RESOLUCIÓN 120 2023 MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO Y PRODUCCION

Síntesis:

ESTABLECE -  ÓRBITA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y PRODUCCIÓN -  COORDINACIÓN INTRAMINISTERIAL ASESORA Y CONSULTIVA DE POLÍTICAS DE GÉNERO - DESIGNA CON CARÁCTER AD HONOREM A MARÍA DE LOS ÁNGELES MARATEA - CARÁCTER DE DIRECTORA GENERAL DE INSERCIÓN LABORAL DE LA MUJER - SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO INCLUSIVO 

Publicación:

22/02/2023

Sanción:

10/02/2023

Organismo:

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO Y PRODUCCION


VISTO: La Ley Nacional N° 27.499, las Leyes N° 474 y N° 6.292 (texto consolidado

por Ley N° 6.588), los Decretos N° 578-GCABA/16, N° 463-GCABA/19, sus

modificatorios y N° 364-GCABA/20, el Expediente Electrónico N° EX-2023-05672912-

GCABA-DGILM, y

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre los Ministerios del Poder Ejecutivo,

al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción;

Que por Decreto N° 463-GCABA/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura

orgánica funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplándose bajo su órbita a la Subsecretaría de Desarrollo Inclusivo,

estableciendo entre sus responsabilidades primarias la de "Diseñar e implementar

políticas tendientes a la igualdad real de oportunidades y de trato entre varones y

mujeres en el empleo y en el acceso al mismo" y "Fomentar la incorporación de la

perspectiva de género en el diseño y ejecución de las políticas impulsadas por el

Ministerio, en concordancia con el Plan de Desarrollo Económico y la Ley N° 474";

Que a su vez, el mencionado Decreto contempla bajo la dependencia de la

Subsecretaría de Desarrollo Inclusivo a la Dirección General Inserción Laboral de la

Mujer, estableciendo las siguientes responsabilidades primarias a su cargo:

"Implementar políticas que contribuyan a la igualdad real de oportunidades y trato en el

empleo entre los géneros". "Ejecutar programas que aseguren la participación laboral

femenina, el acceso de las mujeres a puestos de liderazgo, la reducción de la brecha

salarial de género, la conciliación trabajo-vida familiar y la participación de mujeres

emprendedoras, en coordinación con la Dirección General de la Mujer del Ministerio de

Desarrollo Humano y Hábitat". "Diseñar, promover y difundir programas de

capacitación y formación profesional para incentivar la inserción laboral de la mujer en

los distintos sectores". "Coordinar con organismos gubernamentales y no

gubernamentales políticas, programas y proyectos en materia de equidad de género

en el plano laboral". "Desarrollar un Centro Económico de Desarrollo de la Mujer

(CEDEM) que genere un campo de investigación orientado a fomentar la inserción de

la mujer en el ámbito económico de los mercados locales para fortalecer la equidad

económica";

Que, por su parte, mediante Decreto N° 578-GCABA/16, se estableció que el Vicejefe

de Gobierno, los Ministros, Secretarios y Subsecretarios del Poder Ejecutivo aprueban

los programas de gestión, en el marco de sus respectivas competencias;

Que en este sentido, es dable destacar que la igualdad de género y la reducción de las

desigualdades son objetivos fundamentales reconocidos por la humanidad para el

avance de las sociedades y que por ello fueron incluidos dentro de los Objetivos de

Desarrollo Sostenible adoptados por los Estados Miembros del Programa de las

Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD);

Que desde que fue aprobada la Plataforma de Acción de Beijing (PAB, 1995) sobre los

Derechos Humanos de las Mujeres en el contexto de la Organización de las Naciones

Unidas, la Sección D sobre violencia contra la mujer ha sido guía de acción para

múltiples sectores de la sociedad en su avance hacia la erradicación de la violencia de

género;

