RESOLUCIÓN 130 2023 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
APRUEBA - SUPLEMENTO RED PARA EL FORTALECIMIENTO Y ACREDITACIÓN DE LOS APRENDIZAJES - RETRIBUIR A LOS/AS DOCENTES - RESOLUCIÓN N° 972/MEDGC/22 - ESPACIOS PEDAGÓGICOS - LOS/LAS ESTUDIANTES - NIVEL SECUNDARIO - GESTIÓN ESTATAL - OFRECEN APOYO PARA LOGRAR LOS OBJETIVOS DE APRENDIZAJE PROPUESTOS EN CADA ÁREA O ESPACIO CURRICULAR PENDIENTE DE APROBACIÓN - FORTALECER AQUELLOS APRENDIZAJES EN CURSO QUE REQUIERAN DE INSTANCIAS DE APOYO ADICIONALES - NO REMUNERATIVO - NO BONIFICABLE - DOCENTES - TUTORES - ASISTENTE PEDAGOGICO - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - SUBSECRETARÍA DE CARRERA DOCENTE - CICLO LECTIVO 2023
Publicación:
21/03/2023
Sanción:
16/03/2023
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su dictado. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.
Fecha de actualización: 4 de julio de 2023.
VISTO: la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 6.292
(texto consolidado por Ley N ° 6.588), el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, la
Resolución de Firma Conjunta N° 264- GCABAMHFGC/22, la Resolución N° 972-
GCABA-MEDGC/22, el Expediente Electrónico N° 10.016.102-GCABA-DGEGE/23, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un
sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,
tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática;
Que la Ley N° 6.292 establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones
por los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que les
confiere dicha Ley;
Que en virtud de las mencionadas normas le corresponde al Ministerio de Educación
"diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que
conformen un sistema único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y
social", así como "planificar y administrar los recursos del sistema educativo del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";
Que conforme la citada normativa el Ministerio de Hacienda y Finanzas tiene entre sus
objetivos "diseñar e implementar las políticas de gestión y administración de los
recursos humanos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";
Que por Decreto N° 463/19 y sus modificatorios se aprobó la estructura organizativa
del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por la Resolución N° 972-GCABA-MEDGC/22 se aprobó el "Proyecto Red para el
Fortalecimiento y Acreditación de los Aprendizajes" (RED FAAP);
Que la Red para el Fortalecimiento y Acreditación de los Aprendizajes organiza y
articula los espacios pedagógicos, destinados a los/las estudiantes de nivel secundario
de gestión estatal, que ofrecen apoyo para lograr los objetivos de aprendizaje
propuestos en cada área o espacio curricular pendiente de aprobación y para
fortalecer aquellos aprendizajes en curso que requieran de instancias de apoyo
adicionales;
Que, de esta forma, la mencionada Red nuclea los dispositivos orientados al
fortalecimiento de los aprendizajes, permitiendo instancias múltiples para que los/as
estudiantes acrediten aquellas asignaturas que se encuentran pendientes y
contemplando dispositivos para el apoyo y la acreditación a cargo de docentes con
formación en la disciplina correspondiente;
Que mediante la Resolución de Firma Conjunta N° 264-GCABA-MHFGC/22 fue
aprobado el "Suplemento - Red para el Fortalecimiento y Acreditación de los
Aprendizajes" a los efectos de retribuir a los/as docentes que se desempeñaron en el
marco de lo dispuesto por la Resolución N° 972-GCABA-MEDGC/22 durante el ciclo
lectivo 2022;
Que, atento ello, resulta menester aprobar, para el ciclo lectivo 2023 el "Suplemento -
Red para el Fortalecimiento y Acreditación de los Aprendizajes" a efectos de retribuir a
los/as docentes que se desempeñan en la Red para el Fortalecimiento y Acreditación
de los Aprendizajes, de acuerdo a las condiciones que se detallan en el Anexo I (IF-
2023-10017043-GCABA-DGEGE) que a todos sus efectos forma parte de la presente;
Que la Dirección General Planificación y Control Operativo, dependiente de la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y
Finanzas, ha tomado la intervención de su competencia;
Que la Dirección General Coordinación Legal e Institucional del Ministerio de
Educación y la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de
Hacienda y Finanzas, han tomado la intervención de sus respectivas competencias.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Aprobar, para el Ciclo Lectivo 2023, el "Suplemento - Red para el
Fortalecimiento y Acreditación de los Aprendizajes" a los efectos de retribuir a los/as
docentes que se desempeñan en el marco de lo dispuesto por la Resolución N° 972-
GCABA-MEDGC/22, cuyas condiciones se detallan en el Anexo I (IF2023-10017043-
GCABA-DGEGE), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 2°.- El suplemento aprobado en el Artículo 1° tiene carácter no remunerativo y
no bonificable y el pago del mismo se incluirá mediante recibo separado en un cargo
eventual para este único efecto.
Artículo 3°.- Establécese que la Sra. Ministra de Educación y/o el Subsecretario de
Carrera Docente procederán a designar y/o cesar al personal comprendido en la
presente Resolución.
Artículo 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente
Resolución será afectado a la Jurisdicción 55. Inciso 1.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, a
las Direcciones Generales Administración de Recursos, Personal Docente y No
Docente, Educación de Gestión Estatal, Escuela Abierta y, Coordinación Legal e
Institucional del Ministerio de Educación y a las Direcciones Generales Administración
y Liquidación de Haberes y de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del
Ministerio de Hacienda y Finanzas y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la
Subsecretaría de Carrera Docente del Ministerio de Educación. Cumplido, archívese.
Acuña - Mura