RESOLUCIÓN 2163 2023 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIÓN 11-MEGC-17 - CREA - COMISIÓN EVALUADORA DE PLANES DE ESTUDIOS DE NIVEL INICIAL, PRIMARIO Y SECUNDARIO - APRUEBA - PROCEDIMIENTO PARA LA APROBACIÓN DE PLANES DE ESTUDIO Y SOLICITUD DE INCORPORACIÓN, CORRESPONDIENTES A LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS DE NIVEL INICIAL, PRIMARIO O SECUNDARIO, DE CUALQUIER MODALIDAD DE GESTIÓN ESTATAL Y DE GESTIÓN PRIVADA - ENCOMIENDA - DIRECCIÓN GENERAL PLANEAMIENTO EDUCATIVO - DICTAR LAS NORMAS COMPLEMENTARIAS Y/O ACLARATORIAS - MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Publicación:
24/05/2023
Sanción:
30/03/2023
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes Nros. 33 y
6.292 (textos consolidados por Ley N° 6.588), el Decreto N° 463/19 y sus
modificatorios, las Resoluciones Nros. 734- MEGC/10 y sus modificatorias, 11-
MEGC/17, 3.181-GCABA-MEDGC/20 y su modificatoria 1.108- GCABA-MEDGC/22,
3.099-GCABA-MEDGC/21, el Expediente Electrónico N° 7.227.414-GCABA-
DGPLEDU/23, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un
sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,
tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática,
asegurando la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso, permanencia,
reinserción y egreso del sistema educativo;
Que la Ley N° 33 dispone que todo nuevo plan de estudios o cualquier modificación a
ser aplicada en los contenidos o carga horaria de los planes de estudios vigentes en
los establecimientos educativos de cualquier nivel, modalidad y tipo de gestión
dependientes o supervisados por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, para lograr validez, deberán estar sujetos a la aprobación de este Ministerio;
Que la Ley N° 6.292 establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones
por los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que le
confiere dicha Ley;
Que de acuerdo con la mencionada Ley le corresponde al Ministerio de Educación
"diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que
conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo
individual y social; así como planificar y administrar los recursos del sistema educativo
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";
Que mediante el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios se aprobó la estructura
orgánico funcional del Poder Ejecutivo, contemplándose al Ministerio de Educación;
Que le corresponde a la Dirección General Planeamiento Educativo asistir al Ministerio
en el diseño, implementación y evaluación de la política educativa para la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, evaluar la pertinencia de planes, cursos y postítulos, y
diseñar, así como proponer la currícula educativa de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que a través de la Resolución N° 734-MEGC/10 y sus modificatorias se creó el
Consejo Asesor para la Evaluación de Planes de Estudio, Postítulos Docentes y
Cursos de Capacitación Docente, y se aprobaron los criterios y el procedimiento para
la aprobación de los referidos planes;
Que la Resolución N° 11-MEGC/17 modificó la citada resolución en cuanto a los
procedimiento para la aprobación o modificación de planes de estudio,
correspondientes a los establecimientos de los niveles de Educación Inicial, de
Educación Primaria y de Educación Secundaria, y para la aprobación de planes de
estudio, solicitud de incorporación o adecuación de los planes vigentes,
correspondientes a los establecimientos educativos de nivel secundario, los cuales
quedaron establecidos en los Anexos II y III que forman parte integrante de la citada
Resolución;
Que en razón de la modificación de la estructura orgánico funcional del Ministerio de
Educación, y con el objeto de que las áreas correspondientes intervengan en la
aprobación de los planes de estudio, devino necesaria la modificación de la
Resolución N° 11-MEGC/17 y de los procedimientos allí fijados para la evaluación,
aprobación y modificación de los planes de estudio de los diversos niveles y
modalidades del sistema educativo;
Que, en ese sentido, la Resolución N° 3.181-GCABA-MEDGC/20, y su modificatoria
1.108-GCABAMEDGC/22, creó la "Comisión Evaluadora de Cursos de Desarrollo
Profesional Docente y Postítulos Docentes" bajo la órbita de la Unidad de
Coordinación del Sistema de Formación Docente, y aprobó los "Lineamientos y
procedimientos generales de planificación y evaluación de los Cursos de Desarrollo
Profesional Docente y Postítulos Docentes";
Que, a su vez, la Resolución 3.099-GCABA-MEDGC/21 creó la Comisión Evaluadora
para la evaluación de Planes de Estudio de Nivel Superior Técnico Profesional, Socio
Humanístico y Artístico, y de Formación Profesional Inicial y Continua, bajo la órbita de
la Subsecretaria Agencia de Aprendizaje a lo Largo de la Vida, y aprobó el
procedimiento para la tramitación y aprobación de Planes de Estudio de Nivel Superior
Técnico Profesional, Socio Humanístico y Artístico, y de Formación Profesional Inicial
y Continua de gestión estatal y de gestión privada;
Que en este orden, la Dirección General Planeamiento Educativo propicia la creación
de la Comisión Evaluadora de Planes de Estudios de Nivel Inicial, Primario y
Secundario, bajo la órbita de la mencionada Dirección General de conformidad con lo
establecido en el Anexo I (IF-2023-07441036-GCABA-DGPLEDU) que acompaña a las
presentes;
Que en este este orden, corresponde aprobar el Procedimiento para la aprobación de
planes de estudio, solicitud de incorporación, correspondientes a los establecimientos
educativos de nivel inicial, primario o secundario, de cualquier modalidad de gestión
estatal y de gestión privada de acuerdo a lo previsto en el Anexo II (IF-2023-
07441724-GCABA-DGPLEDU) que acompaña a las presentes;
Que, asimismo, resulta pertinente encomendar a la Dirección General Planeamiento
Educativo en el marco de sus competencias, dictar las normas complementarias y/o
aclaratorias que sean necesarias para el cumplimiento de la presente;
Que en virtud de la creación propiciada corresponde dejar sin efecto la Resolución N°
11-MEGC/17;
Que las Subsecretarías de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa y, de
Carrera Docente y las Direcciones Generales Planeamiento Educativo, Educación de
Gestión Estatal y, Educación de Gestión Privada brindaron su conformidad;
Que la implementación de la presente no implica mayor erogación presupuestaria;
Que la Dirección General Coordinación Legal e Institucional tomó debida intervención
en el trámite.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Déjase sin efecto la Resolución N° 11-MEGC/17.
Artículo 2°.- Créase la "Comisión Evaluadora de Planes de Estudios de Nivel Inicial,
Primario y Secundario" bajo la órbita de la Dirección General Planeamiento Educativo,
de conformidad con lo establecido en el Anexo I (IF-2023-07441036-GCABA-
DGPLEDU), el que a todos los efectos forma parte de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Apruébase el "Procedimiento para la aprobación de Planes de Estudio y
solicitud de incorporación, correspondientes a los establecimientos educativos de Nivel
Inicial, Primario o Secundario, de cualquier modalidad de Gestión Estatal y de Gestión
Privada", de conformidad con lo establecido en el Anexo II (IF2023-07441724-GCABA-
DGPLEDU), el que a todos los efectos forma parte de la presente Resolución.
Artículo 4°.- Encomiéndase a la Dirección General Planeamiento Educativo en el
marco de sus competencias, a dictar las normas complementarias y/o aclaratorias que
sean necesarias para la implementación de la presente medida.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa y
a las Direcciones Generales Planeamiento Educativo, Educación de Gestión Estatal y,
Educación de Gestión Privada y a las Direcciones Escuelas Normales Superiores y,
Educación Artística. Cumplido, archívese. Acuña