RESOLUCIÓN 1196 2023 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
ESTABLECE VALOR HORA - COMPENSACIÓN POR RECARGO DE SERVICIOS - PERSONAL CIVIL QUE REVISTA EN SERVICIO EFECTIVO EN COMISARÍAS COMUNALES - VECINALES - DEPENDENCIAS CRÍTICAS - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - MINISTERIO DE HACIENDA
Publicación:
26/10/2023
Sanción:
23/10/2023
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
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VISTO: Las Leyes Nros. 5.688 y 6.292 (textos consolidados según Ley N° 6.588), los
Decretos Nros. 47/17 y sus modificatorios, la Resolución de Firma Conjunta N°
320/MHFGC/23, el Expediente Electrónico N° 36332071-GCABA-DGCOMP/2023, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que, la Ley N° 5.688 establece las bases jurídicas e institucionales del Sistema
Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y encomienda
al Gobierno de la Ciudad, a través del Ministerio de Justicia y Seguridad, la conducción
política e institucional de dicho sistema y crea la Policía de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, por Decreto N° 47/17 y sus modificatorios, el Jefe de Gobierno estableció la
estructura salarial de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, mediante el artículo 2° del Decreto N° 245/17 se modificó el artículo 19 del Anexo
I del Decreto N° 47/17, el cual quedó redactado del siguiente modo: "Artículo 19.- La
compensación por recargo de servicio, de carácter no remunerativo y no bonificable,
es percibida por el personal que cumpla servicios extraordinarios fuera del horario
normal de labor, liquidándose cuando los mismos excedan una (1) hora diaria. La
compensación por recargo de servicios equivale a un monto fijo por hora excedente
trabajada, conforme al grado del personal. El monto de la compensación por recargo
de servicios es determinado en forma conjunta por los Ministros de Justicia y
Seguridad y Hacienda";
Que, mediante la Resolución Conjunta N° 320/MHFGC/23 se estableció el último
incremento del monto por hora de la compensación por recargo de servicios
correspondiente a cada grado del escalafón de la Policía de la Ciudad;
Que, asimismo, mediante la norma citada precedentemente se estableció el último
valor del recargo de servicio, exclusivamente para el personal que sea asignado a
tareas operativas de despliegue territorial;
Que en atención al tiempo transcurrido desde los últimos incrementos del valor de la
compensación por recargo de servicio, deviene oportuno establecer su actualización;
Por ello, y de acuerdo con las facultades conferidas por la Ley N° 6.292, el Decreto N°
47/17 y sus modificatorios,
Artículo 1°.- Establecer a partir del 1° de septiembre de 2023 el valor hora de la
compensación por recargo de servicios establecida en el artículo 19 del Anexo I del
Decreto 47/17 y sus modificatorios, en los siguientes montos:
Grado | Valor/hora |
Jefe | $ 2.430,24 |
Subjefe | $ 2.308,76 |
Comisario General | $ 2.138,59 |
Comisario Mayor | $ 1.944,20 |
Comisario Inspector | $ 1.749,77 |
Comisario | $ 1.555,33 |
Subcomisario | $ 1.458,17 |
Principal | $ 1.422,82 |
Inspector | $ 1.321,16 |
Oficial Mayor | $ 1.101,00 |
Oficial Primero | $ 872,36 |
Oficial | $ 842,10 |
Artículo 2°.- Establecer a partir del 1° de octubre de 2023 y hasta el 31 de diciembre
de 2023, el valor hora de la compensación por recargo de servicios establecida en el
artículo 19 del Anexo I del Decreto N° 47/17 y sus modificatorios, exclusivamente para
el personal que sea asignado a tareas operativas de despliegue territorial, en los
siguientes montos:
Grado | Valor/hora |
Principal | $ 2.320,25 |
Inspector | $ 2.320,25 |
Oficial Mayor | $ 2.320,25 |
Oficial Primero | $ 2.320,25 |
Oficial | $ 2.320,25 |
Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente será
imputado a las partidas presupuestarias correspondientes.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el
Orden del Día de la Policía de la Ciudad y del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad.
Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección
General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda y
Finanzas, a la Subsecretaría Capital Humano, a la Dirección General Compensaciones
del Ministerio de Justicia y Seguridad, y para su conocimiento y demás efectos, pase a
la Dirección General Compensaciones del Ministerio de Justicia y Seguridad.
Cumplido, archívese. Coria - Mura