RESOLUCIÓN 7455 2023 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
INSTRUMENTA ACTA DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA - COMISIÓN CENTRAL N° 27/23 - SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL ESTADO DEJA CIUDAD DE BUENOS AIRES - SUTECBA - ADICIONAL POR PERMANENCIA - MÁXIMO GRADO ESCALAFONARIO DENTRO DEL AGRUPAMIENTO Y TRAMO - CARRERA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA - CARRERA DE ESPECIALIDADES TÉCNICO PROFESIONALES DE LA SALUD - CARRERA DE PROFESIONALES DE ENFERMERÍA
Publicación:
18/10/2023
Sanción:
11/10/2023
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: La Ley N° 471, el Decreto N° 465/04, el Acta de Negociación Colectiva -
Comisión Central N° 27/2023, el Expediente Electrónico N° 2023-36969192-GCABA-
DGTALMHF y;
CONSIDERANDO:
Que con fecha 19 de septiembre de 2023, se celebró el Acta de Negociación Colectiva
Comisión Paritaria Central N° 27/2023, en el marco del Título II de la Ley N° 471 de
Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, suscripta entre los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos
Aires (SUTECBA);
Que mediante la misma, las partes acordaron aprobar el texto completo de la
propuesta elaborada por la Comisión Permanente de Aplicación e Interpretación del
Régimen de Carreras (Co.P.A.I.R.C.) efectuada el 21 de junio del corriente año,
relacionada con la creación de un adicional por permanencia para aquellos/as agentes
que se encuentran revistando en el máximo grado escalafonario dentro del
agrupamiento y tramo que les corresponde y hubiesen cumplido con los requisitos
necesarios para promocionar de grado dentro de la Carrera de la Administración
Pública, la Carrera de Especialidades Técnico-Profesionales de la Salud y la Carrera
de Profesionales de Enfermería;
Que, asimismo, establecieron que lo acordado será de aplicación a partir del 1 de
agosto de 2023;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley N° 471 (texto
consolidado por Ley N° 6588), los acuerdos arribados en el ámbito de la Negociación
Colectiva, regulada por el Título II de la misma, deben ser instrumentados mediante el
acto administrativo respectivo;
Que, por lo expuesto, corresponde emitir el pertinente acto administrativo por el cual
se instrumente el Acta de Negociación Colectiva Comisión Paritaria Central N°
27/2023;
Por ello, en orden a las facultades delegadas por el Decreto N° 465/04,
Artículo 1°.- Instrumentar el Acta de Negociación Colectiva Comisión Central N°
27/2023, suscripta el día 19 de septiembre de 2023 entre los representantes del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Sindicato Único de
Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), la que como
Anexo (IF-2023-36969876-GCABA-DGTALMHF) forma parte integrante de la
presente.
Artículo 2°.- Publíquese. Comuníquese al Sindicato Único de Trabajadores del Estado
de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la
Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese. Mura