RESOLUCIÓN 86 2023 INSTITUTO DE GESTION ELECTORAL
Síntesis:
TRANSFIERE SUMA - A FAVOR DEL JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL N° 1 - COMPETENCIA ELECTORAL - INSTITUTO DE GESTION ELECTORAL - ELECCIONES GENERALES 2023
Publicación:
02/10/2023
Sanción:
25/09/2023
Organismo:
INSTITUTO DE GESTION ELECTORAL
VISTO: La Ley 6.031 (texto consolidado por Ley N° 6.588), el Convenio de
Colaboración N° 9/2007, los Decretos N° 109/2023 y N° 228/2023, la Resolución N°
12/IGE/2023, el Expediente Electrónico N° EX-2023-33787449-GCABA-AJG, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 6.031 creó el Instituto de Gestión Electoral (IGE), como ente autárquico
en el ámbito del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con
personería jurídica pública estatal, autarquía financiera e independencia funcional;
Que dentro de las competencias atribuidas a este Instituto de Gestión Electoral en el
artículo 4° de la Ley N° 6.031, se encuentra la de organizar y administrar el proceso
electoral tomando parte en todas las instancias correspondientes, de acuerdo con lo
previsto en la normativa vigente;
Que por Decreto N° 109/23 se convocó para el 22 de octubre de 2023 al electorado de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a Elecciones Generales para que, en forma
concurrente con las elecciones generales nacionales, para que proceda a la selección,
de Jefe/a de Gobierno, treinta (30) Diputados/as titulares y sus suplentes para integrar
el Poder Legislativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y siete (7) miembros
integrantes titulares y sus suplentes de cada una de las quince (15) Juntas Comunales
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme las previsiones establecidas en el
cuarto párrafo del artículo 60 del Código Electoral - Anexo I de la Ley N° 6.031;
Que posteriormente, a través del Decreto N° 228/2023 se modificó parcialmente el
anterior Decreto N° 109/2023, estableciendo el "...régimen de simultaneidad de
elecciones previstas en la Ley Nacional N° 15.262, para las elecciones generales y
eventual segunda vuelta, las cuales se realizarán con sujeción a dicha Ley y al
régimen electoral nacional";
Que por otra parte, fue suscripto el Convenio N° 9/2007 (IF-2021-18266980-GCABA-
DGTALMJYS) por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Ministerio
del Interior de la Nación, la Cámara Nacional Electoral y el Juzgado Nacional en lo
Criminal y Correccional Federal N° 1 con competencia Electoral en el distrito Capital
Federal, con el objeto de instrumentar las condiciones en que las partes mencionadas
colaboraran mutuamente al momento de llevarse a cabo elecciones en el distrito, sean
simultáneas o exclusivamente locales, como así también la cooperación técnica entre
ellas;
Que uno de los acuerdos establecidos en el mentado Convenio, en su Cláusula
DECIMO SEXTA, se trata de la compensación económica que deberá gestionar el
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a favor del Juzgado Nacional en lo
Criminal y Correccional Federal N° 1 con competencia Electoral en el distrito Capital
Federal, de la Cámara Nacional Electoral y de la Dirección General de Tecnología del
Consejo de la Magistratura de Nación, por las actividades comprendidas en el
documento suscripto por las partes;
Que en tal entendimiento, el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal
N° 1 con competencia electoral en el distrito Capital Federal solicitó, en fecha 17 de
marzo de 2023, la transferencia de fondos, en el marco de lo referido ut supra por la
suma de pesos doscientos ochenta y un millones quinientos treinta y seis mil
trescientos veinte ($ 281.536.320.-), correspondiente a 68.000 horas extraordinarias, lo
cual fue gestionado por este Instituto mediante Resolución N° 12/IGE/2023;
Que en esta oportunidad, el mentado Juzgado Nacional efectuó un nuevo
requerimiento de fondos, por la suma de pesos doscientos cincuenta y ocho millones
cuatrocientos noventa y un mil setecientos cuarenta y cuatro ($ 258.491.744.-),
correspondiente a 62.434 horas extraordinarias y a distribuir de acuerdo a las
necesidades del Juzgado entre horas extraordinarias -para Autoridades, Supervisores
y Ejecutores-, gastos de funcionamiento y otras erogaciones necesarias para la
aplicación del Convenio N° 9/2007, tal y como obra en IF-2023-33790250-GCABA-
AJG.
Que asimismo, el citado tribunal indica que los fondos en cuestión deberán ser
depositados en la Cuenta Corriente del Banco Ciudad de Buenos Aires -Sucursal
Tribunales- N° 4445/7 a nombre de la Secretaría Electoral de Capital Federal (CBU
0290005600000000444578);
Que la erogación de fondos de marras cuenta con el respaldo presupuestario en la
partida presupuestaria respectiva al Ejercicio en vigencia (DOCFI-2023-35824881-
GCABA-IGE);
Que en consecuencia corresponde transferir la suma de pesos doscientos cincuenta y
ocho millones cuatrocientos noventa y un mil setecientos cuarenta y cuatro
($ 258.491.744.-) a favor del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal
N° 1 con competencia electoral en el distrito Capital Federal, al amparo de lo
establecido en el Convenio N° 9/2007 y a lo solicitado por dicho Juzgado Nacional en
fecha 6 de septiembre de 2023 (IF-2023-33790250-GCABA-AJG);
Que, en consecuencia, corresponde dictar el pertinente acto administrativo;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 6.031 (texto consolidado
según Ley N° 6.588),
Artículo 1°: Transfiérase la suma de pesos doscientos cincuenta y ocho millones
cuatrocientos noventa y un mil setecientos cuarenta y cuatro ($ 258.491.744.-) a favor
del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 1 con competencia
electoral en el distrito Capital Federal, al amparo de lo establecido en el Convenio N°
9/2007 y a lo solicitado por dicho Juzgado Nacional en fecha 6 de septiembre de 2023
(IF-2023-33790250-GCABA-AJG);
Artículo 2°: Autorizase a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de
Hacienda y Finanzas a realizar la transferencia ordenada en el artículo 1° a la Cuenta
Corriente del Banco Ciudad de Buenos Aires -Sucursal Tribunales- N° 4445/7 a
nombre de la Secretaría Electoral de Capital Federal (CBU
0290005600000000444578), informada por el Juzgado Nacional en lo Criminal y
Correccional Federal N° 1 con competencia electoral en el distrito Capital Federal en
fecha 6 de septiembre de 2023 (IF-2023-33790250-GCABA-AJG).
Artículo 3°: Impútese el gasto que demande la presente a las partidas presupuestarias
correspondientes al Ejercicio en vigencia.
Artículo 4°: Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, comuníquese al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal
N° 1 con competencia electoral en el distrito Capital Federal, al Ministerio de Hacienda
y Finanzas, y pase a la Dirección General de Contaduría a sus efectos; cumplido,
archívese. Fahey Duarte