DECRETO 2675 1992

Síntesis:

FACULTA EXCLUSIVAMENTE A LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS AL DICTADO DE LAS RESOLUCIONES ALUDIDAS EN LOS ARTÍCULOS 3°; 4°; 8°; 20; 34; 35 DEL DECRETO N° 2388-92, SOBRE CONTROL, REDUCCIÓN DE GASTOS Y REORDENAMIENTO ADMINISTRATIVO

Publicación:

17/11/1992

Sanción:

06/11/1992

Organismo:

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES


Visto el Decreto N° 2.388-92 (B.M. N° 19.372), y

CONSIDERANDO:

Que el referido acto dispone normas de control, de reducción de gastos y de reordenamiento administrativo;

Que los artículos 3°, 4°, 8°, 20, 34, 35 y 40 de la citada norma facultan a los señores Secretarios de Gobierno y de Hacienda y Finanzas al dictado de Resoluciones Conjuntas;

Que la presente coyuntura por la que atraviesa la Comuna, impone la necesidad de actuar eficazmente, con premura y unidad de criterio en la definición de los lineamientos y en el accionar económico, financiero, administrativo y de control;

Que los temas a que se refieren los artículos mencionados son de competencia exclusiva de la Secretaría de Hacienda y Finanzas,

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETA:

Artículo 1° - Las Resoluciones a que se refieren los artículos 3°, 4°, 8°, 20, 34, 35 y 40 del Decreto N° 2.388-92, estarán exclusivamente a cargo de la Secretaría de Hacienda y Finanzas.

Art. 2° - El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas.

Art. 3° - Dése al Registro Municipal, publíquese en el Boletín Municipal, comuníquese a los señores Secretarios del Departamento Ejecutivo y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Contaduría General.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
El art 1°; Dec 2675-92 modifica los arts 3°; 4°; 8°; 20; 34; 35 y 40 del Dec 2388-92-SHYF-Facultad de dictado de Resoluciones.
MODIFICADA POR
Art. 3° Dto. 2784-92 Mod. Art. 1° Dto. 2675-92. Facultades. Secretaría de Hacienda y Finanzas.