Que la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación hacia

las Mujeres (CEDAW, 1979) es enfática en la importancia de condenar la

discriminación contra la mujer en todas sus formas y de modificar los patrones

socioculturales de conducta de varones y mujeres; incluso las Recomendaciones

Generales núm. 19 y 35 del Comité CEDAW expresamente reconocen a la violencia

como una forma extrema de discriminación;

Que la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia

contra la Mujer "Convención de Belém do Pará" condena todas las formas de violencia

y discriminación contra las mujeres;

Que, más recientemente, se distingue la adhesión del Gobierno de la Ciudad a la

Agenda 2030 de la Organización de Naciones Unidas, donde se destaca el Objetivo de

Desarrollo Sostenible 5, que establece como meta "alcanzar la igualdad entre los

géneros y empoderar a todas las mujeres y niñas";

Que a su vez, cabe resaltar que la Ley Nacional N° 27.499, conocida como "Ley

Micaela", establece la capacitación obligatoria en los temas de género y violencia para

todas las personas que trabajan en la función pública y tiene el propósito de brindar un

acercamiento a la perspectiva de género y fomentar y fortalecer el compromiso de

construir un ambiente de trabajo y formación libre de discriminación y violencia;

Que las normas que rigen en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se encuentran

enmarcadas en una de las constituciones más modernas e igualitarias vigentes en el

país, e incorpora la perspectiva de género en el diseño y ejecución de sus políticas

públicas y elabora participativamente un plan de igualdad entre varones y mujeres;

Que, con el objetivo de desarrollar políticas de género que garanticen el ejercicio

igualitario de los derechos de las mujeres, desde el Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires se trabaja en el diseño y la ejecución de una agenda de trabajo que

fue madurando y que hoy se basa en una visión firme de hacer de Buenos Aires una

Ciudad igualitaria, compuesta por políticas y proyectos priorizados en la materia, con

participación de todas sus áreas de gobierno;

Que, acorde a estas principios rectores, en el año 2000 se sancionó la Ley N° 474 por

la cual se creó el "Plan de Igualdad Real de Oportunidades y de Trato entre Varones y

Mujeres" con el fin de garantizar a las mujeres el pleno reconocimiento, goce y

ejercicio de sus derechos y garantías, y promover la igualdad real de oportunidades y

de trato entre varones y mujeres, tal como lo establece la Constitución de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales

suscriptos por nuestro país;

Que el mentado Plan enmarca acciones entre distintas áreas del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, fundamentando el diseño, la formulación y la

implementación de políticas públicas inclusivas y equitativas aplicadas a la salud, el

desarrollo humano y hábitat, el urbanismo, la cultura, la justicia y la educación;

Que, desde la sanción de la citada Ley, cada Ministerio del Poder Ejecutivo firma

acuerdos de gestión (Acuerdos PIO) con la Dirección General de la Mujer con el

objetivo de garantizar a las mujeres el pleno reconocimiento, goce y ejercicio de sus

derechos y garantías;

Que, asimismo, por el Decreto N° 364-GCABA/20 se creó el "Programa para la

Igualdad de Género" en la órbita de la Secretaría de Asuntos Estratégicos del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el que tiene como objetivo

fundamental diseñar y garantizar la ejecución de una estrategia integral y

multidimensional de abordaje de las desigualdades de género en el ámbito de la

Ciudad de Buenos Aires y que, garantiza la coherencia y el efectivo cumplimiento de

las políticas públicas existentes para lograr la igualdad de oportunidades y derechos

de mujeres y varones, y el impulso del rol de la mujer como motor de la competitividad,

la productividad y el desarrollo sostenible;

Que, en sintonía con lo expuesto, durante 2019 se cumplió el compromiso de tener un

Centro Integral de la Mujer (CIM) en cada una de las 15 comunas de la Ciudad, a

través de los cuales se brinda asistencia psicológica individual y grupal, orientación

legal y acompañamiento a mujeres en situación de violencia doméstica y/o sexual y

que cuenta con un equipo técnico interdisciplinario compuesto por psicólogas,

abogadas y trabajadoras sociales, con el propósito de brindar un abordaje integral a

cada una de las mujeres que se acercan al espacio;

