RESOLUCIÓN 4541 2023 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

DELEGACION DE FACULTADES - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS - PROMOCIONAR DE GRADO  AGENTES COMPRENDIDOS -  ACTAS DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA N° 17-13 -  N° 16-19 Y N° 19-22 - AGRUPAMIENTO - CATEGORÍA - TRAMO - AL 31 DE MAYO DE 2023  -  PROMOCIONES DE GRADO A EFECTIVIZARSE EL 1° DE JUNIO DE 2023 - PERÍODO COMPRENDIDO - AÑOS 2020, 2021 Y 2022.

Publicación:

03/07/2023

Sanción:

28/06/2023

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 6.292 (textos consolidados por Ley N° 6.588), el

Decreto N° 463/19 y modificatorios, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97

(texto consolidado por Ley N° 6.588), las Actas de Negociación Colectiva Nros. 17/13,

(texto consolidado por Resolución N° 2.026-GCABA- MHFGC/22), 14/17,

instrumentada por Resolución N° 2.671-GCABA-MHGC/17, y 16/19 y modificatoria,

instrumentada por Resolución N° 2.675-GCABA-MEFGC/19 y 19/22, instrumentada

por Resolución 5620- GCABA-MHFGC/22, el Expediente Electrónico N° 23166471-

GCABA-DGDSCIV/23 y,

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 471 se sancionó el Régimen de Relaciones Laborales en la

Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 46 de la citada Ley establece los principios a los que debe sujetarse la

carrera administrativa, entre los cuales se encuentran la capacitación, desarrollo y

crecimiento personal, profesional y cultural, y la evaluación de desempeño anual de

los/as trabajadores/as;

Que mediante Acta de Negociación Colectiva N° 17/13, se aprobó la Carrera de la

Administración Pública aplicable al personal del Escalafón General de la Planta

Permanente de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires dependiente del Poder Ejecutivo, al personal del Escalafón General de

los Cuerpos Artísticos, Escenotécnicos y de Servicios Auxiliares, comprendidos en el

Anexo IV del Decreto N° 671/MCBA/92, modificado por el Decreto N°1.880/MCBA/92,

y al personal dependiente de las comunas estableciendo, al propio tiempo en el

artículo 41, los requisitos necesarios para la promoción horizontal del/de la agente al

grado inmediato superior dentro del mismo agrupamiento, categoría y tramo en el que

revista;

Que a los fines de reglamentar lo dispuesto en el artículo citado precedentemente, por

medio del Acta de Negociación Colectiva N° 14/17, instrumentada por Resolución N°

2.671-GCABA-MHGC/17, se establecieron los lineamientos generales de la promoción

de grado aplicables al personal comprendido en dicho escalafón, como así también se

aprobó el sistema de créditos de capacitación y equivalencias;

Que por otro lado, el Acta de Negociación Colectiva N° 16/19 y modificatoria,

instrumentada por Resolución N° 2.675-GCABA-MEFGC/19, creó la Carrera de

Enfermería y Especialidades Técnico Profesionales de la Salud, aplicable al personal

que se desempeña en el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

dependiente del Poder Ejecutivo, estableciendo en su artículo 14 los requisitos

necesarios para la promoción del/ de la agente al grado inmediato superior dentro de

la categoría y tramo escalafonario en el que revista;

Que, por su parte, en la Cláusula Novena de las Cláusulas Transitorias del Anexo I del

Acta citada precedentemente se acordó que se mantendrán vigentes las normas

reglamentarias, complementarias y accesorias del Acta de Negociación Colectiva N°

17/13, hasta tanto las mismas se readecúen en los términos de la Carrera de

Enfermería y Especialidades Técnico Profesionales de la Salud;

Que por Acta N° 19/22, instrumentada por Resolución N° 5.620-GCABA-MHFGC/22,

se creó la Carrera de Profesionales de Enfermería, aplicable al personal que se

desempeña como Licenciados/das en enfermería, Técnicos/cas en enfermería y

Auxiliares de enfermería en el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 17 de la Ley N° 6.292 dispone que el Ministerio de Hacienda y

Finanzas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es la autoridad de

aplicación en materia de carrera administrativa, así como el régimen gerencial, o

cualquier régimen especial establecido en la Ley N° 471 y modificatoria;

Que por Decreto N° 463/19 y modificatorios, se establece entre las responsabilidades

primarias de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos: "Entender en las

políticas de administración de los recursos humanos del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires...", "Entender en el diseño y desarrollo de las carreras del

personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires...";

