RESOLUCIÓN 164 2025 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
SUSTITUYE - ANEXO I Y II - RESOLUCIÓN 188-SGCBA-18 - RÉGIMEN DE EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO - DEROGA RESOLUCIÓN 137-SGCBA-22 - SINDICATURA GENERAL
Publicación:
05/01/2026
Sanción:
29/12/2025
Organismo:
F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires (BOCBA N° 47), las Leyes N°
70 (BOCBA N° 539), N° 471 (BOCBA N° 1.026), N° 6.684 (BOCBA N° 6.762) y N°
6.851 (BOCBA N° 7.271), el Decreto N° 304/18 (BOCBA N° 5.461), las Resoluciones
N° 5-SGCBA/11 (BOCBA N° 3.597), N° 2.291 MEFGC/18 (BOCBA N° 5.494), N°
6.892-MHFGC/22 (BOCBA N° 6.511), N° 188-SGCBA/18 (BOCBA N° 6.523), N° 137-
SGCBA/22 (BOCBA N° 6.528) y N° 4.904-MHFGC/25 (BOCBA N° 7.251), el
Expediente Electrónico N° 55.249.131-GCABA-GGTALSGCBA/25, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad establece que la Sindicatura
General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es el órgano normativo del sistema
de control interno, con personería jurídica propia y autarquía administrativa y
financiera;
Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que
es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a;
Que la Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 6.764) fija los Sistemas de Gestión,
Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, y establece la organización y funcionamiento de sus órganos;
Que la mencionada Ley, en su artículo 130, inciso 2), otorga al/a la Síndico/a General
las atribuciones de organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Sindicatura
General de la Ciudad, en sus aspectos operativos, funcionales y de administración de
personal;
Que la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 6.764) establece el Régimen de
Empleo Público para los trabajadores del Poder Ejecutivo de la Ciudad de Autónoma
Buenos Aires;
Que por la citada Ley se establecen, entre otros, los principios generales sobre los
cuales debe organizarse la carrera administrativa y el respectivo escalafón,
complementados con un régimen de evaluación del desempeño anual de los
trabajadores y programas de capacitación;
Que por Resolución N° 5-SGCBA/11, se aprueba el Sistema de Carrera Administrativa
de la Sindicatura General de la Ciudad;
Que el inciso 3.b.a) del artículo 3 del Anexo III de la mentada Resolución establece
que la Evaluación de Desempeño se compone de dos (2) partes, siendo una de ellas
la que sigue los lineamientos adoptados por el Gobierno de la Ciudad;
Que por Ley N° 6.684 (texto consolidado por Ley N° 6.764), y su modificatoria Ley N°
6.851, se sanciona la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad;
Que en virtud de las citadas Leyes, corresponde al Ministerio de Hacienda y Finanzas,
el diseño e implementación de la carrera administrativa, así como del régimen
gerencial o cualquier régimen especial establecido en la Ley N° 471 (texto consolidado
por Ley N° 6.764) y el diseño e implementación de las políticas de gestión y
administración de los recursos humanos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que mediante Decreto N° 304/18 se delega, en el entonces señor Ministro de
Economía y Finanzas, la facultad de dictar el Régimen de Evaluación de Desempeño
Anual, en el marco de la nueva carrera administrativa, aplicable al personal
comprendido en los artículos 4° y 39 de la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N°
5.666), como asimismo aprobar los Formularios de Evaluación de Desempeño y
Disposiciones Particulares del mismo, alineados a los correspondientes
agrupamientos;
Que por Resolución N° 2.291-MEFGC/18, y su modificatoria N° 6.892-MHFGC/22, se
aprueba el Régimen de Evaluación de Desempeño Anual aplicable al personal
comprendido en los artículos 4° y 39 de la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N°
5.666), correspondiendo el último de los artículos citados al 49 de la mentada Ley,
conforme último texto consolidado por Ley N° 6.764, con sus Anexos
correspondientes;
Que por Resolución N° 188-SGCBA/18 la Sindicatura General adhiere al Régimen de
Evaluación de Desempeño dispuesto por la Resolución citada en el considerando
precedente, en el marco del Decreto N° 304/18, y entre otras cosas, aprueba en su
Anexo I las Competencias Laborales Individuales por Agrupamiento aplicables al
personal perteneciente a los Agrupamiento Auditoría, Agrupamiento Administrativo y
Agrupamiento Auditoría de Sistemas y, establece en su Anexo II la equivalencia entre
las escalas de calificación final, determinadas en la Resolución N° 5-SGCBA/11 y en lo
previsto en la Resolución N° 2.291-MEFGC/18;
Que mediante Resolución N° 137-SGCBA/22 se sustituye el Anexo I de la Resolución
N° 188-SGCBA/18 en virtud de las modificaciones realizadas por la Resolución N°
6.892-MHFGC/22;
Que por Resolución N° 4.904-MHFGC/25 se sustituye el Anexo I de la Resolución N°
2.291-MEFGC/18;
Que en razón de lo expuesto, y atento a los cambios introducidos, corresponde
sustituir los Anexos I y II de la Resolución N° 188-SGCBA/18;
Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto
administrativo pertinente;
Que la Subgerencia Operativa Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta
de su competencia, mediante la emisión del Dictamen N° IF 55.731.090-GCABA-
GGTALSGCBA/25.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 130, inciso 2) de la Ley
N° 70 (texto consolidado por Ley N° 6.764),
Artículo 1°- Sustituir el Anexo I, IF N° 32.600.922-GGTALSGCBA/18, de la Resolución
N° 188-SGCBA/18, por el Anexo I, IF N° 55.738.360-GCABA-GGTALSGCBA/25 que
forma parte integrante de la presente Resolución, en el modo y forma que en el mismo
se consigna.
Artículo 2°- Sustituir el Anexo II, IF N° 32.601.264-GGTALSGCBA/18, de la Resolución
N° 188-SGCBA/18, por el Anexo II, IF N° 55.739.658-GCABA-GGTALSGCBA/25 que
forma parte integrante de la presente Resolución, en el modo y forma que en el mismo
se consigna
Artículo 3°- Derogar la Resolución N° 137-SGCBA/22.
Artículo 4°- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y
Finanzas y, para su conocimiento y demás efectos, remitir a la Gerencia General
Técnica, Administrativa y Legal. Cumplido, archivar. Freda
ANEXOS
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7276 ANEXO 1
El Anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 7276 ANEXO 2