Que las políticas de género forman parte importante de la agenda de cualquier

democracia desarrollada, razón por la cual esta gestión de Gobierno tiene una clara

voluntad política orientada a modernizar el Estado y la gestión pública, con el objetivo

de avanzar hacia una sociedad igualitaria entre varones y mujeres, como garantía del

ejercicio efectivo de la ciudadanía;

Que, existe una vasta evidencia internacional que señala que la igualdad de género

además de ser un derecho humano fundamental es la base necesaria para aumentar

la productividad y promover un crecimiento sostenible e inclusivo con prosperidad

económica;

Que en este sentido, la Dirección General Inserción Laboral de la Mujer, mediante

Informe N° 5674868-GCABA-DGILM/23, entiende necesaria la creación de una

"Coordinación Intraministerial Asesora y Consultiva de Políticas de Género", bajo la

órbita de este Ministerio, a fin de lograr la transversalidad en la implementación de

acciones que incorporen la perspectiva de género en el abordaje de las problemáticas

tratadas por cada una de las áreas dependientes de este Ministerio;

Que en este sentido, la mencionada Coordinación centralizará la supervisión, y

monitoreo de todas las acciones desarrolladas por las distintas dependencias de este

Ministerio de Desarrollo Económico y Producción acerca de las políticas de género;

Que atento las competencias que le fueran atribuidas a la Dirección General Inserción

Laboral de la Mujer, corresponde designar en carácter ad honorem, a la señora María

de los Ángeles Maratea, CUIL 27-23292208-2, en su carácter de Directora General de

Inserción Laboral de la Mujer dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Inclusivo

de este Ministerio, o quien en el futuro la reemplace, a cargo de la Coordinación

Intraministerial Asesora y Consultiva de Políticas de Género;

Que el Subsecretario de Desarrollo Inclusivo ha prestado conformidad con la creación

de la Coordinación Intraministerial Asesora y Consultiva de Políticas de Género y la

designación que por el presente se propicia;

Que la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio ha tomado

la intervención que le compete;

Que en virtud de ello, resulta procedente el dictado del presente acto administrativo.

Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias,

EL MINISTRO

DE DESARROLLO ECONÓMICO Y PRODUCCIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Establecer, en la órbita del Ministerio de Desarrollo Económico y

Producción, la Coordinación Intraministerial Asesora y Consultiva de Políticas de

Género, de conformidad con los lineamientos detallados en el Anexo I "Misiones y

Funciones (IF-2023-06830114-GCABA-MDEPGC), que forma parte integrante de la

presente Resolución.

Artículo 2°.- Designar con carácter "ad honorem" a la señora María de los Ángeles

Maratea, CUIL N° 27-23292208-2, en su carácter de Directora General de Inserción

Laboral de la Mujer dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Inclusivo de este

Ministerio, o quien en el futuro la reemplace, a cargo de la Coordinación creada en el

artículo 1° de la presente Resolución.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Para su

conocimiento y demás efectos, comuníquese a las áreas pertenecientes al Ministerio

de Desarrollo Económico y Producción para su conocimiento. Cumplido, archívese.

Giusti


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1 de la Resolución 120-MDEPGC/23 establece, en la órbita del Ministerio de Desarrollo Económico y<br />Producción, la Coordinación Intraministerial Asesora y Consultiva de Políticas de Género, en el marco de la Ley 474.</p>
COMPLEMENTA
<p>Artículo 1 de la Resolución 120-MDEPGC/23 establece, en la órbita del Ministerio de Desarrollo Económico y<br />Producción, la Coordinación Intraministerial Asesora y Consultiva de Políticas de Género, en el marco del Decreto 364/20.</p>