RESOLUCIÓN 11 2017 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
ESTABLECE ATRIBUCIONES Y FUNCIONES - CONSEJO ASESOR - EVALUACIÓN DE PLANES DE ESTUDIO - POSTÍTULOS DOCENTES - CURSOS DE CAPACITACIÓN DOCENTE - APRUEBA PROCEDIMIENTO - APROBACIÓN - PLANES DE ESTUDIO O MODIFICACIÓN DE VIGENTES - ESTABLECIMIENTOS NIVELES DE EDUCACIÓN INICIAL - PRIMARIA Y DE EDUCACIÓN SUPERIOR - MODALIDAD EDUCACIÓN TÉCNICO SUPERIOR - GESTIÓN ESTATAL Y PRIVADA - PROYECTOS - CURSOS DE CAPACITACIÓN DOCENTE - DIRECCIÓN GENERAL DE ESCUELA DE MAESTROS - SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO E INNOVACIÓN EDUCATIVA - DEROGA - ARTÍCULOS 2 - 3 - 4 -5 - 6 -7 - 8 - ANEXOS I - II - III Y IV RESOLUCIONES 734-MEGC-10 - 6 437-MEGC-11 Y 2926- MEGC - 15
Publicación:
11/01/2017
Sanción:
03/01/2017
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
Estado:
No vigente
TEXTO ACTUALIZADO
El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su dictado. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.
Fecha de actualización: 5 de mayo del 2017
VISTO:
Las Leyes N° 33 y N° 5.460, los Decretos N° 363/15 y su modificatorio N° 328/16, las
Resolución N° 734-MEGC/10 y sus respectivas modificatorias N° 6.437-MEGC/11 y
2.926-MEGC/15, N° 255-MEGC/16, N° 263-MEGC/16, N° 3849-MEGC/16, el
Expediente Electrónico N°28138365/SSPLINED/16, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 5.460 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que de acuerdo a la mencionada ley el Ministerio de Educación tiene entre sus
objetivos diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas
educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al
desarrollo individual y social y promover la formación y jerarquización profesional del
personal docente;
Que la Ley N° 33 dispone que todo nuevo plan de estudios o de cualquier modificación
a ser aplicada en los contenidos o carga horaria de los planes de estudios vigentes en
los establecimientos educativos de cualquier nivel, modalidad y tipo de gestión
dependientes o supervisados por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, para lograr validez, deberán estar sujetos a la aprobación de este Ministerio;
Que es objetivo del Ministerio de Educación desarrollar acciones que conlleven al
mejoramiento de la calidad de la enseñanza y de las propuestas formativas;
Que mediante el Decreto N° 363/15 se aprobó la nueva estructura orgánico funcional
dependiente del Poder Ejecutivo del GCABA, creándose la Subsecretaria de
Planeamiento e Innovación Educativa en el ámbito de este Ministerio;
Que a través del Decreto N° 328/16 se modifica parcialmente la estructura organizativa
del Ministerio de Educación y se establecen las responsabilidades primarias y
acciones correspondientes al Régimen Gerencia, determinándose las competencias
asignadas a la Subsecretaria de Planeamiento e Innovación Educativa y los
organismos de su dependencia.
