RESOLUCIÓN 98 2023 INSTITUTO DE GESTION ELECTORAL
Síntesis:
APRUEBA PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - CONTRATACIÓN SERVICIO DE LIMPIEZA - ESTABLECIMIENTOS DE VOTACIÓN EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DESTINADOS A LAS PRÓXIMAS ELECCIONES - DESTINO INSTITUTO DE GESTIÓN ELECTORAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - SE AUTORIZA LA CONTRATACIÓN DIRECTA POR URGENCIA N° 226-1835-CDI23 - INSTITUTO DE GESTION ELECTORAL - ELECCIONES 2023
Publicación:
10/10/2023
Sanción:
09/10/2023
Organismo:
INSTITUTO DE GESTION ELECTORAL
VISTO: Las Leyes N° 2.095, 6.031 y 6.292 (textos consolidados por Ley N° 6588), los
Decretos Nros. 463/19 y sus modificatorios, 92/21, 109/23, 129/23, 130/23, la
Disposición N° 333-GCABA- DGCYC/23, el Expediente Electrónico N° 37586442-
GCABA-IGE/2023, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto tramita la Contratación Directa por Urgencia
para la contratación del "servicio de limpieza en los establecimientos de votación en la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires destinados a las próximas elecciones", con destino
a este Instituto de Gestión Electoral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al
amparo de lo establecido en el artículo 29 inciso 1° y el artículo 41 de la Ley N° 2.095
(texto consolidado según Ley N° 6.588) y su Decreto Reglamentario N° 129/23;
Que por el Decreto N° 109/23, y su modificatorio N° 228/23, se convocó al electorado
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a elecciones Primarias Abiertas, Simultáneas
y Obligatorias, Elecciones Generales y eventual Segunda Vuelta, para que proceda a
la selección de Jefe/a y Vicejefe/a de Gobierno, treinta (30) Diputados/as titulares y
respectivos suplentes para integrar el Poder Legislativo de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y siete (7) miembros integrantes titulares y sus suplentes de cada una de
las quince (15) Juntas Comunales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme
las previsiones establecidas en el cuarto párrafo del artículo 60 del Código Electoral;
Que, por su parte, el artículo 1° de Ley N° 6.031 creó el Instituto de Gestión Electoral
(IGE), como ente autárquico en el ámbito del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, con personería jurídica pública estatal, autarquía financiera e
independencia funcional, conforme a la organización, misión y competencias
determinadas en su artículo 4°;
Que en el artículo 5° del Código Electoral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se
establece que el Instituto de Gestión Electoral, con potestades administrativas en
materia electoral, es uno de los Organismos Electorales de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires con las competencias y funcionamiento previsto en las leyes respectivas;
Que, en sentido concordante, la Ley N° 6.031 en su artículo 13 inciso 3 establece
como función del Director Titular de este Instituto la de realizar los actos, compras y
contrataciones que sean necesarios para la adecuada organización y funcionamiento
del proceso electoral;
Que, asimismo el último párrafo del artículo 21 de esa norma, establece que el
Régimen Jurídico, para los procesos de compras y contrataciones de bienes y
servicios efectuados por éste, así como la regulación de las obligaciones y derechos
que se derivan de los mismos, se regirán por la Ley N° 2095 Compras y
Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y sus normas
reglamentarias, complementarias y modificatorias;
Que la Ley N° 2095 establece las normas básicas para los procesos de compras y
contrataciones de bienes y servicios llevados a cabo por el Sector Público de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el Decreto N° 129/23 se aprobó la reglamentación de la citada Ley de
Compras y Contrataciones de la Ciudad de Buenos Aires N° 2095 y fijó los niveles de
decisión y cuadro de competencias conforme se detalla en sus Anexos II, III, IV, V y
VI;
Que por la Disposición N° 333-GCABA-DGCYC/23, se aprobó el Pliego Único de
Bases y Condiciones Generales para la contratación de bienes y servicios del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por la Resolución N° 1-GCABA-IGE/23 se aprobó la estructura orgánico funcional
de este Instituto de Gestión Electoral;
Que conforme surge de la Resolución N° 1-GCABA-IGE/23, corresponde a la Gerencia
Operativa Legal, Técnica y Administrativa de este Instituto "Realizar los actos,
compras y contrataciones que sean necesarios para la adecuada organización y
funcionamiento del proceso electoral y para el cumplimiento de las competencias
