DISPOSICIÓN 93 2023 DIRECCION GENERAL PROMOCION DEL LIBRO, BIBLIOTECAS Y LA CULTURA

Síntesis:

APRUEBA - REGLAMENTO INTERNO - FERIA DE LAS TRADICIONES POPULARES ARGENTINAS - FERIA DE MATADEROS - FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN - ACTA DE EVALUACIÓN - DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DEL LIBRO, BIBLIOTECAS Y LA CULTURA

Publicación:

02/06/2023

Sanción:

30/05/2023

Organismo:

DIRECCION GENERAL PROMOCION DEL LIBRO, BIBLIOTECAS Y LA CULTURA


VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.588), los Decretos Nros.

3186/86, 831/97, 871/01, 1632/05, 350/06 y 463/19, y sus modificatorios, las

Resoluciones Nros. 102/96 S.C. y 7- SSGCULT/23, el Expediente Electrónico N°

16146966-GCABA-DGPLBC/23, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.588) de Ministerios del Gobierno

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, determina que el Jefe de Gobierno es

asistido en sus funciones por los ministros, de conformidad con las facultades y

responsabilidades que le fueran conferidas por la misma, contemplando al Ministerio

de Cultura;

Que por Decreto N° 107/22 se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del

Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando

dentro del Ministerio de Cultura a la Subsecretaría de Gestión Cultural, estableciendo

bajo su órbita a la Dirección General Promoción del Libro, Bibliotecas y la Cultura;

Que el Decreto N° 3186/86 creó en Mataderos la Feria de las Tradiciones Populares

Argentinas, cuya gestión fue encomendada a la entonces Secretaría de Cultura;

Que, mediante el Decreto N° 831/97, se creó la Unidad de Proyectos Especiales

(UPE) Ferias de Buenos Aires, y por Decreto N° 871/01, se incorporó dentro de su

ámbito de aplicación y control a la Feria de las Tradiciones Populares Argentinas;

Que posteriormente, por el artículo 1° del Decreto N° 1632/05 se suprimió la

mencionada UPE, transfiriéndose su patrimonio, el personal y presupuesto a la

entonces Dirección General de Promoción Cultural;

Que por el artículo 2° del Decreto N° 1632/05, se estableció a la entonces

Subsecretaría de Gestión e Industrias Culturales como autoridad de aplicación y

control de la normativa vigente, para el funcionamiento de la Feria de Mataderos;

Que mediante Decreto N° 350/06, y sus modificatorios, se aprobó la estructura

organizativa dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, suprimiéndose la Subsecretaría de Gestión e Industrias Culturales

perteneciente a la entonces Secretaría de Cultura, siendo esta reemplazada por la

Subsecretaría de Gestión Cultural dependiente del Ministerio de Cultura;

Que por Decreto N° 463/19, y sus modificatorios, se aprobó una nueva estructura

orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, suprimiéndose la Dirección General de Promoción

Cultural y siendo reemplazada por la Dirección General de Promoción del Libro

Bibliotecas y la Cultura, transfiriéndose parte de sus responsabilidades primarias, entre

ellas, la supervisión de las actividades de la Feria de Mataderos;

Que por Resolución N° 7-SSGCULT/23, la Subsecretaría de Gestión Cultural delegó

en la Dirección General de Promoción del Libro Bibliotecas y la Cultura las

competencias de aplicar y controlar, organizar y fiscalizar, y aprobar las disposiciones

concernientes al funcionamiento y ejecución de la Feria de las Tradiciones Populares

Argentinas;

Que, a los fines de actualizar la normativa existente, esta Dirección General propicia

una nueva reglamentación de las cuestiones operativas internas de la Feria de las

Tradiciones Populares Argentinas por el organismo competente;

Que, la Procuración General de la Ciudad ha tomado intervención de conformidad con

las disposiciones de la Ley N° 1.218 (texto consolidado por Ley N° 6.588);

Que, atento lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA DIRECTORA GENERAL DE PROMOCIÓN DEL LIBRO,

BIBLIOTECAS Y LA CULTURA

DISPONE

Artículo 1°.- Apruébase el Reglamento Interno de la Feria de las Tradiciones Populares

Argentinas establecido en el Anexo I (IF-2023-20858405-GCABA-DGPLBC) que forma

parte integrante de la presente norma.

Artículo 2°.- Apruébese el Formulario de inscripción establecido en el Anexo II (IF-

2023-20858816-GCABA-DGPLBC) que forma parte integrante de la presente norma.

Artículo 3°.- Apruébese el Acta de Evaluación establecida en el Anexo III (IF-2023-

20859109-GCABA-DGPLBC) que forma parte integrante de la presente norma.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Cuidad Autónoma de Buenos Aires

y, para su conocimiento y demás efectos comuníquese al Ministerio de Cultura.

Cumplido, archívese. Artunduaga


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6633- ANEXO I

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6633- ANEXO II

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6633- ANEXO III

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Artículo 1° de la Disposición  N.º 142-DGPLBC/23, aprueba la conformación de la Comisión Técnica correspondiente a la Feria de Tradiciones Populares Argentinas, en el marco de la Disposición N° 93-DGPLBC/23.</p>
INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 93-DGPLBC/23 aprueba el Reglamento Interno de la Feria de las Tradiciones Populares Argentinas, la cual fuera creada por el Decreto N° 3186/86.</p>
INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 93-DGPLBC/23 aprueba el Reglamento Interno de la Feria de las Tradiciones Populares Argentinas, en el marco de la delegación establecida en la Resolución N° 93-DGPLBC/23.</p>