RESOLUCIÓN 90 2023 SECRETARIA DE BIENESTAR INTEGRAL

Síntesis:

INCREMENTA EL MONTO - SUBSIDIO - CENTROS DE JUBILADOS Y PENSIONADOS - PROGRAMA ATENCIÓN ORIENTACIÓN Y ASISTENCIA A LOS ADULTOS MAYORES Y CENTROS DE JUBILADOS - REPARACIONES EDILICIAS MENORES - TURISMO SOCIAL - MAYOR OFERTA DE SERVICIOS A SUS SOCIOS - COMPRA DE EQUIPAMIENTO - PAGO DE SERVICIOS -  GASTOS PROPIOS DE SU FUNCIONAMIENTO - SECRETARIA DE BIENESTAR INTEGRAL

Publicación:

20/04/2023

Sanción:

18/04/2023

Organismo:

SECRETARIA DE BIENESTAR INTEGRAL


VISTO: Los Decretos N° 2201/2004, 976/2005, 1370/2006 y su modificatorio, y

463/2019 y sus modificatorios, la Resolución Nro. RESOL-2022-140-GCABA-SECBI, y

el Expediente N° EX-2023- 13678459-GCABA-DGPAPM, y

CONSIDERANDO:

Que por Decretos N° 2201/2004 y N° 976/2005 se facultó a la entonces Secretaría de

Desarrollo Social, a otorgar subsidios a los centros de jubilados y pensionados

incluidos en el Programa Atención, Orientación y Asistencia a los Adultos Mayores y

Centros de Jubilados;

Que a través de los mentados decretos se dispuso que los subsidios que perciban

deberán destinarse a reparaciones edilicias menores, turismo social, atención de

servicios y gastos propios de funcionamiento del centro, quedando excluido el pago de

remuneraciones a personal, compra de equipamiento, o mayor oferta de prestaciones

a sus socios;

Que por Decreto N° 1370/2006 se facultó al titular del entonces Ministerio de Derechos

Humanos y Sociales, luego Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, o al funcionario

que éste designe, a otorgar subsidios a los Centros de Jubilados y Pensionados, que

resultaren seleccionados a tales fines y a fijar los montos máximos de los mismos, de

conformidad con la previsión presupuestaria que en cada ejercicio se contemple;

Mediante Decreto N° 368/2016 se faculta al entonces Ministerio de Habitat y

Desarrollo Humano a fijar los montos máximos de los subsidios a otorgar a los Centros

de Jubilados y Pensionados con destino a reparaciones edilicias menores, turismo

social, mayor oferta de servicios a sus socios, compra de equipamiento, pago de

servicios y/o gastos propios de su funcionamiento, de conformidad con la previsión

presupuestaria que en cada ejercicio se contemple, hasta una suma máxima de pesos

sesenta mil ($ 60.000). Por Resolución N° 307/2018 el entonces Ministerio de Habitat y

Desarrollo Humano fija en la suma de Pesos Sesenta Mil ($ 60.000) el monto máximo

de subsidios a otorgar a Centros de Jubilados y Pensionados de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires.

Que, por Decreto N° 262/2021 se transfirió la Secretaría de Integración Social para

Personas Mayores y las Direcciones Generales Dependencias y Atención Primaria,

Promoción e Inclusión Social, y Protección y Desarrollo Sostenible, con su personal,

patrimonio y presupuesto, del ámbito del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, a

la órbita del Ministerio de Salud, a partir del 1° de agosto de 2021;

Que por Decreto N° 337/2021 y su modificatorio, se modificó la estructura orgánico

funcional del Ministerio de Salud, cambiando asimismo la denominación y

responsabilidades primarias de la Secretaría de Integración Social para Personas

Mayores y de sus dependencias, entre las cuales se encontraba la Dirección General

Dependencias y Atención Primaria, pasando a denominarse Secretaría de Bienestar

Integral y Dirección General Políticas Asistenciales para Personas Mayores;

Que por Decreto N° 164/22 se modificó la estructura del Ministerio de Salud, a partir

del 1 de mayo de 2022 y a los fines de viabilizar un mejor desarrollo técnico operativo,

creándose en la órbita de la Secretaría de Bienestar Integral la Subsecretaría para

Personas Mayores, y modificándose las responsabilidades primeras tanto de la

Secretaría como de la Dirección General Políticas Asistenciales para Personas

Mayores;

