ORDENANZA 42511 1987

Síntesis:

AUTORIZA AL DEPARTAMIENTO EJECUTIVO PARA DISPONER EL APROVECHAMIENTO DE LOS ATAUDES DE MADERA EN BUEN USO PROVENIENTES DE CREMACIONES

Publicación:

12/01/1988

Sanción:

04/12/1987

Organismo:

CONCEJO DELIBERANTE

Promulgación:

28/12/1987

Estado:

No vigente


EL HONORABLE CONCEJO DELIBERNATE DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA:

Artículo 1° - Autorízase al Departamento Ejecutivo para disponer el aprovechamiento de los ataúdes de madera en buen uso, provenientes como consecuencia de la cremación de los respectivos cadáveres, destinándolos al transporte de los restos no reclamados de personas fallecidas en los hospitales municipales, como asimismo para ser utilizados en los servicios gratuitos que realiza la Municipalidad a través de la Secretaría de Salud Pública y Medio Ambiente y la Secretaria de Gobierno.

Art. 2° - La Dirección General de Cementerios, previo al destino establecido, dispondrá la desinfección que se repetirá en cada caso de los ataúdes.

Art. 3° - El Departamento Ejecutivo podrá entregar sin cargo a la Morgue Judicial, ataúdes del sobrante de los que no sean necesarios para el municipio en las condiciones estipuladas en los artículos 1° y 2° de la presente ordenanza.

Art. 4°- El Departamento Ejecutivo podrá disponer de 193 cajas metálicas, previa desinfección que se efectuará en el Crematorio del Cementerio de la Chacarita.

Art. 5° - Derógase la Ordenanza N° 13.577.

Art. 6° - Derógase el Decreto N° 122-972.

Art. 7° - Comuníquese, etcétera..

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
Artículo 143 de la Ley 4977, deroga la Ordenanza 42511.
MODIFICADA POR
<p>Art. 8 de la Ley 1637, modifica los artículos 1 y 2 de la Ordenanza 42511.</p>
PROMULGADA POR
Dto. 8.444-87 promulga Ord. N° 42.511- Autoriza al Dpto. Ejecutivo para disponer de los ataudes provenientes de la cremación de cadáveres
DEROGA
<p>Artículo 5 de la Ordenanza 42511, deroga la Ordenanza 13577.</p>
DEROGA
Artículo 6 de la Ordenanza 42511, deroga el Decreto 122/1972.