Que a la Subsecretaria de Planeamiento e Innovación Educativa le compete, entre
otras, asistir a este Ministerio en el diseño, la implementación y la evaluación de la
política educativa para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, diseñar y proponer la
currícula educativa, evaluar y supervisar las instancias de capacitación docente, como
asimismo, evaluar y ofrecer alternativas de capacitación en las distintas temáticas a
todos los docentes a fin de contribuir a su desarrollo profesional;
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1° de la Resolución N° 263-MEGC/16,
rectificada por la Resolución N° 3849-MEGC/16 se delega, a favor de la Subsecretaria
de Planeamiento e Innovación Educativa, el ejercicio de las competencias enumeradas
en el Anexo I, Punto 1, respecto de la aprobación de cursos, títulos y Postítulos, entre
otras;
Que para la aprobación de nuevos planes de estudio o modificación de los vigentes,
en los establecimientos educativos de cualquier nivel, modalidad y tipo de gestión
dependientes o supervisados por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
se requiere para su evaluación la intervención de un Consejo Asesor a tales fines,
siguiéndose el procedimiento que la normativa establece;
Que a tales efectos, a través de la Resolución N° 734-MEGC/10 y sus modificatorias
se creó el Consejo Asesor para la Evaluación de Planes de Estudio, Postítulos
Docentes y Cursos de Capacitación Docente en el ámbito de la entonces
Subsecretaría de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica;
Que por conducto de la Resolución N° 255-MEGC/16 se establece que el Consejo
Asesor ut supra citado pasará a depender de la órbita de la Subsecretaria de
Planeamiento e Innovación Educativa mencionada;
Que por otra parte, mediante las Resoluciones Nros. 6.437-MEGC/11 y 2.926-
MEGC/15 se modificaron diversos aspectos atinentes a la integración y funciones del
Consejo Asesor precedentemente mencionado y se reformularon los procedimientos
para la aprobación de planes de estudio o modificación de los vigentes, para los
proyectos de Postítulos Docentes y para los Cursos de Capacitación Docente,
incorporándose también, el circuito de trámite para planes correspondientes a la
educación secundaria, conforme se detalla en sus respectivos Anexos I, II, III y IV
respectivamente;
Que en tal sentido, resulta necesario introducir modificaciones en la normativa vigente,
en conformidad a las misiones y responsabilidades atribuidas a la Subsecretaria de
Planeamiento e Innovación Educativa, orbita de la cual depende el Consejo Asesor
para la Evaluación de Planes de Estudio, Postítulos Docentes y Cursos de
Capacitación Docente, toda vez que a dicho organismo se le ha atribuido la
competencia específica para analizar y evaluar técnicamente los proyectos de planes
de estudios o sus modificaciones;
Que la implementación de la presente no implica mayor erogación presupuestaria;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención que le compete.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Establézcase que el Consejo Asesor para la Evaluación de Planes de
Estudio, Postítulos Docentes y Cursos de Capacitación Docente creado por el artículo
1° de la Resolución N° 734-MEGC/10, dependiente de la Subsecretaria de
Planeamiento e Innovación Educativa, estará integrada y tendrá las atribuciones y
funciones, en conformidad con el Anexo I (IF-2016-28190914-SSPLINED), el que a
todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Apruébase el procedimiento para la aprobación de planes de estudio o
modificación de los vigentes, correspondientes a los establecimientos de los niveles de
Educación Inicial, de Educación Primaria y de Educación Superior en la modalidad de
Educación Técnico Superior, de Educación de Gestión Estatal y de Gestión Privada,
dependientes o supervisados por el Ministerio de Educación, conforme se detalla en el
Anexo II (IF-2016-2813865-SSPLINED), que a todos sus efectos forma parte
integrante de la presente.
Artículo 3°.- Apruébase el procedimiento para la aprobación de planes de estudio,
solicitud de incorporación o adecuación de los planes vigentes, correspondientes a los
establecimientos educativos de nivel secundario, de cualquier modalidad y tipo de
gestión, dependientes o supervisados por el Ministerio de Educación de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, conforme se detalla en el Anexo III (IF-2017-92740-
SSPLINED), que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.
Artículo 4°.- Apruébase el procedimiento para la aprobación de proyectos de postítulos
docentes, de acuerdo con lo dispuesto en el Anexo IV (IF-2016-28191343-SSPLINED),
que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.
Artículo 5°.- Apruébase el procedimiento para la aprobación de cursos de capacitación
docente, de acuerdo con lo dispuesto en el Anexo V (IF-2016-28191504-SSPLINED),
que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.
Artículo 6°.-Autorízase a la Dirección General de Escuela de Maestros, dependiente de
la Subsecretaria de Planeamiento e Innovación Educativa, al dictado de cursos de
capacitación docente, los que deberán ajustarse a lo dispuesto en el Anexo V de la
presente Resolución.
Artículo 7°.- Derogánse los artículos 2°, 3°, 4°, 5°, 6°,7° y 8° y los Anexos I, II, III y IV
de la Resolución 734-MEGC/10 y las Resoluciones N° 6.437-MEGC/11 y la N° 2.926-
MEGC/15, con sus correspondientes Anexos.
Artículo 8°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a las Subsecretarías de Planeamiento e Innovación Educativa, de
Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa y de Carrera Docente, a las
Direcciones Generales de Planeamiento Educativo, de Educación de Gestión Estatal,
de Educación de Gestión Privada, de Educación Superior y de Coordinación Legal e
Institucional y, para su conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones de
Educación Inicial, de Educación Primaria, de Educación Media, de Educación Técnica,
de Educación Artística, de Formación Técnica Superior; a la Gerencia Operativa de
Currículum, a la Comisión Permanente de Anexo de Títulos y Cursos de Capacitación
y Perfeccionamiento Docente y a la Escuela de Maestros. Cumplido, archívese. Acuña