RESOLUCIÓN 614 2023 ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN

Síntesis:

MODIFICA - RESOLUCIÓN 5-EATC-23 -  RESOLUCIÓN 664-EATC-22 - PRECIOS DE LAS ENTRADAS - SERVICIO DE VISITAS GUIADAS - TEATRO COLÓN - COLÓN FÁBRICA

Publicación:

12/05/2023

Sanción:

09/05/2023

Organismo:

ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN


VISTO: La Ley N° 2.855 (texto consolidado por Ley N° 6.588), la Ley de Procedimiento

Administrativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por el Decreto N°

1510/97 (texto consolidado Ley N° 6.588), las Resoluciones Nros. 133-GCABA-

SSHA/22, 664-GCABA-EATC/22, y 5-GCABA-EATC/23, el EX-2023-15999559-

GCABA-DGTALEATC, y

CONSIDERANDO:

Que por las presentes actuaciones tramita la modificación de los nuevos precios que

regirán la venta de las entradas por el servicio de visitas guiadas que se desarrollan en

las sedes del Teatro Colón, sito en Cerrito N° 618 y "Colón Fábrica", sito en Av. Don

Pedro de Mendoza N° 2163, ambos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante la Ley N° 2.855 se creó el Ente Autárquico Teatro Colón en el ámbito

del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con

personería jurídica propia, autonomía funcional y autarquía financiera, con la

organización y competencia establecidas en esa ley y por Decreto N°

1.342/GCABA/08 se aprobó su reglamentación;

Que el artículo 2° de la citada Ley dispone que es misión de este Ente "crear, formar,

representar, promover y divulgar el arte lírico, coreográfico, musical -sinfónico y de

cámara- y experimental, en su expresión de excelencia de acuerdo a su tradición

histórica, en el marco de las políticas culturales de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires";

Que el artículo 3° establece entre las diferentes funciones en favor de este Coliseo

para procurar el cumplimiento de su misión, la de "...facilitar al conjunto de los

habitantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme al artículo 32 de la

Constitución de la Ciudad, el acceso a las actividades artísticoculturales que

desarrolla" (inciso b) y la de "entender en la planificación, programación y ejecución de

actividades vinculadas al arte lírico, coreográfico, musical - sinfónico y de cámara y

experimental" (inciso c);

Que en el artículo 14, inciso I) se estatuye como función del Director/a General

"Planificar y ejecutar las actividades que correspondan para el desarrollo de los

objetivos del Ente Autárquico Teatro Colón y las actividades de los recursos humanos,

físicos, económicos financieros y patrimoniales...";

Que en el artículo 14, inciso m) se detalla como función del Director/a General

"Celebrar los actos jurídicos de naturaleza civil, comercial y administrativa que sean

necesarios para el ejercicio de las funciones del Ente Autárquico Teatro Colón";

Que el artículo 28, inciso c) instaura entre los recursos propios del Ente Autárquico

Teatro Colón "Los ingresos provenientes de contratos de coproducciones, convenios

de colaboración, arriendo de salas, alquiler de producciones, comercialización de

impresos, grabaciones, filmaciones, videos o cualquier medio de reproducción o

difusión, y contratos de publicidad";

Que el Capítulo II "Del Precio de Arrendamientos y Espectáculos" artículo 507 del

Código Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Texto consolidado por Decreto

N° 69/2021), faculta al Poder Ejecutivo para establecer los precios de entrada a los

espectáculos que organice y de los servicios complementarios que se presten en las

salas o locales donde aquellos se realicen, como así también el precio de las entradas

a los polideportivos o similares;

Que en el marco de estas consideraciones surge que la autonomía funcional, la

autarquía financiera y la competencia asignada por la Ley N° 2.855, determinan que

este Ente Autárquico pueda por si fijar el precio de la entradas individuales de las

propias funciones que organice;

Que en igual sentido se expidió la Secretaría Legal y Técnica mediante la Providencia

PV-2012-01339516-DGCL, de fecha 27 de junio de 2012, donde destacó que esta

Dirección General podrá establecer el precio de las localidades sin que sea necesaria

la autorización previa o ratificación posterior por la máxima autoridad de la

Administración del Gobierno de la Ciudad;

Que por Expediente Electrónico N°2022-05653667-GCABA-DGTES tramitó la

Licitación Pública N° 614-0102-LPU22 que tiene por objeto la contratación de un

servicio integral de provisión de una plataforma informática para la emisión, gestión,

venta de entradas, merchandising, localidades de actividades y/o eventos con alquiler

de equipos, provisión de insumos y puestos de boletería para ser utilizado en todo el

gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, mediante Resolución N° 133-GCABA-SSHA/22 se aprobó la mencionada

