DISPOSICIÓN 22 2023 DIRECCION GENERAL DISENO E IMPLEMENTACION
Síntesis:
DEJA SIN EFECTO LA DISPOSICIÓN N° 18-DGDEI-22 - PROTOCOLO DE EXIGENCIAS A LOS INSTRUCTORES DE ESCUELAS DE CONDUCIR - DA LUGAR A LA IMPLEMENTACIÓN DE LO OBRANTE EN LA RESOLUCIÓN N° 435-SECTOP-2023 - PROTOCOLO DE IMPLEMENTACIÓN CÓDIGO QR - DIRECCION GENERAL DE DISEÑO E IMPLEMENTACIÓN
Publicación:
03/08/2023
Sanción:
01/08/2023
Organismo:
DIRECCION GENERAL DISENO E IMPLEMENTACION
VISTO: Las Leyes Nros. 2.148 (Texto consolidado Ley N° 6.588), 6.292 y 6.486, el
Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, la Resolución N° 435/SECTOP/23, la
Disposición N° 18/DGDEI/22 y el EX-2023-28227170-GCABA-DGDEI y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2.148 (texto consolidado Ley N° 6.588) aprobó el Código de Tránsito y
Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante la Ley N° 6.486 se modificó el Código de Tránsito y Transporte de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el Decreto N° 337/20 designó a la Secretaría de Transporte y Obras Públicas
como Autoridad de Aplicación del citado Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aire;
Que la Ley N° 6.292 estableció las competencias de la estructura ministerial del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, situándose a la Secretaría de
Transporte y Obras Públicas bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
Que por Decreto N° 463/19, se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente
del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con las
responsabilidades primarias y objetivos de las unidades de organización integrantes
de este Gobierno, contemplando a la Secretaría de Transporte y Obras Públicas como
dependiente de Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que la Secretaría de Transporte y Obras Públicas, según lo establecido mediante el
citado Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, tiene entre sus responsabilidades
primarias la de "Entender en los aspectos relacionados con el transporte, la circulación
peatonal y vehicular, con base en las políticas de desarrollo económico, ambiental y
social de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; "Entender en la regulación y control
del transporte y el tránsito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"; "Entender en la
planificación, diseño, y regulación referidos a los regímenes de otorgamiento de la
habilitación de transportes y conductores, los cuales deberán ser cumplidos y
verificados por la Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión Comunal";
Que, por intermedio de dicho Decreto, y sus modificatorios se contempló en la órbita
de la Subsecretaría de Planificación de la Movilidad dependiente de la mencionada
Secretaría, a la Dirección General de Diseño e Implementación de quien depende la
Gerencia Operativa de Educación y Convivencia Vial;
Que la Gerencia Operativa de Educación y Convivencia Vial, de conformidad con el
Decreto N° 463/19 y sus modificatorios posee dentro de su descripción de acciones las
potestades de "Establecer y supervisar los requisitos a cumplir por los aspirantes a
obtener su licencia de conductor en relación al conocimiento de la normativa
respectiva y en la idoneidad necesaria en cuanto al manejo de los vehículos", "Diseñar
y supervisar el contenido de los exámenes teóricos y prácticos de los aspirantes a
conductor conforme a la normativa vigente y a las categorías pretendidas", "Diseñar
los cursos de educación vial para la formación de los aspirantes a conductor y para la
renovación de las licencias, de acuerdo con las distintas categorías", "Aprobar la
habilitación del contenido que brindan las escuelas de conductores, en relación a la
currícula de los cursos a dictarse" y "Diseñar, planificar y programar los sistemas de
capacitación continua destinados a los conductores";
Que, mediante la Disposición N° 18/DGDEI/22 se aprobó el "Protocolo de exigencias a
los instructores de Escuelas de Conducir" referido a las características de la matrícula,
a las clases de licencias de los vehículos y a los cursos que deben realizar los
instructores;
Que, a su vez dicha Disposición aprobó ueba el "Protocolo de exigencias a los
vehículos de las Escuelas de Conducir" referido a las exigencias que deben cumplir los
vehículos afectados al desempeño de su actividad;
Que posteriormente por conducto de la Resolución N° 2023-435-GCABA-SECTOP se
aprobó el "Protocolo de exigencias a los instructores de Escuelas de Conducir" referido
a las características de la matrícula, a las clases de licencias de los vehículos y a los
cursos que deben realizar los instructores;aprobar y actualizó los mentados Protocolos
de exigencias, como así también el Protocolo de Implementación del Código QR;
Que, en ese sentido, la Dirección General de Diseño e Implementación por medio de
la Gerencia Operativa de Educación y Convivencia Vial se expidió en los términos del
IF-2023-28318740-GCABA-DGDEI, manifestando la necesidad de ordenar las normas
vigentes en la materia, proponiendo a tal efecto la eliminación de aquellas cuya
permanencia ha sido superada por regulaciones posteriores, a los fines de evitar
conflictos o contradicciones normativas expresas e implícitas entre distintas normas
referidas a un mismo tema.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, conforme lo previsto en el
referido Decreto N° 463/19 y sus modificatorios,
Artículo 1°.- Dejar sin efecto la Disposición N° 18/DGDEI/22 y dar lugar a la
implementación de lo obrante en la Resolución N° 2023- 435-GCABA-SECTOP junto a
sus Anexos I, II y III obrantes en los IF Nros. IF-2023- 26678585- GCABA-DGDEI, IF-
2023-
26678510-
GCABA-DGDEI, e IF-2023-
26678412-
GCABA-DGDEI,
respectivamente.
Artículo 2 °.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y
posteriormente comuníquese a la Secretaria de Transporte y Obras públicas, a la
Subsecretaría de Planificación de la Movilidad, y a la Gerencia de Educación y
Convivencia Vial. Cumplido, archívese. Sanguinetti