RESOLUCIÓN 4688 2023 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

CREA - RESIDENCIA ARTICULADA DE ANESTESIOLOGÍA-ANESTESIOLOGÍA PEDIÁTRICA - SISTEMA DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD - DURACIÓN DE CUATRO AÑOS -  ORDENANZA N° 40997 - SISTEMA REMUNERADO DE CAPACITACIÓN DE POSGRADO A TIEMPO COMPLETO CON ACTIVIDAD ASISTENCIAL PROGRAMADA Y SUPERVISADA - MINISTERIO DE SALUD

Publicación:

02/10/2023

Sanción:

27/09/2023

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD


VISTO: La Ordenanza N° 40.997 (texto consolidado por Ley N° 6.588) los Decretos

Nros. 399/13, 463/19 y sus modificatorios, el Expediente Electrónico N° 35917294-

GCABA-DGDIYDP/2023, y

CONSIDERANDO:

Que las Residencias del Equipo de Salud, reguladas por la Ordenanza N° 40.997

(texto consolidado por Ley N° 6.588), constituyen un sistema remunerado de

capacitación de posgrado a tiempo completo, con actividad asistencial programada y

supervisada;

Que por el artículo 4° de la mencionada Ordenanza, se facultó al Departamento

Ejecutivo a crear nuevas residencias, a la modificación de las existentes y a establecer

su tiempo de desarrollo, manteniendo de esta manera actualizado el Sistema de

Residencias;

Que por Decreto N° 399/13 se facultó al/a la titular del Ministerio de Salud a crear y

modificar las residencias del Sistema de Residencias del Equipo de Salud, de Apoyo al

Equipo de Salud y de Enfermería del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, con la previa intervención del entonces Ministerio de Modernización;

Que los objetivos a cargo del Ministerio de Modernización en la época del dictado del

Decreto N° 399/13, respecto a las políticas de administración de los recursos

humanos, se encuentran a partir del Decreto N° 463/19 en cabeza del Ministerio de

Hacienda y Finanzas, correspondiendo entonces su intervención;

Que las residencias con modalidad articulada son ofertas de capacitación que inician

su formación en una especialidad básica y que completan el desarrollo del programa

docente en otra especialidad incluyendo rotaciones obligatorias por otros servicios

bajo supervisión del servicio sede de la formación;

Que la articulación Anestesiología-Anestesiología Pediátrica se presenta como una

necesidad de capacitación ante los nuevos escenarios de procedimientos, los avances

en la anestesia local y regional, y en la atención del dolor, con el propósito de reducir

la morbi-mortalidad de pacientes pediátricos;

Que la necesidad de su desarrollo en nuestro país requiere la creación de la

Residencia Articulada de Anestesiología-Anestesiología Pediátrica con una duración

de cuatro (4) años, dentro del Sistema de Residencias del Equipo de Salud;

Que la Dirección General Docencia, Investigación y Desarrollo Profesional ha

propiciado la gestión mediante Informe IF-2023-36125664-GCABA-DGDIYDP,

prestando su conformidad la Subsecretaria de Planificación Sanitaria y Gestión en Red

a través del Informe IF-2023-36200555-GCABA-SSPSGER;

Que el área propiciante ha manifestado que la creación de la Residencia en cuestión

no requiere erogación presupuestaria y que los cupos están contemplados en el

presupuesto anual del Sistema de Residencias;

Que la Dirección General de Legal y Técnica ha tomado la intervención de su

competencia;

Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las facultades delegadas por el Decreto N° 399/13,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1°.- Crear la Residencia Articulada de Anestesiología-Anestesiología

Pediátrica, perteneciente al Sistema de Residencias del Equipo de Salud, con una

duración de cuatro (4) años, en virtud de lo normado en el artículo 2° de la Ordenanza

N° 40.997 (texto consolidado por Ley N° 6.588).

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y pase,

para su conocimiento y demás efectos, a la Dirección General de Docencia,

Investigación y Desarrollo Profesional dependiente de la Subsecretaría de

Planificación Sanitaria y Gestión en Red. Cumplido, archívese. González Bernaldo de

Quirós

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 3821/MSGC/24 establece  que los profesionales de la Residencia Médica de Anestesiología del Sistema de Residencias del Equipo de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que comenzaron la Residencia en el Ciclo Lectivo 2020, finalizarán su formación el día 31 de agosto de 2024 en el marco de la Resolución N°<strong> </strong>4688/MSGC/23.</p>
MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 4688/MSGC/23 crea la Residencia Articulada de Anestesiología-Anestesiología Pediátrica, perteneciente al Sistema de Residencias del Equipo de Salud, con una duración de cuatro (4) años, en virtud de lo normado en el artículo 2° de la Ordenanza N° 40.997 (texto consolidado por Ley N° 6.588).</p>