RESOLUCIÓN 4294 2004 SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
FACULTA A LA DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES A REALIZAR INCORPORACIONES, BAJAS Y MODIFICACIONES DEL CATÁLOGO GENERAL DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - APRUEBA EL PROCEDIMIENTO PARA ALTAS DE BIENES Y SERVICIOS
Publicación:
07/01/2005
Sanción:
24/12/2004
Organismo:
SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS
Visto el Decreto N° 873/04 (B.O. N° 1950), por el cual se ratificó el Convenio de Cooperación técnica y cesión gratuita de los programas, fuente y la documentación asociada correspondiente al Sistema de Identificación de Bienes y Servicios de Utilización Común, y
CONSIDERANDO:
Que en el presente caso se han cumplimentado las pautas establecidas en las disposiciones contenidas en el Decreto antes mencionado;
Que, la inminente implementación del SIGAF en el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires requiere otorgar al actual procedimiento administrativo una nueva forma de otorgar bajas, altas, realizar modificaciones o convalidar actualizaciones;
Por ello y en uso de las facultades otorgadas por el Decreto N° 615/93,
Artículo 1° - Facúltase a la Dirección General de Compras y Contrataciones a través de las normas pertinentes a realizar las correspondientes incorporaciones, bajas y modificaciones del Catálogo General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el sistema denominado SIGAF.
Artículo 2° - Apruébase el Procedimiento para Altas de Bienes y/o Servicios que se agrega como Anexo I y que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Secretaría de Hacienda y Finanzas y a la Dirección General de Compras y Contrataciones, cumplido, archívese.
ANEXO
ANEXO I
Procedimiento para Altas de Bienes y/o Servicios
1. Un usuario de una jurisdicción realiza una consulta en el Catálogo de Bienes y Servicios desde el Sistema SIGAF o directamente desde el administrador del Catálogo por Internet.
2. En el caso de no hallar el bien o servicio solicitado, el usuario utilizará la opción Solicitud de Actuación donde ingresará la máxima descripción a su alcance del producto o servicio mediante un formulario de opciones.
3. Dicha solicitud será entonces enviada vía correo electrónico a la Oficina de Catalogación de la Dirección General de Compras y Contrataciones, en donde se confirmará la ausencia del item en el Catálogo.
4. Si la clasificación del item requiere la participación de especialistas (como en el caso de la Secretaría de Salud o de la Dirección General de Sistemas de Información) la solicitud será remitida al área correspondiente a los efectos de proceder a lo que se denomina la nomenclatura del item, procedimiento que deberá ser realizado dentro de las 36 horas de la recepción.
5. El especialista define correctamente el bien o servicio, y lo ingresa al sistema en el estado nomenclado, quedando registrado automáticamente en la lista de items a catalogar.
6. La oficina de Catalogación de la Dirección General de Compras y Contrataciones procede a catalogar el item, informando a la jurisdicción solicitante del resultado de la actuación dentro de un plazo de 72 horas a partir de la recepción de la Solicitud.