RESOLUCIÓN 3833 2026 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
INSTRUMENTA EL ACTA DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA COMISIÓN CENTRAL N° 24/2026, QUE APRUEBA LA NUEVA REGLAMENTACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE PROMOCIÓN DE TRAMO EN LA CARRERA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y EL PROCEDIMIENTO DE CORRIMIENTO DE GRADO DEL PERSONAL DEL TRAMO AVANZADO, DEJA SIN EFECTO EL ACTA 41/18 Y SUS MODIFICATORIAS, Y ESTABLECE SU ENTRADA EN VIGENCIA. NEGOCIACIÓN COLECTIVA - ACTA PARITARIA - CARRERA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA - PROMOCIÓN DE TRAMO - PROMOCIÓN VERTICAL - CORRIMIENTO DE GRADO - PERSONAL DE PLANTA PERMANENTE - PERSONAL CAP - TRAMO AVANZADO - VACANTES - POSTULACIÓN - PONDERACIÓN DE ANTECEDENTES - ADMISIBILIDAD - ORDEN DE MÉRITO - CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS Y HABILIDADES - EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO - ASISTENCIA - FORMACIÓN ACADÉMICA - CAPACITACIÓN ESTRATÉGICA - CAPACITACIÓN OBLIGATORIA - REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD - ANTIGÜEDAD MÍNIMA - SITUACIÓN DE REVISTA ACTIVA - INASISTENCIAS INJUSTIFICADAS - SUMARIO ADMINISTRATIVO - CESANTÍA - EXONERACIÓN - RETIRO VOLUNTARIO - EXCLUSIONES - ACTIVIDADES ARTÍSTICAS - ACTIVIDADES ARTÍSTICAS Y ESCENOTÉCNICAS - COBERTURA DE VACANTES - PROMOCIÓN HORIZONTAL - ADICIONAL POR PERMANENCIA - ENTREVISTA DE DESEMPATE - REVISIÓN DEL PROCEDIMIENTO - RECURSOS ADMINISTRATIVOS - PLAZO DE REVISIÓN - EXCLUSIÓN DE PERSONAL - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS - DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO DEL SERVICIO CIVIL - COPAIRC - DEROGACIÓN DE ACTA PARITARIA - CLÁUSULAS TRANSITORIAS - VIGENCIA
Publicación:
28/08/2026
Sanción:
27/08/2026
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: La Ley N° 471 Ley de Relaciones Laborales en la Administración Pública de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Decreto 465/04, el Acta de Negociación
Colectiva Comisión Central Acta N° 24/2026, el Expediente Electrónico EX-2026-
38766713-GCABA-DGTALMHF y,
CONSIDERANDO:
Que con fecha 25 de agosto de 2026, se celebró el Acta de Negociación Colectiva
Comisión Central Acta N° 24/2026, en el marco del Título II de la Ley N° 471 de
Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, suscripta entre los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires Consejo Central para la Negociación Colectiva y el Sindicato Único
de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA);
Que Las partes, luego de analizar la propuesta de la COPAIRC (Comisión Permanente
de Aplicación e Interpretación del Régimen de Carreras) acordaron en la CLÁUSULA
PRIMERA dar por aprobado el texto de la propuesta de la COPAIRC, con relación a la
nueva reglamentación de los artículos 42 de la CAP (Carrera de la Administración
Publica), aprobada por Acta de Negociación Colectiva 17/13 (texto consolidado por
Resolución 2.026/MHFGC/22) que, como Anexo I, forma parte de la presente;
Que en la CLÁUSULA SEGUNDA acuerdan dar por aprobado el texto de la propuesta
de la COPAIRC, con relación al procedimiento de corrimiento de grado del personal
que reviste en el tramo avanzado dentro de la CAP que, como Anexo II, forma parte
integrante de la presente;
Que en la CLÁUSULA TERCERA convienen dejar sin efecto el Acta 41/18 y
modificatorias, y en la CLAUSULA CUARTA, establecen que Io aprobado entrará en
vigor a partir de la publicación de la instrumentación de la presente;
Que por último, en la CLAUSULA QUINTA se deja expresamente establecido que, la
presente acta representa el inicio de la negociación del nuevo Convenio Colectivo de
Trabajo;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 471, los acuerdos
arribados en el ámbito de la Negociación Colectiva, regulada por el Título II de la
misma, deben ser instrumentados mediante el acto administrativo respectivo;
Que por lo expuesto, corresponde emitir el pertinente acto administrativo por el cual se
instrumente el Acta de Negociación Colectiva Comisión Central N° 24/2026.
Por ello, en orden a las facultades delegadas por el Decreto N° 465/04,
Artículo 1°.- Instrumentar el Acta de Negociación Colectiva Comisión Central Acta
N° 24/2026, suscripta el día 25 de agosto de 2026, entre los representantes del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Consejo Central para la
Negociación Colectiva - y el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad
de Buenos Aires (SUTECBA), la que como Anexo (IF-2026-38767058-GCABA-
DGTALMHF) forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Publíquese. Comuníquese al Sindicato Único de Trabajadores del Estado
de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la
Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y
Finanzas y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto.
Cumplido, archívese. Arengo Piragine