RESOLUCIÓN 162 2022 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Síntesis:

APRUEBAN PROCEDIMIENTO - CONFECCIÓN Y ANÁLISIS - PLAN DE ACCIONES CORRECTIVAS, DE DESVÍOS Y/O IRREGULARIDADES -  ELABORACIÓN DEL INFORME DE SEGUIMIENTO DE OBSERVACIONES  - FORMULARIO DE USO OBLIGATORIO - FORMULARIO PARA EL AUDITADO - SE DEROGA LA RESOLUCIÓN N° 124-SGCBA-12 - MANUAL DE AUDITORIA - SINDICATURA GENERAL

Publicación:

02/01/2023

Sanción:

28/12/2022

Organismo:

F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires (BOCBA N° 47), la Ley N° 70

(BOCBA N° 539), los Decretos N° 925/08 (BOCBA N° 2.999) y N° 40/09 (BOCBA N°

3.103), las Resoluciones N° 124- SGCBA/12 (BOCBA N° 4.039), N° 56-SGCBA/14

(BOCBA N° 4.386), N° 191-SGCBA/16 (BOCBA N° 5017), N° 215-SGCBA/16 (BOCBA

N° 5.037) y 106-SGCBA/21 (BOCBA N° 6.276), la Circular N° 8- SGCBA/07, el

Expediente Electrónico N° 47.320.359-GCABA-GGTALSGCBA/22, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires establece que la

Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es el órgano rector de

las Normas de Control Interno, con personería jurídica propia y autarquía

administrativa y financiera;

Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que

es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a;

Que la calidad de órgano rector de las Normas de Control Interno otorgado a esta

Sindicatura General comporta la facultad de dictar las normas que permitan la

estructuración y mantenimiento de un eficiente y eficaz Sistema de Control Interno;

Que la Ley N° 70 (texto consolidado por la Ley N° 6.588) fija los Sistemas de Gestión,

Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, y establece la organización y funcionamiento de sus órganos;

Que el artículo 121 de dicha normativa también dispone que el Sistema de Control

Interno queda conformado por la Sindicatura General de la Ciudad -órgano normativo,

de supervisión y coordinación- y por las Unidades de Auditoría Interna de cada

jurisdicción y entidad dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, estas últimas coordinadas técnicamente por la Sindicatura General;

Que el artículo 122 inciso 1) impone a los titulares de cada jurisdicción o entidad

dependiente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la responsabilidad

de la implantación y mantenimiento de un adecuado Sistema de Control Interno,

teniendo en cuenta las normas que dicte esta Sindicatura General y adoptando las

medidas necesarias para su efectivo cumplimiento;

Que, en concordancia con el texto constitucional, el artículo 123 inciso 2) de la citada

Ley establece que la Sindicatura General tiene, entre otras, la función de dictar

Normas de Auditoría Interna y supervisar su aplicación por parte de las jurisdicciones y

entidades que se encuentran bajo su órbita de control;

Que, a su vez, el artículo 123 inciso 3) faculta a la Sindicatura General a emitir

informes sobre la gestión y el Sistema de Control Interno vigente en cada jurisdicción o

entidad, formulando recomendaciones tendientes a su eficientización y fortalecimiento,

para la corrección de errores y adopción de medidas necesarias conducentes a tales

fines;

Que, en uso de tal facultad, la Sindicatura General de la Ciudad en sus informes y en

caso de corresponder, formula observaciones sobre los desvíos y/o irregularidades

detectadas durante sus tareas de auditoría;

Que por el artículo 1° del Decreto N° 925/08 se instruye a los titulares de todas las

áreas del Poder Ejecutivo a informar a la Sindicatura General de la Ciudad y a las

Unidades de Auditoría Interna, en el plazo de 20 días hábiles de recibidos los informes

respectivos, cuáles serían las acciones a tomar con el fin de regularizar las

observaciones efectuadas, acompañadas de un cronograma de implementación;

Que por el artículo 1° del Decreto N° 40/09 se designa a esta Sindicatura General

como Autoridad de Aplicación del sistema aprobado por el artículo mencionado en el

considerando precedente, delegándosele el dictado de las normas complementarias a

los fines de su cumplimiento;

Que el artículo 2° también establece que este órgano de control debe notificar al Sr.

Jefe de Gobierno y al Sr. Jefe de Gabinete de Ministros, entre otros, respecto del

cumplimiento del deber de informar que tienen los sujetos obligados por el artículo 1°

del Decreto N° 925/08;

Que el artículo 3° de la citada norma establece que las Unidades de Auditoría Interna

deberán informar, en el plazo de diez (10) días hábiles, a la Sindicatura General los

Planes de Acción que se instrumentarán en las dependencias auditadas, a los fines de

cumplimentar con lo establecido en el considerando precedente;

Que por Resolución N° 124-SGCBA/12 se aprueba el instructivo para la confección de

Planes de Acciones Correctivas de Desvíos y/o Irregularidades y el Procedimiento

para la Elaboración de Informes de Seguimiento de Observaciones y Planes de

Acciones Correctivas de Desvíos y/o Irregularidades;

Que la Resolución N° 56-SGCBA/14 aprueba el Manual del Sistema Integral de

Gestión y Control Interno -SIGECI, y establece su uso obligatorio para la Sindicatura

General;