propias del Instituto de Gestión Electoral y sus dependencias." y "Elaborar los pliegos
de condiciones particulares y especificaciones técnicas, en coordinación con las áreas
competentes, de las distintas compras y contrataciones a realizar para el logro de los
cometidos asignados al Instituto de Gestión Electoral", entre otras;
Que, en el marco de lo precedentemente expuesto, la presente contratación tiene
como finalidad brindar un servicio de limpieza para aquellos establecimientos de la
Ciudad Autónomo de Buenos Aires que fueran afectados a los comicios a
desarrollarse durante el año 2023, a los efectos de garantizar la limpieza de los
mismos durante la jornada electoral, como también a su finalización, de conformidad
con lo informado por la Gerencia Operativa de Coordinación Electoral de este Instituto
mediante IF-2023-37705179-GCABA-IGE;
Que, asimismo, motiva la presente contratación el requerimiento efectuado por el
Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 1 con competencia
electoral en el distrito Capital Federal, a cargo de la Dra. María Romilda Servini, a este
Instituto de Gestión Electoral en el marco de los autos caratulados "Actuación
Administrativa Interna s/ Relevamiento de Locales de Comicios - Año 2023", legajo N°
224/23 (OFJUD-2023-37683659-GCABA-IGE);
Que, en efecto, dicha instancia judicial solicita "...en el marco de las elecciones
generales simultaneas que se llevarán a cabo en este distrito el próximo 22 de octubre
de 2022 y ante una eventual segunda vuelta el 19 de noviembre de 2023, se sirva
arbitrar los medios a su alcance a los fines de proveer el correspondiente servicio de
limpieza y/o en su defecto se provean los artículos de limpieza que correspondan para
ser utilizados durante las jornadas eleccionarias señaladas, en los locales de comicios
de este distrito, incluyéndose los artículos de higiene personal para los sanitarios
(papel higiénico, jabón de tocador y servilletas de papel para manos)";
Que de acuerdo a la proximidad de la fecha de realización de las Elecciones
Generales del próximo 22 de octubre, resultó imperioso recurrir al procedimiento
establecido en el inciso 1 del Artículo 29 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según
Ley N° 6.588), toda vez que la urgencia de contar con el servicio de marras, impide la
realización de otro procedimiento de selección;
Que el presupuesto oficial para la presente contratación asciende a la suma de
trescientos noventa y nueve millones novecientos noventa y nueve mil novecientos
noventa y nueve con 30/100 ($ 399.999.999,30.-);
Que, en el marco de lo expuesto, la Gerencia Operativa de Coordinación Electoral de
este Instituto de Gestión Electoral ha confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares y el Pliego de Especificaciones Técnicas, que han de regir la presente
contratación;
Que atento el estado de las actuaciones corresponde dictar el presente acto
administrativo autorizando la Contratación Directa de marras y fijando su fecha de
apertura.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 6.031 y por el artículo 13 de
la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 6588) y por el Anexo II del Decreto N°
129/23,
Artículo 1°: Apruebase los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de
Especificaciones Técnicas, que como Anexos I (PLIEG-2023-37703533-GCABA-IGE),
II (IF-2023-37704687-GCABA-IGE) y III (IF-2023-37685576-GCABA-IGE) forman parte
integrante de la presente Resolución para la contratación del "Servicio de limpieza en
los establecimientos de votación en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires destinados
a las próximas elecciones", con destino a este Instituto de Gestión Electoral de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2°: Autorizase la Contratación Directa por Urgencia N° 226-1835-CDI23 cuya
apertura se llevará a cabo el día 12 de octubre de 2023 a las 13 horas, al amparo de lo
establecido en el artículo 29 inciso 5 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley
N° 6.588), y su Decreto Reglamentario N° 129/23, conforme la documentación que se
aprueba en el Artículo 1° de la presente, y cuyo presupuesto oficial asciende a la suma
de pesos trescientos noventa y nueve millones novecientos noventa y nueve mil
novecientos noventa y nueve con 30/100 ($ 399.999.999,30.-).
Artículo 3°: Emítase la invitación prevista en el artículo 29 inciso 5 apartado d) del
Decreto Reglamentario N° 129/23 y publíquese la presente contratación en el Sitio de
Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el
portal www.buenosairescompras.gob.ar (BAC). Cumplido, remítase a la Gerencia
Operativa Legal, Técnica y Administrativa en prosecución del trámite. Fahey