RESOLUCIÓN 973 2022 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

SE APRUEBA DOCUMENTO - LINEAMIENTOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PLAN PERSONAL PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS APRENDIZAJES Y ACREDITACIÓN PARA EL NIVEL SECUNDARIO - RÉGIMEN ACADÉMICO DE LA EDUCACIÓN SECUNDARIA - MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Publicación:

18/02/2022

Sanción:

17/02/2022

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO: la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Ley Nacional N°

26.206 y su modificatoria; Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347), el

Decreto N° 463/19, y su modificatorio N° 10/22, las Resoluciones CFE Nros. 84/09,

93/09 y 134/11, las Resoluciones Nros. 26- GCABA-SSCPEE/21, 970-GCABA-

MEDGC/22 y 972-GCABA-MEDGC/22, y el Expediente Electrónico N° 07.411.604-

GCABA-SSCPEE/22, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un

sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,

tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática,

asegurando la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso, permanencia,

reinserción y egreso del sistema educativo;

Que conforme dispone la Ley Nacional N° 26.206, el Estado Nacional, las Provincias y

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen la responsabilidad principal e indelegable

de proveer una educación integral, permanente y de calidad para todos/as los/as

habitantes de la Nación;

Que la Ley N° 6.292 establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones

por los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que le

confiere dicha ley;

Que, en el marco de la precitada norma, le corresponde al Ministerio de Educación

diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que

conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo

individual y social; así como planificar y administrar los recursos del sistema educativo

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la Ley Nacional N° 26.206 propicia que las jurisdicciones garanticen las

alternativas de acompañamiento de la trayectoria escolar de los/as jóvenes;

Que por su parte, la Resolución CFE N° 84/09 aprobó el documento "Lineamientos

políticos y estratégicos de la educación secundaria obligatoria" el cual propone la

organización de dispositivos específicos de apoyo para los estudiantes con

dificultades, paralelamente a la cursada de las clases comunes, como una estrategia

para acompañar y fortalecer las trayectorias escolares;

Que la Resolución CFE N° 93/09 aprobó el documento "Orientaciones para la

Organización Institucional de la Educación Secundaria Obligatoria" el cual recepta a

las instancias de apoyo como parte de la trayectoria escolar del estudiante y suponen

diferentes recorridos que den respuesta a la singularidad del proceso de aprendizaje y

escolarización de cada alumno;

Que por Resolución CFE N° 134/11 se enfatiza la relevancia de implementar en nivel

secundario estrategias para el acompañamiento de las trayectoria e instancias de

apoyo que permitan el desarrollo de propuestas pedagógicas;

Que a raíz del contexto vivenciado durante los ciclos lectivos 2020 y 2021, el sistema

educativo ha generado nuevos métodos de adecuación que dieron respuesta a las

necesidades que el contexto presentaba y permitió pensar en lógicas y dinámicas

institucionales diversas;

Que en dicho sentido ha sido necesario continuar avanzando hacia una mirada integral

del proceso de aprendizaje de los/as estudiantes, para definir este aspecto en el

marco de su recorrido escolar y para anticipar, en caso de ser necesario, las

estrategias de apoyo y los dispositivos que generarán mejores condiciones para la

acreditación y promoción de los/as mismos/as;

Que mediante Resolución N° 26-GCABA-SSCPEE/21 se ha aprobado el documento

"Lineamientos para la implementación del Plan Personal para el Fortalecimiento de los

Aprendizajes y Acreditación para el Nivel Secundario" y el instrumento "Plan Personal

para el Fortalecimiento de los Aprendizajes y Acreditación para el Nivel Secundario"

para los establecimientos educativos dependientes de y/o supervisados por las

Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal, de Educación de Gestión

Privada, y de la entonces Dirección General de Escuelas Normales Superiores y

Artísticas;

Que el mentado Plan se ha constituido como una herramienta personalizada e integral

que permite detallar los espacios específicos para que el/la alumno/a pueda consolidar

los aprendizajes a fin de permitirle avanzar en su trayectoria escolar poniendo el foco

en las estrategias que necesita para lograr la acreditación y la promoción;