Que, a la luz de los principios de celeridad, economía, sencillez y eficacia de los

trámites consagrados en la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires aprobada por el Decreto de Necesidad y Urgencia N°

1.510/97, se considera pertinente delegar en la Subsecretaría de Gestión de Recursos

Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, la facultad de

promocionar de grado a los/las agentes comprendidos/as en el ámbito de aplicación

del Acta de Negociación Colectiva N° 17/13, dentro del mismo agrupamiento,

categoría y tramo escalafonario que revistan al 31 de mayo de 2023, y a los/las

agentes alcanzados/as por el Acta de Negociación Colectiva N° 16/19 y modificatoria,

dentro de la categoría y tramo escalafonario que revistan al 31 de mayo de 2023 y a

los/las agentes alcanzados/as por el Acta de Negociación Colectiva 18/22 dentro de la

categoría y tramo escalafonario que revistan al 31 de mayo de 2023, conforme los

lineamientos del Acta de Negociación Colectiva N° 14/17.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 17 de la Ley N° 6.292,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Delegar en la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos,

dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, la facultad de promocionar de

grado a los/las agentes comprendidos/as en el ámbito de aplicación del Acta de

Negociación Colectiva N° 17/13 (Texto Consolidado por Resolución N° 2.026-GCABA-

MHFGC/22), dentro del mismo agrupamiento, categoría y tramo que revistan al 31 de

mayo de 2023.

Artículo 2°.- Delegar en la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos,

dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, la facultad de promocionar de

grado a los/las agentes comprendidos/as en el ámbito de aplicación del Acta de

Negociación Colectiva N° 16/19 y modificatoria, instrumentada por Resolución N°

2.675-GCABA-MEFGC/19, dentro de la categoría y tramo que revistan al 31 de mayo

de 2023.

Artículo 3°.- Delegar en la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos,

dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, la facultad de promocionar de

grado a los/las agentes comprendidos/as en el ámbito de aplicación del Acta de

Negociación Colectiva N° 19/22, instrumentada por Resolución N° 5620-GCABA-

MHFGC/22, dentro de la categoría y tramo que revistan al 31 de mayo de 2023.

Artículo 4°.- Las delegaciones establecidas en los artículos 1°, 2° y 3° de la presente

sólo tendrán lugar en aquellas promociones de grado a efectivizarse el 1° de junio de

2023 respecto al período comprendido por los años 2020, 2021 y 2022.

Artículo 5°.- Las promociones de grado que se realicen en el marco de la presente

delegación serán notificadas a los/las agentes alcanzados/as por las mismas por el

medio que a tal fin determine la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos.

Artículo 6°.- Disponer, que las presentaciones que puedan surgir por parte de los/as

agentes alcanzados/as a partir de la presente, deberán encausarse conforme el

procedimiento administrativo que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos

establezca a tales fines.

Artículo 7°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su

conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Gestión de Recursos

Humanos, y a las Direcciones Generales Administración y Liquidación de Haberes,

Desarrollo del Servicio Civil, y Técnica, Administrativa y Legal dependientes del

Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Mura

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 3° de la Resolucion N° 4541-MHFGC-23 delega en la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos,<br />dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, la facultad de promocionar de<br />grado a los-las agentes comprendidos/as en el ámbito de aplicación del Acta de<br />Negociación Colectiva N° 19/22, instrumentada por Resolución N° 5620-GCABA-MHFGC/22, dentro de la categoría y tramo que revistan al 31 de mayo de 2023.<br /> </p>
INTEGRA
<p>Artículo 2°de la Resolucion N° 54541-MHFGC-23 delega en la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos,dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, la facultad de promocionar de grado a los-las agentes comprendidos/as en el ámbito de aplicación del Acta de<br />Negociación Colectiva N° 16/19 y modificatoria, instrumentada por Resolución N°<br />2.675-GCABA-MEFGC/19, dentro de la categoría y tramo que revistan al 31 de mayo de 2023<br /> </p>
INTEGRA
<p>Artículo 1°.de la Resolucion N° 4541-MHFGC-23 delega en la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos,dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, la facultad de promocionar de grado a los-las agentes comprendidos/as en el ámbito de aplicación del Acta de Negociacion Colectiva N° 17/13, dentro del mismo agrupamiento, categoría y tramo que revistan al 31 de mayo de 2023.<br /> </p>