RESOLUCIÓN 102 2023 INSTITUTO DE GESTION ELECTORAL
Síntesis:
APRUEBA Y ADJUDICA - CONTRATACIÓN DIRECTA POR URGENCIA N° 226-1835-CDI23 - SERVICIO DE LIMPIEZA EN LOS ESTABLECIMIENTOS DE VOTACIÓN EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DESTINADOS A LAS PRÓXIMAS ELECCIONES - INSTITUTO DE GESTIÓN ELECTORAL - FIRMA LA MANTOVANA DE SERVICIOS GENERALES SA
Publicación:
25/10/2023
Sanción:
18/10/2023
Organismo:
INSTITUTO DE GESTION ELECTORAL
VISTO: Las Leyes N° 2.095 y 6.031 (textos consolidados por Ley N° 6.588), el Decreto
N° 129/GCABA/23, la Resolución N° 98-GCABA-IGE/23, el Expediente Electrónico N°
37586442- GCABA-IGE/2023, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente Electrónico citado en el visto tramita la Contratación Directa por
Urgencia N ° 226-1835-CDI23 para la contratación del "Servicio de limpieza en los
establecimientos de votación en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires destinados a
las próximas elecciones", con destino a este Instituto de Gestión Electoral de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, al amparo de lo establecido en el artículo 29 inciso 1° y el
artículo 41 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y su Decreto
Reglamentario N° 129/GCABA/23;
Que a partir de lo ordenado por el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional
Federal N° 1 con competencia electoral en el distrito Capital Federal (OFJUD-2023-
37683659-GCABA-IGE) sobre la obligación de este Instituto de garantizar la limpieza
para los establecimientos que fueran afectados a los comicios en la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, la Gerencia Operativa de Coordinación Electoral efectuó el análisis
operativo de la solicitud y en consecuencia propuso las especificaciones técnicas de la
contratación, completando las características que resultaron logísticamente necesarias
para el óptimo desarrollo del escrutinio (IF-2023-37704687-GCABA-IGE e IF-2023-
37685576-GCABA-IGE);
Que mediante Resolución N° 98-GCABA-IGE/23, se aprobaron los Pliegos de Bases y
Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas que rigen la presente
contratación y se estableció un presupuesto oficial de pesos trescientos noventa y
nueve millones novecientos noventa y nueve mil novecientos noventa y nueve con
30/100 ($ 399.999.999,30.-);
Que, asimismo, por el mencionado Acto Administrativo se llamó a Contratación Directa
por Urgencia N° 226-1835-CDI23 y se fijó fecha de apertura para el día 12 de octubre
de 2023 a las 13 horas;
Que se efectuaron las publicaciones y se emitió la invitación pertinente, tal cual obra
en el orden 12 (IF-2023-37768994-GCABA-IGE, IF-2023-37810448-GCABA-IGE e IF-
2023-37811125-GCABA-IGE);
Que posteriormente se emitió la Circular N° 1 Sin Consulta, la cual fue comunicada a
las firmas participantes, según se detalla en los órdenes 13 y 14 (PLIEG-2023-
37805264-GCABA-IGE e IF-2023-37806286-GCABA-IGE);
Que, en la precitada fecha, tal como luce en el Acta de Apertura y en el Cuadro
Comparativo de Ofertas emitidos a través del Portal de Buenos Aires Compras (BAC),
se recibieron ocho (8) ofertas pertenecientes a las firmas Linser S.A.C.I.S (CUIT N°
30-51989149-9) por la suma total de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y UN
MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y UN MIL SEISCIENTOS CATORCE CON
36/100 ($ 431.271.614,36.-), La Mantovana de Servicios Generales S.A. (CUIT N° 30-
69605181-6) por la suma total de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS
MILLONES SEISCIENTOS DIECIOCHO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y TRES CON
94/100 ($ 432.618.373,94.-), Tian Servicios S.A. (CUIT N° 30-71670179-0) por la suma
total de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS
DIECISIETE MIL TRESCIENTOS VEINTIOCHO CON 58/100 ($ 436.217.328,58.-), LX
Argentina S.A. (CUIT N° 30-66970163-9) por la suma total de PESOS
CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL
NOVECIENTOS SETENTA ($ 433.225.970.-), Grupo Varsovia S.R.L. (CUIT N° 30-
71139933-6) por la suma total de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO
MILLONEES QUINIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA
Y SEIS CON 82/100 ($ 434.568.456,82.-), Grub S.A. (CUIT N° 30-71464746-2) por la
suma total de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS MILLONES
SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON
30/100 ($ 432.749.396,30.-), Emeveve S.A. (CUIT N° 30-71216744-7) por la suma total
de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES CIENTO DOCE MIL
CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES CON 96/100 ($ 436.112.473,96.-) y Dumar
Servicios Integrales S.R.L. (CUIT N° 30-70819525-8) por la suma total de PESOS
CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO MILLONES CIENTO VEINTE MIL CON 52/100
($ 438.120.000,52.-);
Que mediante IF-2023-38433334-GCABA-IGE se ha concluido que las ofertas
presentadas por los oferentes Linser S.A.C.I.S (CUIT N° 30-51989149-9), La
Mantovana de Servicios Generales S.A. (CUIT N° 30-69605181-6), Tian Servicios S.A.
