RESOLUCIÓN 1357 2023 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
CANCELACIÓN Y BAJA - REGISTROS DE DEUDA PÚBLICA - BONOS DE CONVERSIÓN CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - NO AFECTADOS - OPERACIÓN DE CONVERSIÓN - LEY N° 6410
Publicación:
24/02/2023
Sanción:
16/02/2023
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: los Acuerdos Nación Provincias, las Leyes Nacionales Nros. 27.260 y
27.574, las Leyes Nros. 5.603 y 6.410, el Decreto PEN N° 458/2021, las Resoluciones
Nros. 1230-GCABA-MHFGC/22 y 1265-GCABA-MHFGC/22, el Expediente Electrónico
N° EX-2020-29059613-GCABA-DGCPUB, y;
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 8° de la Ley N° 27.574 se dispuso que los préstamos celebrados
con la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) - Fondo de Garantía
de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino (FGS), ratificados por
los artículos 24 y 25 de la Ley N° 27.260, se conviertan, a opción, a un bono con
vencimiento a mediano plazo sujeto a los términos y condiciones a ser definidos por el
Poder Ejecutivo Nacional;
Que mediante la Ley N° 6.410 se establecen, entre otras cuestiones, las
características, términos y condiciones generales que tendrán los bonos cuya emisión
se autorizó en el artículo 2° de la precitada ley, por hasta un valor nominal de pesos
siete mil seiscientos ocho millones doscientos treinta mil setecientos treinta (VN
$ 7.608.230.730);
Que, a su vez, el artículo 1° de la Resolución N° 1230-GCABA-MHFGC/22 prevé los
términos y condiciones particulares de los bonos de conversión, los que estarán
conforme lo determinado en el artículo 4° del Decreto PEN N° 458/2021, y/o los que
en el futuro incorpore el Poder Ejecutivo Nacional en ejercicio de las facultades que le
confiere el artículo 8° de la Ley Nacional N° 27.574;
Que a través de la Resolución N° 1265-GCABA-MHFGC/22 se emitieron los "Bonos
de Conversión Ciudad Autónoma de Buenos Aires", por hasta la suma arriba referida,
de los cuales se colocaron por un valor nominal de pesos cuatro mil ochocientos
setenta y cuatro millones trescientos ocho mil cuatrocientos cuarenta (VN
$ 4.874.308.440);
Que tras haberse procedido a cancelar el desembolso otorgado en el año 2019,
conforme el artículo 3° de los Acuerdos Nación Provincias, existe un remanente de
los bonos que no será afectado en consecuencia;
Que a fin de reflejar este hecho resulta necesario reducir hasta un valor nominal de
pesos dos mil setecientos treinta y tres millones novecientos veintidós mil doscientos
noventa (VN $ 2.733.922.290), los "Bonos de Conversión Ciudad Autónoma de Buenos
Aires" emitidos por Resolución N° 1265-GCABA-MHFGC/22;
Que al efecto de implementar la referida operación corresponde autorizar a los
titulares de la Subsecretaria de Finanzas, de la Gerencia Operativa de Administración
de la Deuda Pública y de la Gerencia Operativa de Financiamiento Interno y Externo,
ambas de la Dirección General de Crédito Público, a suscribir en forma indistinta la
documentación necesaria;
Por ello, y en uso de las atribuciones previstas en la Ley N° 6.410,
Articulo1°.- Procédase a la cancelación y a dar de baja en los registros de la deuda
pública los "Bonos de Conversión Ciudad Autónoma de Buenos Aires", por un valor
nominal de pesos dos mil setecientos treinta y tres millones novecientos veintidós mil
doscientos noventa (V.N. $ 2.733.922.290) que no serán afectados a la operación de
conversión autorizada por la Ley N° 6.410.
Artículo 2°.- Autorízase a los titulares de la Subsecretaría de Finanzas, de la Gerencia
Operativa de Administración de la Deuda Pública y de la Gerencia Operativa de
Financiamiento Interno y Externo, ambas de la Dirección General de Crédito Público, a
suscribir en forma indistinta la documentación necesaria para la implementación de la
operación dispuesta en el artículo 1° de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Finanzas, a las Direcciones Generales
Contaduría, de Tesorería, de Relaciones Fiscales y Oficina de Gestión Pública y
Presupuesto, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General
Crédito Público. Cumplido, archívese. Mura