RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA 377 2023 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Síntesis:

SUSTITUYE - PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN - OFICINA DE DEFENSA DEL LITIGANTE - CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - ALTA DE USUARIOS - EXTERNOS - ABOGADOS DE LA MATRICULA - PERITOS - EXPEDIENTE JUDICIAL ELECTRÓNICO - EJE - APRUEBA - INCORPORACIÓN - NUEVO PERFIL - APODERADO/A ELECTORAL - TRIBUNAL ELECTORAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - INSTRUIR - DIRECCIÓN GENERAL DE INFORMÁTICA Y TECNOLOGÍA - SECRETARÍA DE INNOVACIÓN - DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA DEL LITIGANTE 

Publicación:

25/04/2023

Sanción:

17/04/2023

Organismo:

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA


VISTO: El TEA A-01-00008257-7/2023, la Ley N° 6.031, la Resolución CM N° 19/2019

y las Resoluciones de Presidencia N° 943/2019 y N° 489/2020 y,

CONSIDERANDO:

Que a partir de la Ley N° 6.031 (texto consolidado según Ley N° 6.588), se aprobó el

Código Electoral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y se constituyó el Tribunal

Electoral de esta Ciudad Autónoma, el cual utiliza el Sistema de Expediente Judicial

Electrónico (EJE) para todas las actuaciones y gestiones que tramiten en el mismo,

como también para los ciudadanos que realicen presentaciones ante dicho tribunal.

Que por su parte, la Resolución CM N° 19/2019 modificó la Resolución CM N° 47/2017

y delegó en la Presidencia del Consejo de la Magistratura el dictado de las

resoluciones necesarias para garantizar la plena vigencia y funcionalidad del

"Reglamento EJE".

Que en tal entendimiento, a través de la Resolución de Presidencia N° 943/2019 se

aprobó el "Protocolo de Intervención de la Oficina de Defensa del Litigante del Consejo

de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en relación al Alta de

Usuarios Externos Abogados de la Matricula y Peritos en el Expediente Judicial

Electrónico (EJE)".

Que posteriormente, se modificó el artículo 5° del mencionado protocolo mediante la

Resolución de Presidencia N° 489/2020, ampliando los perfiles del Sistema EJE y la

información que cada usuario externo deberá acreditar para su habilitación.

Que por otra parte la Resolución de Presidencia N° 638/2022 jerarquizó la Oficina de

Defensa del Litigante en la Dirección General de Defensa del Litigante, bajo la órbita

de la Presidencia de este Consejo de la Magistratura.

Que, a partir de la propuesta presentada por la Presidencia del Tribunal Electoral de

marras, la cual tramita por el TEA mencionado en el Visto, resulta necesario introducir

modificaciones operativas y funcionales en el Sistema EJE, que posibiliten el acceso al

mismo y la gestión de presentaciones y expedientes judiciales de los apoderados de

Partidos Políticos, Alianzas Electorales o de Listas Partidarias, en el marco de lo

establecido por el artículo 267 del Código Electoral de la Ciudad de Buenos Aires.

Que considerando las modificaciones ya aprobadas oportunamente, es conveniente

actualizar el mencionado protocolo y sustituir el mismo por el Anexo I que formará

parte de esta Resolución de Presidencia.

Que corresponderá instruir a la Dirección General de Informática y Tecnología y a la

Secretaría de Innovación, junto a la Dirección General de Defensa del Litigante la

implementación de las modificaciones que se aprobarán por la presente norma.

Por ello y en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Resolución CM N° 19/2019,

LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

DE LA CIUDAD AUTONÓMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Art. 1°: Sustituir el "Protocolo de Intervención de la Oficina de Defensa del Litigante del

Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en relación al Alta

de Usuarios Externos Abogados de la Matricula y Peritos en el Expediente Judicial

Electrónico (EJE)", aprobado como Anexo I de la Resolución de Presidencia N°

943/2019, por el Anexo I que se aprueba y forma parte de la presente resolución.

Art. 2°: Aprobar la incorporación del nuevo perfil "APODERADO/A ELECTORAL" en el

procedimiento para registro y alta de usuarios externos al Sistema EJE, conforme lo

propuesto por el Tribunal Electoral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Art. 3°: Instruir a la Dirección General de Informática y Tecnología y a la Secretaría de

Innovación, junto a la Dirección General de Defensa del Litigante la implementación de

las modificaciones que se apruebas en la presente.

Art. 4°: Regístrese, comuníquese vía electrónica a los Sres. Consejeros, a la

Presidencia de las Cámaras de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo,

Tributario y Relaciones de Consumo y de Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de

Faltas, al Tribunal Superior de Justicia, al Tribunal Electoral, a los Ministerios Públicos,

a la Secretaría Legal y Técnica, a la Secretaría de Innovación, a la Dirección General

de Informática y Tecnología, a la Dirección General de Defensa del Litigante;

publíquese en el Boletín oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la página

de internet consejo.jusbaires.gob.ar y, oportunamente archívese. Quintana


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 6607

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1° de la Resolución de Presidencia N° 377/23, sustituye el Protocolo de Intervención de la Oficina de Defensa del Litigante del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado como Anexo I de la Resolución de Presidencia N° 943/2019</p>