RESOLUCIÓN 137 2022 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
SUSTITUYE - ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 188-SGCBA-18 - RÉGIMEN DE EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO - COMPETENCIAS LABORALES INDIVIDUALES POR AGRUPAMIENTO - SINDICATURA GENERAL
Publicación:
28/12/2022
Sanción:
30/11/2022
Organismo:
F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires (BOCBA N° 47), las Leyes N°
70 (BOCBA N° 539), N° 471 (BOCBA N° 1.026) y N° 6.292 (BOCBA N° 5.757), el
Decreto N° 304/18 (BOCBA N° 5.461), las Resoluciones N° 5-SGCBA/11 (BOCBA N°
3.597), N° 188-SGCBA/18, N° 2.291-MEFGC/18 (BOCBA N° 5.494) y N° 6.892-
MHFGC/22, el Expediente Electrónico N° 44.142.353-GCABA- GGTALSGCBA/22, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Constitución de la
Ciudad de Buenos Aires, la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires es un Organismo que posee autarquía administrativa y financiera;
Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que
es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a;
Que por Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 6.347) se fijan los Sistemas de
Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, y se establecen la organización y funcionamiento de sus
órganos;
Que por la mencionada Ley, en el artículo 130, inciso 2), se otorga al/la Síndico/a
General las atribuciones de organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la
Sindicatura General de la Ciudad, en sus aspectos operativos, funcionales y de
administración de personal;
Que por Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 6.347) se establece el Régimen de
Empleo Público para los trabajadores del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que por la mencionada Ley se establecen, entre otros, los principios generales sobre
los cuales debe organizarse la carrera administrativa y el respectivo escalafón,
complementados con un régimen de evaluación del desempeño anual de los
trabajadores y programas de capacitación;
Que por Resolución N° 5-SGCBA/11 se aprueba el Sistema de Carrera Administrativa
de la Sindicatura General de la Ciudad;
Que el inciso 3.b.a) del artículo 3 del Anexo III de la mentada Resolución establece
que la Evaluación de Desempeño se compone de dos (2) partes, siendo una de ellas
la que sigue los lineamientos adoptados por el Gobierno de la Ciudad;
Que mediante Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347) se sanciona la Ley
de Ministerios del Gobierno de la Ciudad;
Que en virtud de la citada Ley corresponde al Ministerio de Hacienda y Finanzas, el
diseño e implementación de la carrera administrativa, así como del régimen gerencial
o cualquier régimen especial establecido en la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley
N° 6.347) y el diseño e implementación de las políticas de gestión y administración de
los recursos humanos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante Decreto N° 304/18 se delega en el entonces señor Ministro de
Economía y Finanzas la facultad de dictar el Régimen de Evaluación de Desempeño
Anual, en el marco de la nueva carrera administrativa, aplicable al personal
comprendido en los artículos 4° y 39 de la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N°
5.666), correspondiendo el último de los artículos citados al 48 de la mentada Ley,
conforme último texto consolidado por Ley N° 6.347, como asimismo aprobar los
Formularios de Evaluación de Desempeño y Disposiciones Particulares del mismo,
alineados a los correspondientes agrupamientos;
Que por Resolución N° 2.291-MEFGC/18 se aprueba el Régimen de Evaluación de
Desempeño Anual aplicable al personal comprendido en los artículos 4° y 39 de la Ley
N° 471 (texto consolidado por Ley N° 5.666), correspondiendo el último de los artículos
citados al 48 de la mentada Ley, conforme último texto consolidado por Ley N° 6.347;
Que por Resolución N° 188-SGCBA/18 esta Sindicatura General adhiere al Régimen
de Evaluación de Desempeño dispuesto por la Resolución citada en el considerando
precedente, en el marco del Decreto N° 304/18, y aprueba en su Anexo I las
Competencias Laborales Individuales por Agrupamiento aplicables al personal
perteneciente a los Agrupamiento Auditoría, Agrupamiento Administrativo y
Agrupamiento Auditoría de Sistemas;
Que por Resolución N° 6.892-MHFGC/22 se modifican, entre otros, el artículo 2° de la
Resolución N° 2.291-MEFGC/18 y se sustituyen Anexos;
Que en razón de lo expuesto, y atento a las modificaciones realizadas, corresponde
sustituir el Anexo I de la Resolución N° 188-SGCBA/18, sobre Competencias
Laborales Individuales por Agrupamiento, a fin de adecuarlo a la normativa vigente;
Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto
administrativo pertinente;
Que la Subgerencia Operativa Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta
de su competencia, mediante la emisión del Dictamen N° IF 44.378.562-GCABA-
GGTALSGCBA/22.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 130, inciso 2) de la Ley
N° 70 (texto consolidado por Ley N° 6.347),
Artículo 1°.- Sustitúyese el Anexo I de la Resolución N° 188-SGCBA/18 por el Anexo,
Informe N° IF 44.396.009-GCABA-GGTALSGCBA/22, que forma parte integrante de la
presente Resolución, en el modo y forma que en el mismo se consigna.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de
Hacienda y Finanzas y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia
General Técnica, Administrativa y Legal. Cumplido, archívese. Freda