(CUIT N° 30-71670179-0), LX Argentina S.A. (CUIT N° 30-66970163-9), Grupo
Varsovia S.R.L. (CUIT N° 30-71139933-6), Grub S.A. (CUIT N ° 30-71464746-2) y
Emeveve S.A. (CUIT N° 30-71216744-7) resultan técnica y formalmente admisible por
cumplir con los requisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares y el Pliego de Especificaciones Técnicas;
Que en lo que respecta a la oferta presentada por la firma Dumar Servicios Integrales
S.R.L. (CUIT N° 30-70819525-8), la misma no cumple con los requisitos establecidos
en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas,
como tampoco cumple con el estado registral exigido por la Ley N° 2.095 (texto
consolidado según Ley N° 6.588) y su reglamentación vigente, debiendo en
consecuencia desestimar la misma según lo expuesto en el Informe Técnico de la
Gerencia Operativa de Coordinación Electoral (IF-2023-38433334-GCABA-IGE);
Que mediante la Confirmación de Ofertas emitida a través del Portal Buenos Aires
Compras (BAC), se recomendó adjudicar los Renglones N° 1 y N° 9 a la firma La
Mantovana de Servicios Generales S.A. (CUIT N° 30-69605181-6) por un valor de
PESOS SESENTA Y SEIS MILLONES SIECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL
TRESCIENTOS DIECISEIS CON 02/100 ($ 66.634.316,02.-) y PESOS TREINTA Y UN
MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SIETE
CON 56/100 ($ 31.445.407,56.-), respectivamente, los Renglones N° 2 y N° 7 a la
firma Grub S.A. (CUIT N° 30-71464746-2) por un valor de PESOS SESENTA Y SEIS
MILLONES QUINIENTOS DIEZ MIL NOVVECIENTOS DIECINUEVE CON 30/100
($ 66.510.919,30.-) y de PESOS TREINTA MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y
NUEVE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y UNO CON 70/100 ($ 30.639.861,70.-),
respectivamente, el Renglón N° 3 a la firma LX Argentina S.A. (CUIT N° 30-66970163-
9) por un valor total de PESOS SESENTA Y SEIS MILLONES CIENTO SESENTA Y
CINCO MIL DOSCIENTOS SETENTA ($ 66.165.270.-), el Renglón N° 4 a la firma
Grupo Varsovia S.R.L. (CUIT N° 30-71139933-6) por un valor total de PESOS
CUARENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS
NOVENTA Y SEIS CON 72/100 ($ 45.774.696,72.-), el Renglón N° 5 a la firma
Emeveve S.A. (CUIT N° 30-71216744-7) por un valor total de PESOS CUARENTA Y
SEIS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS VEINTIOCHO
CON 96/100 ($ 46.152.928,96.-), el Renglón N° 6 a la firma Linser S.A.C.I.S (CUIT N°
30-51989149-9) por un valor total de PESOS CUARENTA Y CINCO MILLONES
QUINIENTOS DOCE MIL QUINIENTOS DOCE CON 36/100 ($ 45.512.512,36.-) y el
Renglón N° 8 a la firma Tian Servicios S.A. (CUIT N° 30-71670179-0) por un valor total
de PESOS TREINTA MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL
CIENTO DOCE CON 42/100 ($ 30.455.112,42.-), de la Contratación Directa N° 226-
1835-CDI23, por cumplir todas ellas con los requisitos de los pliegos que rigen la
presente contratación;
Que el gasto proyectado se encuentra sometido a la condición suspensiva de
existencia de crédito adecuado dentro de los presupuestos para el ejercicio siguiente;
Que atento a la normativa vigente, ha tomado intervención la Oficina de Gestión
Pública y Presupuesto;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención
de su competencia a través de su Dictamen Jurídico (IF-2023-38678214-GCABA-PG)
y en el marco de la Ley N° 1.218 (texto consolidado por Ley N° 6.588).