Que, asimismo, entre las responsabilidades primarias asignadas a la Subsecretaría

para Personas Mayores se encuentra la de "entender en el otorgamiento e

implementación de subsidios a centros de jubilados y pensionados"; y dentro de las

asignadas a la Dirección General Políticas Asistenciales para Personas Mayores la de

"desarrollar programas de asistencia para personas mayores y en los centros de

jubilados y otros espacios destinados a tal fin";

Que en virtud de dichas responsabilidades primarias se dictó la Resolución N° 140-

GCABA-SECBI-22 a través de la cual se fijó en la suma de pesos noventa mil ($

90.000,-), el monto máximo del subsidio a otorgar a cada Centro de Jubilados y

Pensionados conforme la normativa descripta precedentemente;

Que por Decreto 2022-472-GCABA-AJG, se designó al Señor Carlos María Pedrini,

D.N.I N° 24.988.287, C.U.I.L N° 23- 24988287-9, a partir del 1° de enero de 2023,

como Secretario de la Secretaría de Bienestar Integral del Ministerio de Salud del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Que entre las responsabilidades

primarias de la Secretaría de Bienestar Integral se encuentra la de "asistir al Ministerio

en el diseño e implementación de políticas que mejoren la calidad de vida de los

ciudadanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con especial foco en la segunda

mitad de la vida"; "promover la sostenibilidad de las personas en la segunda mitad de

la vida en su entorno, con sus redes de contención y vinculación, a través de

programas y subsidios"; y "disponer el otorgamiento de subsidios a las Organizaciones

de la Sociedad Civil cuyo objeto de trabajo se encuentre relacionado con la promoción

del bienestar de la población";

Que en ese orden de ideas y en consideración al tiempo transcurrido desde el dictado

de la resolución referida precedentemente, la Dirección General Políticas Asistenciales

para Personas Mayores con el fin de ejercer una gestión más eficiente, mediante

IF2023-14022752-GCABA-DGPAPM propicia la actualización del monto máximo de

los subsidios a otorgar a los Centros de Jubilados y Pensionados con destino a

reparaciones edilicias menores, turismo social, mayor oferta de servicios a sus socios,

compra de equipamiento, pago de servicios y/o gastos propios de su funcionamiento,

de conformidad con la previsión presupuestaria existente en la actualidad, hasta la

suma de Pesos Ciento Treinta y Cinco Mil ($ 135.000,-);

Que la Subsecretaría para Personas Mayores ha intervenido en función de su

competencia prestando expresa conformidad con la gestión que se propicia;

Que las Direcciones Generales Administrativa, Contable y Presupuesto de la

Subsecretaría de Administración del Sistema de Salud, y Legal y Técnica, ambas del

Ministerio de Salud, han tomado la intervención previa correspondiente en virtud de

sus competencias.

Por ello y en uso de las facultades legales delegadas,

El SECRETARIO DE BIENESTAR INTEGRAL

RESUELVE:

Artículo 1°- Increméntese el monto del subsidio a los centros de jubilados y

pensionados incluidos en el Programa Atención, Orientación y Asistencia a los Adultos

Mayores y Centros de Jubilados de centros de jubilados y pensionados, fijándose en la

suma de Pesos Ciento Treinta y Cinco Mil ($ 135.000,-), el monto máximo de subsidio

a otorgar con destino a: reparaciones edilicias menores, turismo social, mayor oferta

de servicios a sus socios, compra de equipamiento, pago de servicios y/o gastos

propios de su funcionamiento.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial y para su conocimiento y demás efectos

comuníquese a las Direcciones Generales Administrativa, Contable y Presupuesto de

la Subsecretaría de Administración del Sistema de Salud, Legal y Técnica, ambas del

Ministerio de Salud, y remítase a la Dirección General Políticas Asistenciales para

Personas Mayores de la Subsecretaria para Personas Mayores. Cumplido, archívese.-

Pedrini

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 90/SECBI/23 incrementa el monto del subsidio a los centros de jubilados y pensionados incluidos en el Programa Atención, Orientación y Asistencia a los Adultos  Mayores y Centros de Jubilados, fijado por la Resolución N° 789/MHYDHGC/16.</p>
ADHIERE
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 90/SECBI/23 incrementa el monto del subsidio a los centros de jubilados y pensionados incluidos en el Programa Atención, Orientación y Asistencia a los Adultos  Mayores y Centros de Jubilados, fijado por la Resolución N° 140/SECBI/22.</p>