Que resulta primordial identificar aquellas prácticas que se han incorporado en las

escuelas a lo largo del último tiempo y que han permitido, no sólo afrontar el contexto,

sino también potenciar la educación del nivel secundario, promover mecanismos de

evaluación, habilitar nuevas opciones, tiempos y espacios para transitar la trayectoria

educativa, diversificar los espacios y herramientas de trabajos;

Que mediante Resolución N° 970-GCABA-MEDGC/22 se ha aprobado el "Régimen

Académico de la Educación Secundaria" que prevé la elaboración, por parte del

equipo de profesores de curso, de una Plan Personalizado en caso de que el/la

estudiante requiera estrategias y apoyos específicos para la continuidad de sus

trayectorias y/o cuando promueva al año siguiente con espacios curriculares en

proceso de acreditación, entre otros;

Que asimismo prevé que el equipo de profesores de curso dejará registrado por

escrito en el Plan Personalizado las estrategias y los dispositivos propuestos para la

continuidad de las trayectorias y recuperación de los saberes pendientes, para lo cual

establece los apartados mínimos que debe contener;

Que asimismo, a través de la Resolución N° 972-GCABA-MEDGC/22, se aprobó el

"Proyecto Red para el Fortalecimiento y Acreditación de los Aprendizajes" (RED

FAAP);

Que atento ello, la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa y

la Dirección General de Educación de Gestión Privada propicia brindar lineamientos y

pautas para que el equipo de profesores, en el marco de sus tareas, pueda elaborar

los Planes Personalizados permitiendo ofrecer a los/as estudiantes y sus familias un

documento que nuclee y ordene toda la información en relación a los espacios

curriculares pendientes y las instancias de apoyo y/o acreditación, contribuyendo al

acompañamiento de las trayectorias desde una mirada institucional;

Que en virtud de ello, la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad

Educativa y la Dirección General de Educación de Gestión Privada impulsan aprobar

el documento "Lineamientos para la implementación del Plan Personal para el

Fortalecimiento de los Aprendizajes y Acreditación para el Nivel Secundario" para los

establecimientos de nivel secundario de gestión estatal y gestión privada, como parte

integrante del Régimen Académico para la Educación Secundaria;

Que han tomado intervención en el marco de sus competencias, la Subsecretaría de

Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa y las Direcciones Generales de

Planeamiento Educativo y Educación de Gestión Privada;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención de su competencia;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébase el documento "Lineamientos para la implementación del Plan

Personal para el Fortalecimiento de los Aprendizajes y Acreditación para el Nivel

Secundario" como parte integrante del Régimen Académico de la Educación

Secundaria de conformidad con el Anexo I (IF-2022-07524392-GCABA-DGEGE), el

que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.-Encomiéndase a la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad

Educativa y a la Dirección General de Educación de Gestión Privada, en el marco de

sus respectivas competencias, a dictar las normas complementarias y/o aclaratorias

y/o ampliatorias que sean necesarias para el cumplimiento de la presente.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa y

a las Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal, de Educación de

Gestión Privada y de Planeamiento Educativo, a las Direcciones de Educación Media,

Técnica, Artística, y Escuelas Normales Superiores. Cumplido, archívese. Acuña


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6322

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Resolución 11/SSCPEE/23 complementa lo dispuesto por la Resolución 973/MEDGC/22</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1° de la Resolución N° 6/SSCPEE/22 aprueba el instrumento Plan Personal para el Fortalecimiento  y Acreditación de los Aprendizajes para los establecimientos educativos de nivel secundario de gestión estatal, </p>
INTEGRA
<p>Art. 1° de la Resolución N°973/MEDGC/22 aprueba el documento “Lineamientos para la implementación del Plan Personal para el Fortalecimiento de los Aprendizajes y Acreditación para el Nivel Secundario” como parte integrante del Régimen Académico de la Educación Secundaria aprobado por Resolución N° 970/MEDGC/22.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1° de la Resolución N°973/MEDGC/22 aprueba el documento “Lineamientos para la implementación del Plan Personal para el Fortalecimiento de los Aprendizajes y Acreditación para el Nivel Secundario” como parte integrante del Régimen Académico de la Educación Secundaria. </p>