Licitación y se Adjudicó a la firma ENTRADAUNO SRL (CUIT N° 33715125159), quien

actualmente presta sus servicios en este Ente Autárquico Teatro Colón;

Que por Resolución N° 664-GCABA-EATC/22 se aprobó la valorización de las

entradas de las visitas guiadas en el "Colón Fábrica" a partir del 1° de Julio de 2022

conforme los valores establecidos en el ANEXO (IF-2022-23267342-GCABA-

DGTALEATC);

Que la Resolución N° 5-GCABA-EATC/23, aprobó la valorización de las localidades

del servicio de visitas guiadas que se desarrollan en la sede del Teatro Colón, sita en

Cerrito N°618 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, desde el 1° de enero de 2023;

Que a través del IF-2023-16044530-GCABA-DGTALEATC, la Gerencia Operativa de

Promoción Comercial y Financiera, dependiente de la Dirección General Técnica,

Administrativa y Legal solicita formalizar la aprobación de los nuevos precios que

regirán la venta de las entradas por el servicio de visitas guiadas que se desarrolla en

el "Colón Fábrica" y en el Teatro Colón, fundamentando dicho pedido en la situación

económica del país y más particularmente de la alta inflación imperante y acompaña

asimismo los IF-2023-15992739-GCABA-DGTALEATC - ANEXO e IF-2023-16043766-

GCABA-DGTALEATC ANEXO, con los valores que regirán la venta de las entradas

por el servicio de visitas guiadas desde el mes de mayo 2023 que se desarrollan en

las sedes mencionadas pertenecientes al Ente Autárquico Teatro Colón;

Que por lo expuesto, resulta necesaria la modificación de los precios que regirán la

venta de las entradas por el servicio de visitas guiadas a partir del 1° de mayo del

2023 que se desarrollan en el Teatro Colón y en la sede "Colón Fábrica";

Que han tomado intervención en el marco de sus competencias la Gerencia Operativa

Oficina de Gestión Sectorial, la Coordinación General de Asuntos Legales y la

Dirección General Técnica Administrativa y Legal de este Ente Autárquico.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 2.855,

EL DIRECTOR GENERAL

DEL ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Modifícar la Resolución N° 5-GCABA-EATC/23 aprobándose a partir del

1° de mayo de 2023, los nuevos precios de las entradas correspondientes al Servicio

de Visitas Guiadas a desarrollarse en el Teatro Colón, sito en Cerrito N°618 de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme los valores establecidos en el ANEXO

(IF-2023-15992739-GCABA-DGTALEATC), el cual forma parte integrante de la

presente Resolución.

Artículo 2°.- Modifícar la Resolución N° 664-GCABA-EATC/22 y aprobar a partir del 1°

de mayo de 2023, los nuevos precios de las entradas correspondientes al Servicio de

Visitas Guiadas a desarrollarse en el "Colón Fábrica", sito en Av. Don Pedro de

Mendoza N°2163 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme los valores

establecidos en el ANEXO (IF-2023-16043766-GCABA-DGTALEATC), el cual forma

parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3°.- Informar que las entradas correspondientes por Ley N°3.546, se

encuentran sujetas a disponibilidad en razón del cupo establecido por la mencionada

ley, debiendo presentar el certificado oficial correspondiente en la boletería del Teatro

Colón.

Artículo 4°.- Establecer e informar que se tomarán las medidas que resulten

necesarias dentro de la programación y/o la reprogramación de las visitas guiadas

previstas, dado el contexto sanitario imperante y a efectos de implementar los

recaudos pertinentes, y que asimismo podrán modificarse las localidades destinadas al

expolio y/o las destinadas a la venta.

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Remitir

para su conocimiento a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ente

Autárquico Teatro Colón y notificar a la firma ENTRADAUNO S.R.L. conforme lo

estipulado en el Art.61 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, aprobada por el Decreto N° 1510/97. Cumplido,

archívese. Telerman


ANEXOS

Anexo I

Anexo II

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Articulo 2° de la Resolución N° 614/EATC/2023 sustituye el Anexo de la Resolución N° 292/EATC/21. Vigencia: a partir del 1° de mayo de 2023</p>
MODIFICA
<p>Articulo 1° de la Resolución N° 614/EATC/2023 sustituye el Anexo de la Resolución N° 275/EATC/22. Vigencia: a partir del 1° de mayo de 2023</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1°.de la Resolucion 1630-EATC-23 modifica la Resolución N° 614-EATC/23 y convalida los nuevos<br />precios, vigentes a partir del 1° de octubre de 2023, para la adquisición de entradas correspondientes al Servicio de Visitas Guiadas a desarrollarse en la sede del<br />Programa Colón Fábrica, ubicada en la Avenida Don Pedro de Mendoza N° 2.163 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1º de la Resolución N° 1195-EATC/23 modifica la Resolución N° 614-EATC/23.</p>