RESOLUCIÓN 1074 1996 DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

Síntesis:

FIJA FECHAS DE VENCIMIENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA FINAL DE 1995­ SOBRE EL IMPUESTO A LOS INGRESOS BRUTOS

Publicación:

05/06/1996

Sanción:

27/05/1996

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS


Visto las facultades conferidas a la Dirección General de Rentas por la Ordenanza Fiscal vigente en el artículo 3°, incisos 4°) y 16), y

CONSIDERANDO:

Que corresponde establecer la forma, plazo y demás condiciones a ser observadas por los contribuyentes y responsables locales de Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, con respecto a la determinación anual del gravamen por el Ejercicio 1995;

Que asimismo es necesario recabar información complemen­taria, relacionada con la actividad económica desarrollada por el contribuyente;

Que también resulta importante desdoblar la fecha de venci­miento, de manera tal que la recepción de declaraciones jura­das se realice en forma ordenada, evitando filas y pérdidas de tiempo innecesarias,

Por ello,

El Director General de Rentas

RESUELVE:

Artículo 1° - Los responsables del Impuesto Sobre los In­gresos Brutos comprendidos en la categoría de Contribuyentes Locales establecida en el artículo 131 de la Ordenanza Fiscal vigente, deberán cumplir con la obligación de presentar una De­claración Jurada Final por el período fiscal 1995, en los plazos, formas y condiciones que se establecen en la presente.

Art. 2° - Dicha obligación deberá cumplimentarse mediante la utilización del Form. 160, para el caso que estuviese persona­lizado, o en su defecto con el Form. 161.

Aquellos casos de responsables a quienes se les hubiere prac­ticado retenciones o percepciones, deberán también utilizar el Form. 162.

Art. 3° - Fíjase el vencimiento para la presentación de los formularios mencionados en los artículos precedentes, de acuer­do al siguiente cronograma:

Ver archivo 1

Art. 4° - La presentación de las Declaraciones Juradas se hará por duplicado, cubiertas en todos sus rubros y se efectua­rá en la Dirección de Impuesto Sobre los Ingresos Brutos y en cualquiera de las delegaciones habilitadas al efecto, con la ex­cepción dispuesta en el párrafo siguiente.

Los responsables incluidos en el Sistema Integrado de Con­trol de Grandes Contribuyentes -Resolución N° 16.142-DGR-95- deberán presentar los mencionados formularios indefecti­blemente en la Dirección de Impuesto Sobre los Ingresos Bru­tos -Departamento Grandes Contribuyentes- o en la delega­ción en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Capital Federal, cuando se trate de presentaciones efectuadas por profesionales matriculados en dicha institución.

Art. 5° - El incumplimiento de las normas establecidas en la presente resolución, dará lugar a la aplicación de las sanciones establecidas en el artículo 53 de la Ordenanza Fiscal vigente.

Art. 6° - Regístrese y publíquese en el Boletín Municipal. Pase para conocimiento de las distintas Direcciones. Cumpli­do, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>El art 4° de la res 1074-DGR-96 reglamenta la Res 16142-DGR-94-Presentación de formularios para grandes contribuyentes</p>
MODIFICADA POR
Res. 1579-DGR-96 prorroga fechas de vencimiento Res. 1074-DGR-96; Presentación de Declaraciones Juradas de Ingresos Brutos 1995