DISPOSICIÓN 41 2023 CUERPO DE AGENTES DE TRANSITO

Síntesis:

DEJA SIN EFECTO - DISPOSICIÓN N° 98-DGCATRA/20 - Y APRUEBA - NUEVO PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA LA PREVENCIÓN, ABORDAJE Y ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN EL ÁMBITO LABORAL - DIRECCIÓN GENERAL CUERPO DE AGENTES DE TRÁNSITO - VIGENCIA

Publicación:

17/02/2023

Sanción:

13/02/2023

Organismo:

CUERPO DE AGENTES DE TRANSITO


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Leyes Nacionales

N° 26.485, 26.743, las Leyes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 1.225 (texto

consolidado por Ley N° 6.588), N° 6083 (texto consolidado por Ley N° 6.588), el

Decreto 463/GCABA/19 y sus modificatorios, y la Disposición N° 98/DGCATRA/2020

y;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires incorpora la perspectiva

de género en el diseño y ejecución de sus políticas públicas y elabora

participativamente un plan de igualdad entre géneros, a la vez que destaca que todas

las personas tienen idéntica dignidad y son iguales ante la ley, así como también

reconoce el derecho a ser diferente, no admitiéndose discriminaciones que tiendan a

la segregación por razones de género y orientación sexual entre otras o cualquier

circunstancia que implique distinción, exclusión o menoscabo;

Que, la Ley Nacional N° 26.485 de Protección Integral a las Mujeres tiene por objeto

promover, garantizar, prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en

los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales;

Que la violencia de género es toda conducta, acción u omisión que, de manera directa

o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, se ejerza contra las mujeres

y otras personas en razón de su género, su identidad y/o expresión de género y su

orientación sexual afectando su vida, libertad, dignidad e integridad, como así también

su seguridad personal,

Que, a través de la Ley N° 6.083 se estableció como objetivo para todo el sector

público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la prevención, abordaje y

erradicación de la violencia de género en el ámbito laboral;

Que, el artículo 5° del citado cuerpo legal dispone que los sujetos alcanzados por la

misma, a través de sus organismos competentes en la materia, deberán proveer un

servicio de Asesoramiento sobre Violencia de Género en el Ámbito Laboral, debiendo

elaborar o adecuar los protocolos de Actuación para la Prevención, Abordaje y

Erradicación de la Violencia de Género en el Ámbito Laboral;

Que, de acuerdo a lo preceptuado, por medio de la Disposición N°

98/DGCATRA/2020, publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires N° 5909 del día 14 de julio de 2020, esta Dirección General determinó un

protocolo de actuación institucional para la prevención e intervención ante situaciones

de violencia de género y discriminación basada en la orientación sexual e identidad de

género en el ámbito laboral;

Que, el mencionado Protocolo fue proyectado en forma conjunta con la participación

de agentes protagonistas de diversos sectores y que el mismo tiene como finalidad

impulsar un tratamiento eficiente y expedito ante situaciones de violencia y

discriminación basada en el género de la persona, su orientación sexual, su identidad

de género o su expresión, que tengan por objeto o resultado, excluir, restringir, limitar,

degradar, ofender o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de sus derechos; así

como también abordar adecuadamente las consultas y situaciones denunciadas

recibidas, brindando apoyo y contención integral;

Que, en virtud de lo expuesto, se entiende necesaria y oportuna la actualización de

dicho instrumento, a los fines de incorporar nuevos mecanismos de acción institucional

para la prevención e intervención ante situaciones de violencia de género y

discriminación basada en la orientación sexual e identidad de género en el ámbito

laboral para regir las relaciones y conductas desarrolladas por los y las integrantes de

esta Dirección General del Cuerpo de Agentes de Tránsito;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, conforme el Decreto N°

463/GCABA/19 y sus modificatorios;

EL DIRECTOR GENERAL

DEL CUERPO DE AGENTES DE TRÁNSITO

DISPONE:

Artículo 1°.- Déjase sin efecto la Disposición N° 98/DGCATRA/2020, publicada en el

Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 5909 el día 14 de julio de

2020.

Artículo 2°.- Apruébese el nuevo Protocolo de Actuación para la Prevención, Abordaje

y Erradicación de la Violencia de Género en el ámbito laboral de la Dirección General

Cuerpo de Agentes de Tránsito, que como Anexo IF- 2023-0699797-GCABA-

DGCATRA, que forma parte del presente acto administrativo, el que entrara en

vigencia a partir de su publicación.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y

comuníquese para su conocimiento a la Secretaria de Transporte y Obras Públicas, a

la Subsecretaría de Gestión de la Movilidad, y a la Dirección General de la Mujer,

Dirección General de Convivencia en la Diversidad. Cumplido, archívese. Ricciardi


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6565

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Artículo 2° de la Disposición N° 41/DGCATRA/23 aprueba, nuevo Protocolo de Actuación para la Prevención, Abordaje y Erradicación de la Violencia de Género en el ámbito laboral de la Dirección General Cuerpo de Agentes de Tránsito en el marco del art. 5 Ley 6083.</p>
DEROGA
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 41/DGCATRA/23, deja sin efecto la Disposición N° 98/DGCATRA/2020.</p>