25/11/2022

Sanción:

14/11/2022

Organismo:

MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HABITAT

Estado:

No vigente


VISTO: La Ley Nacional N° 26.994, las Leyes N° 114 y 6.292, Decreto N° 463/19 y

modificatorios, el Decreto N° 428/07, la Resolución N° 1159-MDHYHGC/22, la

Resolución N° 259-MDHYHGC/22 y el Expediente Electrónico 2022-39036190-

GCABA- DGDIYA, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 114 tiene por objeto la protección integral de los derechos de las niñas,

niños y adolescentes, garantizándoles todas las oportunidades para su desarrollo

físico, psíquico, moral, espiritual y social, en condiciones de libertad, igualdad y

dignidad;

Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos al Ministerio de Desarrollo

Humano y Hábitat, entre cuyos objetivos se establece el de "Diseñar e implementar

políticas referidas a la tercera edad, la juventud, la niñez y de género";

Que mediante el Decreto N° 463/19 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico

funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, contemplándose en la órbita del Ministerio de Desarrollo Humano y

Hábitat a la Subsecretaría de Fortalecimiento Personal, Familiar y Comunitario de la

cual depende la Dirección General Desarrollo de Infancias y Adolescencias;

Que mediante el Decreto N° 428/07 se creó el Programa Proyecto Por Nosotros-as en

el ámbito de la entonces Dirección General de Niñez y Adolescencia, actual Dirección

General Desarrollo de Infancias y Adolescencia, dependiente de la Subsecretaría de

Fortalecimiento Personal, Familiar y Comunitario, ex Subsecretaría de Promoción e

Integración Social, del entonces Ministerio de Derechos Humanos y Sociales, actual

Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, con el fin de promover el desarrollo de

los/as adolescentes y jóvenes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de entre 14 y

21 años de edad que se encuentren en situación de Vulnerabilidad Social;

Que el mencionado Decreto, en su artículo 3°, faculta al titular del entonces Ministerio

de Derechos Humanos y Sociales, a dictar los actos administrativos reglamentarios,

complementarios e interpretativos que resulten necesario para la implementación de

dicho programa, pudiendo delegar en el/la titular de la ex Dirección General Niñez y

Adolescencia los de ejecución;

Que entre los objetivos del Programa se encuentran los de promover la inclusión social

y el pleno goce de derechos de los/las adolescentes que se encuentren en situación

de vulnerabilidad social, incentivándolos a la formulación de iniciativas y proyectos

dirigidos a abordar la problemática social brindándoles asistencia técnica y/o financiera

que resulte necesaria;

Que a partir de la vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación, aprobado por la

Ley Nacional N° 26.994, y la modificación de algunos preceptos en lo que respecta a

los derechos de las niñas, niños y adolescentes y su autonomía progresiva, resulta

necesario modificar la reglamentación vigente en el ámbito local, a los fines de

adecuar la misma a la normativa actualmente vigente y de carácter general y nacional,

la cual entre otras previsiones establece que son adolescentes las personas menores

de edad a partir de los 13 años;

Que mediante la Resolución N° 1159-MDHYHGC/21 se fijaron las pautas que rigen la

convocatoria a las/os adolescentes y jóvenes para participar del Programa

Adolescentes Proyecto Por Nosotros/as para el año 2022, la modalidad y lugar de

inscripción y, mediante artículo 3° se fijó el valor mensual de la beca social no

remunerativa en pesos seiscientos cincuenta ($ 650);

Que por Resolución N° 259-MDHYHGC/22, se dejo sin efecto, a partir del mes de junio

de 2022, el artículo 3° de la Resolución 1159-MDHYHGC/21, fijándose el valor

mensual de la beca social no remunerativa en Pesos Mil ($ 1.000), a partir del mes de

junio 2022, a favor de las/os adolescentes y jóvenes que participan del Programa

Adolescentes -Proyecto por Nosotros/as."

Que la Dirección General Desarrollo de Infancias y Adolescencia propicia la

actualización de valor mensual de la mencionada beca social no remunerativa y fijarla

en la suma de Pesos Dos ($ 2.000), a partir del mes de noviembre y hasta diciembre

del 2022;

Que la Subsecretaría de Fortalecimiento Personal, Familiar y Comunitario ha prestado

debida conformidad;

Que la Gerencia Operativa Legal dependiente de la Dirección General Técnica,

Administrativa y Legal de la Subsecretaría de Administración, elaboró el

correspondiente informe técnico legal y readecuó el proyecto de acto administrativo;

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 428/07,

LA MINISTRA DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT

RESUELVE

Artículo 1° - Dejase sin efecto, a partir del mes de noviembre de 2022, la Resolución

N° 259-MDHYHGC/22.-

Artículo 2° - Fijase el valor mensual de la beca social no remunerativa en la suma de

Pesos Dos Mil ($ 2.000), a partir del mes de noviembre 2022, a favor de las/os

adolescentes y jóvenes que participan del Programa Adolescentes - Proyecto por

Nosotros/as.

Artículo 3° - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, pase a la

Subsecretaría de Fortalecimiento Personal, Familiar y Comunitario y a la Dirección

General Desarrollo de Infancias y Adolescencias del Ministerio de Desarrollo Humano

y Hábitat. Cumplido, archívese. Migliore

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 580-MDHYHGC/23 deja sin efecto, a partir del mes de septiembre de 2023, la Resolución 634-MDHYHGC/22.</p>
INTEGRA
<p>Artículo 2° de la  Resolución N° 634/MDHYHGC/22, fija el valor mensual de la beca social no remunerativa en la suma de Pesos Dos Mil ($ 2.000), a partir del mes de noviembre 2022, a favor de las/os adolescentes y jóvenes que participan del Programa Adolescentes - Proyecto por Nosotros/as, en el marco del Decreto 428/2007.</p>
DEROGA
<p>Artículo 1º de la  Resolución N° 634/MDHYHGC/22, deja sin efecto, a partir del mes de noviembre de 2022, la Resolución N° 259-MDHYHGC/22.-</p>