Que en atención a lo expuesto corresponde el dictado del presente acto administrativo
de adjudicación.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 6.031 y por el artículo 13 de
la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y por el Anexo II del Decreto N°
129/GCABA23,
Artículo 1°: Apruebase la Contratación Directa por Urgencia N° 226-1835-CDI23 para
la contratación del "Servicio de limpieza en los establecimientos de votación en la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires destinados a las próximas elecciones", con destino
a este Instituto de Gestión Electoral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al
amparo de lo establecido en el artículo 29 inciso 1° y en el artículo 41 de la Ley N°
2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y su Decreto Reglamentario N°
129/GCABA/23.
Artículo 2°: Adjudicase los Renglones N° 1 y N° 9 a la firma La Mantovana de
Servicios Generales S.A. (CUIT N° 30-69605181-6) por un valor de PESOS SESENTA
Y SEIS MILLONES SIECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS
DIECISEIS CON 02/100 ($ 66.634.316,02.-) y PESOS TREINTA Y UN MILLONES
CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SIETE CON
56/100 ($ 31.445.407,56.-), respectivamente, los Renglones N° 2 y N° 7 a la firma
Grub S.A. (CUIT N° 30-71464746-2) por un valor de PESOS SESENTA Y SEIS
MILLONES QUINIENTOS DIEZ MIL NOVVECIENTOS DIECINUEVE CON 30/100
($ 66.510.919,30.-) y de PESOS TREINTA MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y
NUEVE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y UNO CON 70/100 ($ 30.639.861,70.-),
respectivamente, el Renglón N° 3 a la firma LX Argentina S.A. (CUIT N° 30-66970163-
9) por un valor total de PESOS SESENTA Y SEIS MILLONES CIENTO SESENTA Y
CINCO MIL DOSCIENTOS SETENTA ($ 66.165.270.-), el Renglón N° 4 a la firma
Grupo Varsovia S.R.L. (CUIT N° 30-71139933-6) por un valor total de PESOS
CUARENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS
NOVENTA Y SEIS CON 72/100 ($ 45.774.696,72.-), el Renglón N° 5 a la firma
Emeveve S.A. (CUIT N° 30-71216744-7) por un valor total de PESOS CUARENTA Y
SEIS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS VEINTIOCHO
CON 96/100 ($ 46.152.928,96.-), el Renglón N° 6 a la firma Linser S.A.C.I.S (CUIT N°
30-51989149-9) por un valor total de PESOS CUARENTA Y CINCO MILLONES
QUINIENTOS DOCE MIL QUINIENTOS DOCE CON 36/100 ($ 45.512.512,36.-) y el
Renglón N° 8 a la firma Tian Servicios S.A. (CUIT N° 30-71670179-0) por un valor total
de PESOS TREINTA MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL
CIENTO DOCE CON 42/100 ($ 30.455.112,42.-), conforme lo establecido en el artículo
102 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.588), y su Decreto
Reglamentario N° 129/GCABA/23, por cumplir con los requisitos exigidos en los
pliegos que rigen la presente contratación.
Artículo 3°: Desestímase la oferta presentada por la firma Dumar Servicios Integrales
S.R.L. (CUIT N° 30-70819525-8), según lo expresado en la recomendación de oferta y
en el Informe Técnico (IF-2023-38433334-GCABA-IGE).
Artículo 4°: Atento a lo normado por el artículo 41 de la Ley N° 2095 (texto consolidado
por Ley N ° 6.588) y su Decreto Reglamentario N° 129/GCABA/23, ante la emisión de
las solicitudes de provisión se efectuará la afectación preventiva y definitiva de fondos
en forma conjunta, por el monto de las cantidades requeridas, dejándose constancia
que el gasto que se proyecta quedará sometido a la condición suspensiva de
existencia de crédito.
Artículo 5°: Emítanse las correspondientes Órdenes de Compra Abierta.
Artículo 6°: Publíquese en el Sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y en el portal web www.buenosairescompras.gob.ar (BAC). Notifíquese a
los adjudicatarios, de acuerdo con los términos establecidos en los artículos 62 y 63 de
la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DNU N° 1.510/GCABA/97 (texto consolidado por Ley N° 6.588). Cumplido, remítase a
Gerencia Operativa Legal, Técnica y Administrativa en prosecución del trámite. Fahey
Duarte