Que mediante la Resolución N° 191-SGCBA/16 se aprueba el Manual de Usuario

Sistema Integral de Gestión y Control Interno SIGECI - MÓDULO UAI, y se establece

su uso obligatorio;

Que por Resolución N° 215-SGCBA/16 se aprueba el Manual de Auditoría aplicable a

la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a las Unidades de

Auditoría Interna de cada jurisdicción y entidad dependiente del Poder Ejecutivo de la

Ciudad;

Que el Manual de Auditoría mencionado hace referencia en el Anexo I, Capítulo II,

Punto 4 y subsiguientes, a la estructura y modelo de Informe de Seguimiento de

Observaciones y Planes de Acciones Correctivas de Desvíos y/o Irregularidades, y en

su "Anexo E" contiene los modelos correspondientes;

Que por Resolución N° 106-SGCBA/21 se aprueba el Manual de Usuario Sistema

Integral de Gestión y Control Interno SIGECI aplicable a la Sindicatura General de la

Ciudad y a las Unidades de Auditoría Interna de cada jurisdicción y entidad

dependiente del Poder Ejecutivo;

Que a fin de dotar de mayor eficacia y eficiencia al Sistema de Control Interno deviene

necesario modificar la normativa vigente en materia de "Seguimiento de

Observaciones y Planes de Acciones Correctivas de Desvíos y/o irregularidades", y

adaptarla al Sistema Integral de Gestión y Control Interno SIGECI, que utiliza esta

Sindicatura General y las Unidades de Auditoría Interna;

Que en virtud de ello resulta necesario derogar la Resolución N° 124-SGCBA/12 y

dejar sin efecto el Punto 4 y subsiguientes del Anexo I, Capítulo II, y el "Anexo E" del

Manual de Auditoría aprobado por Resolución N° 215-SGCBA/16;

Que la Subgerencia Operativa Normativa ha tomado la intervención correspondiente

en virtud de las misiones y funciones establecidas por Resolución N° 1-SGCBA/19;

Que la Gerencia Operativa Legal ha tomado la intervención que resulta de su

competencia, mediante la emisión del Dictamen N° IF 47.843.420-GCABA-

GGTALSGCBA/22.

Por ello, y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por los artículos 121, 122

inciso 1) y 123 incisos 2) y 3) de la Ley N° 70,

LA SÍNDICA GENERAL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébase el "Procedimiento para la Confección y Análisis del Plan de

Acciones Correctivas, de Desvíos y/o Irregularidades" que, como Anexo I, N° IF

47.920.691-GCABA-GGTALSGCBA/22, forma parte integrante de la presente

Resolución.

Artículo 2°.- Apruébase el "Procedimiento para la Elaboración del Informe de

Seguimiento de Observaciones y del Plan de Acciones Correctivas, de Desvíos y/o

Irregularidades" que como Anexo II, N° IF 47.920.834-GCABA-GGTALSGCBA/22,

forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3°.- Apruébase el formulario de uso obligatorio "Plan de Acciones Correctivas,

de Desvíos y/o Irregularidades. Formulario para el Auditado" que como Anexo III, N° IF

47.920.941-GCABA-GGTALSGCBA/22, forma parte integrante de la presente

Resolución.

Artículo 4°.- Establécese, para la Sindicatura General y las Unidades de Auditoría

Interna de cada una de las jurisdicciones y entidades del Poder Ejecutivo de la Ciudad,

el uso único y obligatorio del "Sistema Integral de Gestión y Control Interno - SIGECI",

para la tramitación e implementación de los procedimientos que por los Anexos I y II

de la presente Resolución se aprueban.

Artículo 5°.- Establécese que serán de uso obligatorio para la confección de los

Informes de Seguimiento de Observaciones y carga de Planes de Acciones

Correctivas de Desvíos y/o Irregularidades, las plantillas que a tales efectos se

encuentren habilitadas en el Sistema SIGECI.

Artículo 6°.- Derógase la Resolución N° 124-SGCBA/12.

Artículo 7°.- Déjanse sin efecto el Punto 4 y subsiguientes del Anexo I, Capítulo II y el

"Anexo E" del Manual de Auditoría aprobado por Resolución N° 215-SGCBA/16, así

como todas las disposiciones en ella contenidas sobre Seguimiento de Observaciones,

Planes de Acciones Correctivas, de Desvíos y/o Irregularidades.

Artículo 8°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

comuníquese a las Gerencias Generales Auditoría Jurisdicción I y II, a la Gerencia

General Auditoría de Comunas, a la Gerencia Operativa Relaciones Institucionales,

al/a la Síndico/a General Adjunto/a de la Sindicatura General de la Ciudad y a las

Unidades de Auditoría Interna de cada una de las jurisdicciones y entidades

dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad y, para su conocimiento y demás

efectos, pase a la Gerencia General Técnica, Administrativa y Legal. Cumplido,

archívese. Freda


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 7°.de la Resolucion N° 162-SGCBA-22 deja sin efecto el Punto 4 y subsiguientes del Anexo I, Capítulo II y el Anexo E del Manual de Auditoría aprobado por Resolución N° 215-SGCBA/16, así como todas las disposiciones en ella contenidas sobre Seguimiento de Observaciones,Planes de Acciones Correctivas, de Desvíos y/o Irregularidades.<br /> </p>
DEROGA
<p>Artículo 6° de la Resolucion N° 162-SGCBA-22 deroga la Resolución N° 124-SGCBA-12.</p>