RESOLUCIÓN 4329 2004 SECRETARIA DE EDUCACION
Síntesis:
ESTABLECE LA VIGENCIA DE PLANES DE ESTUDIOS - ÁREA DE EDUCACIÓN ARTÍSTICA
Publicación:
19/01/2005
Sanción:
24/12/2004
Organismo:
SECRETARIA DE EDUCACION
Visto la Carpeta N° 4.962-SED/04, la Resolución N° 1.534-SED/04, y;
CONSIDERANDO:
Que por medio de la mencionada norma se han ordenado los planes de estudio vigentes en los establecimientos de la Dirección del Área de Educación Artística;
Que a posteriori del dictado de la misma se aprobaron o modificaron otros diseños y contenidos curriculares, para cumplir con objetivos puntuales en acciones elaboradas por la Dirección de Educación Artística conjuntamente con la Dirección de Currícula dependiente de la Dirección General de Planeamiento;
Que en cumplimiento de las atribuciones que le fueron conferidas a la Dirección de Área de Educación Artística, la misma aconseja la aplicación de dichas normas a partir del ciclo lectivo 2004;
Que de acuerdo con lo informado por la Dirección General de Coordinación Financiera y Contable, la propuesta que se aprueba no implica ningún incremento presupuestario, imputándose el monto correspondiente de la estructura de los cursos a la Partida 1.1 Personal Permanente;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete;
Por ello,
Artículo 1° - Establécese la vigencia de los planes de estudio aprobados por las Resoluciones Nros. 645-SED/04, 647-SED/04 y 1.047-SED/04 (y su modificatoria N° 3.846-SED/04), a partir del presente ciclo lectivo 2004.
Artículo 2° - Dispónese que el plan aprobado por la Resolución Nros. 1.047-SED/04 (y su modificatoria N° 3.846-SED/04)se incluirá en las prestaciones de la Escuela de Danzas Aída V. Mastrazzi, dejándose sin efecto la inclusión en las prestaciones de la Escuela de Danzas N° 1.
Artículo 3° - Déjase sin efecto en la Resolución N° 1.534-SED/04 la parte pertinente de su Anexo I exclusivamente en cuanto refiere a los planes que se aprueban por las resoluciones mencionadas en el artículo 1°, a partir del presente ciclo lectivo 2004.
Artículo 4° - Encomiéndase a la Dirección General de Planeamiento y a la Dirección del Área de Educación Artística que en forma conjunta con la comunidad educativa, efectúen el seguimiento y evaluación de lo aprobado en el artículo 1° de la presente Resolución.
Artículo 5° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese por copia a las Subsecretaría de Coordinación de Recursos y Acción Comunitaria y de Educación, a las Direcciones Generales de Educación, de Coordinación Financiera y Contable y de Coordinación Legal e Institucional y a la Dirección del Área de Educación Artística. Cumplido, archívese.