RESOLUCIÓN 11 2023 SUBSECRETARIA COORDINACION PEDAGOGICA EQUIDAD EDUCATIVA

Síntesis:

DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIÓN N° 6/SSCPEE/22 - APRUEBA - INSTRUMENTO - PLAN PERSONAL PARA EL FORTALECIMIENTO Y ACREDITACIÓN DE LOS APRENDIZAJE -  ESTUDIANTES - CICLO BÁSICO - PRIMER CICLO - EDUCACIÓN TÉCNICO PROFESIONAL - NIVEL SECUNDARIO - ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS DE NIVEL SECUNDARIO DE GESTIÓN ESTATAL - CICLO ORIENTADO - SEGUNDO CICLO - SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA Y EQUIDAD EDUCATIVA

Publicación:

03/03/2023

Sanción:

03/02/2023

Organismo:

SUBSECRETARIA COORDINACION PEDAGOGICA EQUIDAD EDUCATIVA


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Ley Nacional N°

26.206 y sus modificatorias, Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.588), el

Decreto N° 463/19, y sus modificatorios, las Resoluciones Nros. 653-MEGC/18 y

modificatorias, 970-GCABA-MEDGC/22, y 973- GCABA-MEDGC/22, las Resoluciones

Nros. 26-GCABA-SSCPEE/21 y 6-GCABA-SSCPEE/22, y el Expediente Electrónico N°

5.480.041-GCABA-DGEGE/23,

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un

sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,

tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática,

asegurando la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso, permanencia,

reinserción y egreso del sistema educativo;

Que conforme dispone la Ley Nacional N° 26.206 y sus modificatorias, el Estado

Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen la

responsabilidad principal e indelegable de proveer una educación integral, permanente

y de calidad para todos/as los/as habitantes de la Nación;

Que la Ley N° 6.292, establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones

por los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que le

confiere dicha ley;

Que, en el marco de la precitada norma, le corresponde al Ministerio de Educación

"diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que

conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo

individual y social; así como planificar y administrar los recursos del sistema educativo

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";

Que la Ley Nacional N° 26.206 y sus modificatorias propician que las jurisdicciones

garanticen las alternativas de acompañamiento de la trayectoria escolar de los/as

jóvenes;

Que mediante Resolución N° 970-GCABA-MEDGC/22 se aprobó el "Régimen

Académico de la Educación Secundaria" que prevé la elaboración, por parte del

equipo de profesores de curso, de una Plan Personalizado en caso de que el/la

estudiante requiera estrategias y apoyos específicos para la continuidad de sus

trayectorias y/o cuando promueva al año siguiente con espacios curriculares en

proceso de acreditación, entre otros;

Que asimismo prevé que el equipo de profesores de curso dejará registrado por

escrito en el Plan Personalizado las estrategias y los dispositivos propuestos para la

continuidad de las trayectorias y recuperación de los saberes pendientes, para lo cual

establece los apartados mínimos que debe contener;

Que a través de la Resolución N° 973-GCABA-MEDGC/22 se aprobó el documento

"Lineamientos para la implementación del Plan Personal para el Fortalecimiento de los

Aprendizajes y Acreditación para el Nivel Secundario" como parte integrante del

Régimen Académico de la Educación Secundaria, encomendando en esta

Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa las facultades para

dictar las normas complementarias y/o aclaratorias y/o ampliatorias que sean

necesarias para el cumplimiento de la misma;

Que en virtud de ello mediante la Resolución N° 6-GCABA-SSCPEE/22 se aprobó el

instrumento denominado "Plan Personal para el Fortalecimiento y Acreditación de los

Aprendizajes" para los establecimientos educativos de nivel secundario de gestión

estatal;

Que de la experiencia adquirida durante el ciclo lectivo 2022, se advirtió que los/as

estudiantes de primer (1°) y segundo (2°) año del Ciclo Básico y del Primer Ciclo de la

Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario articulan la mentada herramienta

con el "Plan Personal de Aprendizaje" aprobado por Resolución N° 653-MEGC/18 y

modificatorias, toda vez que se utilizan para el seguimiento de las trayectorias y el

fortalecimiento de los aprendizajes;

Que, por ello, se elaboró un nuevo "Plan Personal para el Fortalecimiento y

Acreditación de los Aprendizajes para los/as estudiantes del Ciclo Básico y del Primer

Ciclo de la Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario" que como Anexo I (IF-

2023-05638882-GCABA-DGEGE) forma parte integrante de la presente, a fin de

favorecer su articulación con el Plan Personal de Aprendizaje, profundizar el

seguimiento de la trayectoria de los/as estudiantes y contemplar de la mejor manera la

singularidad de los recorridos escolares para maximizar las condiciones de

acreditación y promoción;

Que asimismo se propicia aprobar el "Plan Personal para el Fortalecimiento y

Acreditación de los Aprendizajes para estudiantes del Ciclo Orientado y del Segundo

Ciclo de la Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario" que como Anexo II

(IF-2023-05639149-GCABA-DGEGE) forma parte de la presente;

Que, en virtud de lo expuesto resulta necesario dejar sin efecto la Resolución N° 6-

GCABA-SSCPEE/22, y aprobar el "Plan Personal para el Fortalecimiento y

Acreditación de los Aprendizajes para los/as estudiantes del Ciclo Básico y del Primer

Ciclo de la Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario" y el "Plan Personal

para el Fortalecimiento y Acreditación de los Aprendizajes para estudiantes del Ciclo

Orientado y del Segundo Ciclo de la Educación Técnico Profesional de Nivel

Secundario";

Que las Direcciones Educación Media, Técnica, Artística y Escuelas Normales

Superiores, y la Dirección General Educación de Gestión Estatal tomaron intervención

en el marco de sus competencias;

Que la Dirección General Coordinación Legal e Institucional tomó debida intervención

en el trámite.

Por ello, en uso de las facultades delegadas por Resolución N° 973-GCABA-

MEDGC/22,

LA SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA

Y EQUIDAD EDUCATIVA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Déjase sin efecto la Resolución N° 6-GCABA-SSCPEE/22.

Artículo 2°.- Apruébase el instrumento "Plan Personal para el Fortalecimiento y

Acreditación de los Aprendizajes para estudiantes del Ciclo Básico y del Primer Ciclo

de la Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario" de los establecimientos

educativos de nivel secundario de gestión estatal, de conformidad con el Anexo I (IF-

2023-05638882-GCABA-DGEGE), el que a todos sus efectos forma parte integrante

de la presente Resolución.

Artículo 3°.- Apruébase el instrumento "Plan Personal para el Fortalecimiento y

Acreditación de los Aprendizajes para estudiantes del Ciclo Orientado y del Segundo

Ciclo de la Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario" de los

establecimientos educativos de nivel secundario de gestión estatal, de conformidad

con el Anexo II (IF-2023-05639149-GCABA-DGEGE), el que a todos sus efectos forma

parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a las Direcciones Generales Educación de Gestión Estatal, Educación

de Gestión Privada y, Planeamiento Educativo, a las Direcciones Educación Media,

Técnica, Artística y, Escuelas Normales Superiores. Cumplido, archívese. Feced Abal

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6573

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6573

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Resolución 11/SSCPEE/23 complementa lo dispuesto por la Resolución 973/MEDGC/22</p>
DEROGA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 11/SSCPEE/23 deja sin efecto la Resolución N° 6/SSCPEE/22.</p>