RESOLUCIÓN 90 2023 INSTITUTO DE GESTION ELECTORAL

Síntesis:

TRANSFIERE SUMA DE DINERO - CÁMARA NACIONAL ELECTORAL - ATENDER TAREAS - ELECCION GENERAL - 22 DE OCTUBRE DE 2023 - CONVOCADAS MEDIANTE DECRETO NO 109/23

Publicación:

02/10/2023

Sanción:

27/09/2023

Organismo:

INSTITUTO DE GESTION ELECTORAL


VISTO: La Ley 6.031 (texto consolidado por Ley N° 6.588), el Convenio de

Colaboración N° 9/2007, los Decretos N° 109/2023 y N° 228/2023, la Resolución N°

86/IGE/2023, el Expediente Electrónico N° EX-2023- 36213153-GCABA-IGE, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 6.031 creó el Instituto de Gestión Electoral (IGE), como ente autárquico

en el ámbito del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con

personería jurídica pública estatal, autarquía financiera e independencia funcional;

Que dentro de las competencias atribuidas a este Instituto de Gestión Electoral en el

artículo 4° de la Ley N° 6.031, se encuentra la de organizar y administrar el proceso

electoral tomando parte en todas las instancias correspondientes, de acuerdo con lo

previsto en la normativa vigente;

Que por Decreto N° 109/23 se convocó para el 22 de octubre de 2023 al electorado de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a Elecciones Generales para que, en forma

concurrente con las elecciones generales nacionales, para que proceda a la selección,

de Jefe/a de Gobierno, treinta (30) Diputados/as titulares y sus suplentes para integrar

el Poder Legislativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y siete (7) miembros

integrantes titulares y sus suplentes de cada una de las quince (15) Juntas Comunales

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme las previsiones establecidas en el

cuarto párrafo del artículo 60 del Código Electoral - Anexo I de la Ley N° 6.031;

Que posteriormente, a través del Decreto N° 228/2023 se modificó parcialmente el

anterior Decreto N° 109/2023, estableciendo el "...régimen de simultaneidad de

elecciones previstas en la Ley Nacional N° 15.262, para las elecciones generales y

eventual segunda vuelta, las cuales se realizarán con sujeción a dicha Ley y al

régimen electoral nacional";

Que por otra parte, fue suscripto el Convenio N° 9/2007 (IF-2021-18266980-GCABA-

DGTALMJYS) por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Ministerio

del Interior de la Nación, la Cámara Nacional Electoral y el Juzgado Nacional en lo

Criminal y Correccional Federal N° 1 con competencia Electoral en el distrito Capital

Federal, con el objeto de instrumentar las condiciones en que las partes mencionadas

colaboraran mutuamente al momento de llevarse a cabo elecciones en el distrito, sean

simultáneas o exclusivamente locales, como así también la cooperación técnica entre

ellas;

Que el mentado Convenio, en su Cláusula DECIMO SEXTA, trata la compensación

económica que deberá gestionar el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

a favor del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 1 con

competencia Electoral en el distrito Capital Federal, de la Cámara Nacional Electoral y

de la Dirección General de Tecnología del Consejo de la Magistratura de Nación, por

las actividades comprendidas en el documento suscripto por las partes;

Que la citada clausula dispone que, para la Cámara Nacional Electoral, la

compensación económica será el equivalente al cincuenta por ciento (50%) del monto

que perciba el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 1 con

competencia electoral en el distrito Capital Federal para cada elección, sea ésta

exclusivamente local o simultánea.

Que en tal entendimiento, el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal

N° 1 con competencia electoral en el distrito Capital Federal solicitó la transferencia de

fondos en el marco de lo establecido en el Convenio previamente citado, lo que motivo

la aprobación de la Resolución N° 15/IGE/2023, que autorizó la transferencia a favor

de la Cámara Nacional Electoral, por la suma de pesos ciento cuarenta millones

setecientos sesenta y ocho mil ciento sesenta con 00/100 ($ 140.768.160,00),

destinado a atender las tareas relacionadas con las elecciones convocadas

oportunamente.

Que, en fecha 6 de septiembre del corriente año, el Juzgado Nacional en lo Criminal y

Correccional Federal N° 1 con competencia electoral en el distrito Capital Federal

solicitó nuevamente la transferencia de fondos, en el marco de lo referido ut supra por

la suma de pesos doscientos cincuenta y ocho millones cuatrocientos noventa y un mil

setecientos cuarenta y cuatro ($ 258.491.744.-), correspondiente a 62.434 horas

extraordinarias, lo cual fue gestionado por este Instituto mediante Resolución N°

86/IGE/2023;

Que en consecuencia corresponde transferir la suma de pesos ciento veintinueve

millones doscientos cuarenta y cinco mil ochocientos setenta y dos ($ 129.245.872.-) a

favor de la Cámara Nacional Electoral, al amparo de lo establecido en el Convenio N°

9/2007 y en concordancia a lo dispuesto por Resolución N° 86/IGE/2023;

Que la erogación de fondos de marras cuenta con el respaldo presupuestario en la

partida presupuestaria respectiva al Ejercicio en vigencia (DOCFI-2023-36240111-

GCABA-IGE);

Que, por todo lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo;

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 6.031 (texto consolidado

según Ley N° 6.588),

EL DIRECTOR TITULAR

DEL INSTITUTO DE GESTION ELECTORAL

RESUELVE:

Artículo 1°: Transfiérase la suma de pesos ciento veintinueve millones doscientos

cuarenta y cinco mil ochocientos setenta y dos ($ 129.245.872.-) a favor del Cámara

Nacional Electoral, a depositarse en la Cuenta Corriente del Banco Ciudad de Buenos

Aires - Sucursal Tribunales N° 4383/6 a nombre de la Cámara Nacional Electoral -

CBU N° 0290005600000000438364, destinado a atender las tareas relacionadas con

las próximas elecciones convocadas por el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires mediante el Decreto No 109/23, al amparo de lo previsto en el

Convenio N° 9/2007.

Artículo 2°: Facultase a la Dirección General de Contaduría a efectuar la transferencia

autorizada por el anterior artículo.

Artículo 3°: Impútese el gasto que demande la presente a las partidas presupuestarias

correspondientes al Ejercicio en vigencia.

Artículo 4°: Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, comuníquese a la Cámara Nacional Electoral, al Juzgado Nacional en lo

Criminal y Correccional Federal N° 1 con competencia electoral en el distrito Capital

Federal, al Ministerio de Hacienda y Finanzas, y pase a la Dirección General de

Contaduría a sus efectos; cumplido, archívese. Fahey Duarte

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1°  de la Resolución N° 90-IGE/23, transfiere la suma de pesos ciento veintinueve millones doscientos cuarenta y cinco mil ochocientos setenta y dos ($129.245.872.-) a favor del Cámara Nacional Electoral, destinado a atender las tareas relacionadas con las próximas elecciones convocadas por el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires mediante el Decreto No 109/23</p>
INTEGRA
<p>Artículo 1°  de la Resolución N° 90-IGE/23, transfiere la suma de pesos ciento veintinueve millones doscientos cuarenta y cinco mil ochocientos setenta y dos ($129.245.872.-) a favor del Cámara Nacional Electoral, destinado a atender las tareas relacionadas con las próximas elecciones convocadas por el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires mediante el Decreto No 109/23</p>